Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2003 (29/03/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

Pag. 241846

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de marzo de 2003

Articulo 28º.- Los propietarios de Canes, asumiran su responsabilidad de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo 29º.- La Policia Nacional del Peru tiene obligaciones de auxiliar a la victima y realizar las investigaciones para reportar a la municipalidad el incidente. TITULO X DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 30º.- INFRACCIONES LEVES SANCIONADAS CON MULTA DE 0.05 DE LA U.I.T. - No inscribir al Can en el Registro Municipal. - Alimentarlos con alimentos contaminados. - No prestarle asistencia veterinaria en el momento indicado. - No tener autorizacion Municipal. - No presentar anualmente el Certificado de Sanidad. Articulo 31º.- INFRACCIONES GRAVES SANCIONADAS CON 0.10 DE LA UIT Son infracciones graves: a) Conducir al Can por via publica sin bozal o MORDAZA b) Ingresar a locales de espectaculos publicos deportivos, culturales o de cualquier naturaleza incumpliendo el caracter prohibido. Articulo 32º.- INFRACCIONES MUY GRAVES Sanciones con multa del 1.U.I.T. a) Organizar, participar, promover y difundir peleas de Canes. b) Adiestrar o entrenar Canes para pelea. c) Abandonar Canes potencialmente peligrosos. d) Abrir o conducir centros de criaderos, adiestramiento o comercializacion sin cumplir con los requisitos exigidos de Ley y demas normas pertinentes. Articulo 33º.- Mientras no se pague la multa y se subsanen las causas de infraccion el Can sera retenido y se cobrara una tasa diaria por concepto de mantenimiento del animal, la graduacion de la sancion tendra en cuenta el peligro ocasionado, la reincidencia, en caso de su no retiro se procedera de acuerdo con lo estipulado en el Art. 20º. Articulo 34º.- La aplicacion del presente Reglamento sera efectuada por la Division de Proteccion Ambiental de la Direccion de Servicios Comunales. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- En tanto el Ministerio de Salud aprueba la lista de razas de canes potencialmente peligrosas considerarse a la raza canina, Hibrido o de cruce de MORDAZA, con cualquier otra raza, al American Pitbul Terrier como potencialmente peligroso. Debiendose someter a la presente MORDAZA las demas razas una vez verificada la lista. Segunda.- Los propietarios o poseedores de canes considerados potencialmente peligrosos a partir de la vigencia de la Ordenanza tendra un plazo de 30 dias para realizar los tramites de licencia a que se refiere la presente Ordenanza. Tercera.- La Municipalidad podra celebrar convenio con instituciones publicas o privadas, con la finalidad de llevar a cabo la identificacion y registro canino, asimismo desarrollar programas sanitarios, control reproductivo, educacion y adiestramiento, Asesoria Legal y capacitacion. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Incorporese en cuanto corresponde las modificaciones contenidas en el presente reglamento a las Ordenanzas que aprueban el Regimen de Procedimientos Administrativos de Infracciones de la Municipalidad Distrital de Bellavista, asi como de escala de multas y TUPA. 06056

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 039-03-A/MPE/C Espinar, 19 de marzo del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR - DEPARTAMENTO DEL MORDAZA VISTO: El Informe Nº 016-2003-JOAMPE, de la Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial de la Municipalidad Provincial de Espinar, formulando el Plan Anual de Adquisiciones para el Ejercicio Fiscal 2003; CONSIDERANDO: Que, el Art. 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece la obligacion de las entidades publicas de elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto de presupuesto requerido, asi como los procesos de seleccion que se realizaran, el mismo que sera aprobado por el Titular de la Entidad o la MORDAZA autoridad administrativa dentro de los 30 dias naturales siguientes a la aprobacion del Presupuesto Institucional; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 006-2003-MPE de 11 de febrero del 2003, se resuelve aprobar el Presupuesto Institucional Modificado para el Ejercicio Fiscal 2003, en consecuencia el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones ha sido formulado en funcion a dicho instrumento y habiendo la Unidad de Abastecimientos cumplido con formular el indicado Plan y estando a la Visacion de las Oficinas de Planificacion y Presupuesto, Direccion Municipal y Asesoria Juridica; Con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades y lo establecido por el Art. 7º del D.S. Nº 0013-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Espinar correspondiente al Ejercicio Presupuestal del ano 2003, detallando los procesos de seleccion en el anexo adjunto, el mismo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los plazos senalados en la Directiva Nº 022-2001CONSUCODE, la remision al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODEy a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME. Asi como poner a disposicion de los interesados en las dependencias de la Municipalidad. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06077

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.