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PÆg. 241464 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de marzo de 2003 f. Realizar el seguimiento y monitoreo de los planes, programas y proyectos de desarrollo regional; g. Coordinar con la Gerencia de Planeamiento y De- sarrollo del CND; el proceso de transferencia de funcio- nes y competencia a los Gobiernos Regionales; h. Supervisar a los Subgerentes Regionales en el cumplimiento de sus funciones; y, e. Cumplir con las demás funciones que le asigne la Secretaría Técnica del CND. C.1.1. Subgerencia de los Gobiernos Regionales del Norte Artículo 50º.- La Subgerencia de los Gobiernos Re- gionales del Norte es el órgano encargado de proporcio- nar asistencia técnica y capacitación en planificación y gestión del desarrollo a los departamentos de Amazo- nas, Cajamarca, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Piu- ra, San Martín y Tumbes. Estos esfuerzos son coordi- nados con los respectivos Gobiernos Regionales a fin de fortalecer su institucionalidad y promover el desarro- llo integral, sostenido y sostenible del norte del país. La Subgerencia de los Gobiernos Regionales del Norte de- pende directamente del Gerente de Fortalecimiento Re- gional. Artículo 51º.- Son funciones de la Subgerencia de los Gobiernos Regionales del Norte: a. Brindar asistencia técnica y capacitación a los Go- biernos Regionales para fortalecer sus capacidades ins- titucionales y de gestión del desarrollo regional; b. Brindar asistencia técnica en el proceso de la for- mulación de los planes de desarrollo regional, los pro- gramas de inversión y financiamiento del desarrollo re- gional y la formulación del presupuesto regional; c. Participar en la elaboración concertada con los Gobiernos Regionales del Plan Nacional de Capacita- ción a Nivel Regional que permita una acción especiali- zada y focalizada, según las necesidades de los diver- sos Gobiernos Regionales; d. Brindar apoyo técnico y capacitación en materia de formulación de programas regionales de competitivi- dad, promoción de la inversión privada, superación de la pobreza y de integración interregional; e. Apoyar a los Gobiernos Regionales en el estable- cimiento de sistemas de gestión por resultados y siste- mas de evaluación y seguimiento transparentes y que posibiliten la participación y vigilancia ciudadanas; f. Realizar el seguimiento y monitoreo de los planes, programas y proyectos de desarrollo regional; g. Brindar asistencia técnica para fortalecer las ca- pacidades institucionales de los Gobiernos Regionales del Norte del país; h. Coordinar y supervisar a los Coordinadores Re- gionales en el cumplimiento de sus funciones; y, i. Cumplir con otras funciones que le asigne la Ge- rencia de Fortalecimiento Regional. C.1.2. Subgerencia de los Gobiernos Regionales del Centro Artículo 52º.- La Subgerencia de los Gobiernos Re- gionales del Centro es el órgano encargado proporcio- nar asistencia técnica y capacitación en planificación y gestión del desarrollo de los departamentos de Ancash, Ayacucho, Huancavelica, Huanuco, Ica, Junín, Lima Me- tropolitana, Lima Provincias, Pasco, Ucayali y la Provin- cia Constitucional del Callao, coordinando esfuerzos con los respectivos Gobiernos Regionales con la finalidad de fortalecer su institucionalidad y promover el desarro- llo integral, sostenido y sostenible del centro del país. La Subgerencia de los Gobiernos Regionales del Centro depende directamente del Gerente de Fortalecimiento Regional. Artículo 53º.