TEXTO PAGINA: 51
PÆg. 241465 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de marzo de 2003 a. Brindar capacitación y asistencia técnica a los Go- biernos Locales para fortalecer las capacidades institu- cionales de promoción del desarrollo local integral, sos- tenible e inclusivo, promoviendo el desarrollo y la articu- lación de la oferta de servicios con este fin; b. Elaborar el Plan Nacional de Capacitación y Forta- lecimiento Municipal, que permita una acción especiali- zada y focalizada según las exigencias, incidiendo en los criterios de focalización y adecuación a los requeri- mientos de las diversas municipalidades; c. Realizar el seguimiento, monitoreo, evaluación y retroalimentación de los planes, programas y proyec- tos, elaborados por los diversos Gobiernos Locales. Realiza el diseño de dichos programas para el fortaleci- miento de los Gobiernos Locales, a fin de asegurar su efectividad; d. Coordinar con la Gerencia de Fortalecimiento Re- gional del CND y con los Gobiernos Locales, a fin de favorecer la coordinación de los planes y programas de ambos niveles de gobierno, en el marco de los objetivos del proceso de Descentralización; e. Coordinar con la Gerencia de Planeamiento y De- sarrollo del CND, los cronogramas de transferencia de funciones y competencias a los Gobiernos Locales y los requerimientos de fortalecimiento local que se originen de aquello; f. Coordinar con los órganos del CND y agentes in- volucrados en Programas de Fortalecimiento Local para asegurar una unidad de criterios en los objetivos de és- tos en el marco del proceso de Descentralización; y, g. Cumplir con las demás funciones que le asigne la Secretaría Técnica. C.2.1. Subgerencia de Asistencia Técnica y Ca- pacitación Artículo 58º.- La Subgerencia de Asistencia Técnica y Capacitación es el órgano encargado de brindar Asis- tencia Técnica y Capacitación a los Gobiernos Locales del Perú, coordina con los Gobiernos Regionales, a fin de desarrollar sus capacidades de gobierno y adminis- tración con la finalidad de lograr su Acreditación para la Transferencia de Competencias. Asimismo, promueve a través de acciones estratégi- cas; la eficacia, eficiencia y efectividad de los Gobiernos Locales. La Subgerencia de Asistencia Técnica y Capa- citación depende directamente del Gerente de Fortaleci- miento Local. Artículo 59º.- Son funciones de la Subgerencia de Asistencia Técnica y Capacitación: a. Asesorar, facilitar y viabilizar a los Gobiernos Lo- cales en el proceso de Acreditación a fin de posibilitar la Transferencia de Competencias; b. Brindar asistencia técnica para fortalecer las ca- pacidades institucionales de los Gobiernos Locales del país y el cumplimiento de sus funciones; c. Capacitar a funcionarios y servidores públicos del Nivel Local y asesorar en la elaboración de los Planes Loca- les de Capacitación que permita una acción especializada y focalizada, según las exigencias y particularidades; y, d. Cumplir con las demás funciones que le asigne la Gerencia de Fortalecimiento Local. C.2.2. Subgerencia de Coordinación y MonitoreoArtículo 60º.- La Subgerencia de Coordinación y Mo- nitoreo, es el órgano encargado de coordinar con los Gobiernos Locales los planes, programas y proyectos para el Desarrollo y Fortalecimiento Local, en concor- dancia con los instrumentos antes mencionados de ni- vel Regional respectivo, con el objetivo de proponer co- rrectivos en su ejecución y las reprogramaciones re- queridas, a fin de asegurar el logro de objetivos y metas de desarrollo. Igualmente mejorar la calidad de vida de la población local. La Subgerencia de Coordinación y Mo- nitoreo depende directamente del Gerente de Fortaleci- miento Local. Artículo 61º.- Son funciones de la Subgerencia de Coordinación y Monitoreo: a. Efectuar el seguimiento, monitoreo y evaluación de los programas de Fortalecimiento Local que se lleven a cabo en el marco de las acciones del CND;b. Coordinar y supervisar con los Gobiernos Locales los aspectos relativos a sus planes, programas y pro- yectos para el desarrollo local y la coordinación de éstos con los del nivel regional; c. Realizar el seguimiento y evaluación de planes, programas y proyectos de los Gobiernos Locales para alcanzar los objetivos y metas propuestas; d. En coordinación con la Gerencia de Transferencia e Integración Regional y Desarrollo Local del CND coadyuvar en la formulación de indicadores e instru- mentos metodológicos que permitan realizar el monito- reo y evaluación de planes, programas y proyectos de los Gobiernos Locales; e. Asegurar la retroalimentación de los planes, pro- gramas y proyectos dirigidos al fortalecimiento de los Gobiernos Locales y a la promoción del Desarrollo Lo- cal, a fin de asesorar en la implementación de correcti- vos que permitan el logro de objetivos y metas propues- tas; y, f. Cumplir con las demás funciones que le asigne la Gerencia de Fortalecimiento Local. C.2.3. Subgerencia de Diseño de ProgramasArtículo 62º.- La Subgerencia de Diseño de Progra- mas es el órgano encargado de coordinar, formular, pro- poner y asesorar planes, programas y proyectos dirigi- dos al fortalecimiento y desarrollo de capacidades loca- les. La Subgerencia de Diseño de Programas depende directamente del Gerente de Fortalecimiento Local. Artículo 63º.- Son funciones de la Subgerencia de Diseño de Programas: a. Formular, proponer y concertar el Plan Nacional de Fortalecimiento de Capacidades Locales a llevarse a cabo en el proceso de descentralización; b. Diseñar modelos de gestión y promoción del De- sarrollo Local adecuados a las diferentes realidades; c. Canalizar iniciativas orientadas a modernizar la normatividad que regula el funcionamiento de los Go- biernos Locales, así como la promoción del desarrollo a nivel local, en el marco del proceso de Descentraliza- ción; d. Formular los instrumentos metodológicos para el diseño de los planes, programas y proyectos para el Desarrollo y Fortalecimiento Local a fin de asesorarlos en la implementación de correctivos que permitan el lo- gro de objetivos y metas propuestas; e. Coordinar, articular y canalizar conjuntamente con la Oficina de Cooperación Internacional del CND los re- cursos de cooperación que se requieran para viabilizar los planes, programas y proyectos para el Fortaleci- miento Local que se propongan; f. Coordinar con la Gerencia de Planeamiento y De- sarrollo del CND la formulación de indicadores e instru- mentos metodológicos que permitan el diseño de Pla- nes, Programas y Proyectos de los Gobiernos Locales g. Recopilar, sistematizar y producir estudios y ma- teriales de difusión sobre mejores prácticas de gestión local; y, h. Cumplir con las demás funciones que le asigne la Gerencia de Fortalecimiento Local. C.3. GERENCIA DE OPERACIONES Y FONDOSArtículo 64º.- La Gerencia de Operaciones y Fon- dos es el Órgano de Línea encargado de administrar los fondos encargados al CND, en coordinación con la Ge- rencia de Administración y Finanzas. Asimismo, ejecuta los proyectos especiales que por Ley se le asignen. La Gerencia de Operaciones y Fondos depende directa- mente del Secretario Técnico. Artículo 65º.- Son funciones de la Gerencia de Ope- raciones y Fondos: a. Administrar el Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDE); b. Formular la opinión del CND sobre los índices de distribución del Fondo de Compensación Regional (FON- COR) propuestos por el Ministerio de Economía y Fi- nanzas (MEF) y monitorear la transferencia de los re- cursos en la forma y plazo establecidos por el Artículo 39º de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783;