- Son funciones de la Subgerencia de los Gobiernos Regionales del Centro: a. Brindar asistencia técnica y capacitación a los Go- biernos Regionales para fortalecer sus capacidades ins- titucionales y de gestión del desarrollo regional; b. Brindar asistencia técnica en el proceso de la for- mulación de los planes de desarrollo regional, los pro- gramas de inversión y financiamiento del desarrollo re- gional y la formulación del presupuesto regional;c. Participar en la elaboración concertada con los Gobiernos Regionales del Plan Nacional de Capacita- ción a Nivel Regional que permita una acción especiali- zada y focalizada, según las necesidades de los diver- sos Gobiernos Regionales; d. Brindar apoyo técnico y capacitación en materia de formulación de programas regionales de competitivi- dad, promoción de la inversión privada, superación de la pobreza y de integración interregional; e. Apoyar a los Gobiernos Regionales en el estable- cimiento de sistemas de gestión por resultados y siste- mas de evaluación y seguimiento transparentes y que posibiliten la participación y vigilancia ciudadanas; f. Realizar el seguimiento y monitoreo de los planes y programas de desarrollo regional; g. Brindar asistencia técnica para fortalecer las ca- pacidades institucionales de los Gobiernos Regionales del Centro del país; h. Coordinar y supervisar a los Coordinadores Re- gionales en el cumplimiento de sus funciones; y, i. Cumplir con otras funciones que le asigne la Ge- rencia de Fortalecimiento Regional. C.1.3. Subgerencia de los Gobiernos Regionales del Sur Artículo 54º.- La Subgerencia de los Gobiernos Re- gionales del Centro es el órgano encargado de propor- cionar asistencia técnica y capacitación en planificación y gestión del desarrollo a los departamentos de Apurí- mac, Arequipa, Cusco, Madre de Dios, Moquegua, Puno y Tacna, coordinando esfuerzos con los respectivos Go- biernos Regionales con la finalidad de fortalecer su ins- titucionalidad y promover el desarrollo integral, sosteni- do y sostenible del sur del país. La Subgerencia de los Gobiernos Regionales del Sur depende directamente del Gerente de Fortalecimiento Regional. Artículo 55º.- Son funciones de la Subgerencia de los Gobiernos Regionales del Sur: a. Brindar asistencia técnica y capacitación a los Go- biernos Regionales para fortalecer sus capacidades ins- titucionales y de gestión del desarrollo regional; b. Brindar asistencia técnica en el proceso de la for- mulación de los planes de desarrollo regional, los pro- gramas de inversión y financiamiento del desarrollo re- gional y la formulación del presupuesto regional; c. Participar en la elaboración concertada con los Gobiernos Regionales del Plan Nacional de Capacita- ción a Nivel Regional que permita una acción especiali- zada y focalizada, según las necesidades de los diver- sos Gobiernos Regionales; d. Brindar apoyo técnico y capacitación en materia de formulación de programas regionales de competitivi- dad, promoción de la inversión privada, superación de la pobreza y de integración interregional; e. Apoyar a los Gobiernos Regionales en el estable- cimiento de sistemas de gestión por resultados y siste- mas de evaluación y seguimiento transparentes y que posibiliten la participación y vigilancia ciudadanas; f. Realizar el seguimiento y monitoreo de los planes, programas y proyectos de desarrollo regional; g. Brindar asistencia técnica para fortalecer las ca- pacidades institucionales de los Gobiernos Regionales del Sur del país; h. Coordinar y supervisar a los Coordinadores Re- gionales en el cumplimiento de sus funciones; y, i. Cumplir con otras funciones que le asigne la Ge- rencia de Fortalecimiento Regional. C.2. GERENCIA DE FORTALECIMIENTO LOCALArtículo 56º.- La Gerencia de Fortalecimiento Local es el Órgano de Línea encargado de proporcionar a los Gobiernos Locales asistencia técnica y capacitación en planificación local, elaboración de proyectos de desa- rrollo urbano y de inversión local. De igual manera, asis- te técnicamente en gestión pública, para contribuir al desarrollo integral, sostenido y sostenible de los Gobier- nos Locales del país, en el contexto del proceso de Descentralización. Depende directamente del Secreta- rio Técnico. Artículo 57º.- Son funciones de la Gerencia de For- talecimiento Local: