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PÆg. 241836 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de marzo de 2003 Dirección de Salud IV Lima Este (DISA), formulación que ha sido aprobada por el Comité de Administración del Vaso de Leche de la Municipalidad de Ate, en sesión del 27.2.03; Que, la Licitación Pública a convocarse para el pre- sente año, para la adquisición de los insumos conforme a las nuevas especificaciones aprobadas por la Organ- ización Distrital del Vaso de Leche se encuentra sujeta a un plazo no menor de 20 días útiles, por lo que existirá un lapso de tiempo durante el cual el Programa quedaría desabastecido, toda vez que los contratos suscritos para el período del 30.12.02 al 30.3.03 corresponden a insu- mos cuya composición no es igual a los que actualmen- te solicitan las beneficiarias del Programa del Vaso de Leche; por lo que no debe considerarse la prórroga del plazo de vigencia establecido en el Acuerdo de Concejo Nº 143 de fecha 30.12.02, por cuanto las motivaciones del referido Acuerdo corresponden a situaciones diferen- tes a las que motivan la actual necesidad URGENTE de adquirir los insumos de la nueva formulación; Que, teniendo en cuenta que el proceso de Licitación Pública tendría una duración aproximada de 45 días hábiles, respetando los plazos establecidos por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, existiría un período de tiem- po que no se podría atender al Programa del Vaso de Leche, debido a que la Municipalidad no puede adquirir directamente dichos insumos, por lo que es conveniente que se declare en Situación de Urgencia la Adquisición de Insumos para la atención al Programa del Vaso de Leche, mientras dure el proceso de Licitación Pública correspondiente; Que, para salvar estas circunstancias excepciona- les el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en su Artículo 21º ha previs- to la Declaración de Situación de Urgencia, que permitirá exonerar de Licitación Pública las adquisiciones de los insumos durante el período que dure el proceso de se- lección que corresponda; Que, la declaración de Situación de Urgencia se jus- tifica debido a que se debe tomar en cuenta que el Progra- ma del Vaso de Leche no puede dejar de atender a los beneficiarios por ser un servicio a la comunidad de Ayu- da Social; Que, estando a las consideraciones señaladas prece- dentemente y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 21º, inciso c) del Artículo 19º; inciso c) del Artí- culo 20º del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas de acuerdo al Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853 y con el voto por mayoría de los seño- res Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; SE ACUERDA:Artículo 1º.- APROBAR, el Dictamen Conjunto Nº 001-03-C.A.J. - C.A.R., de la Comisión de Asuntos Jurí- dicos y Comisión de Administración y Rentas; sobre DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, la Adqui- sición de Insumos para la atención al Programa del Vaso de Leche por 45 días hábiles, en tanto dure la Licitación Pública a convocarse para adquirir los insumos que co- rresponden a la nueva formulación aprobada. Artículo 2º.- APROBAR, la exoneración de Licita- ción Pública para la Adquisición de Insumos indicados en la parte de considerandos por el período señalado en el numeral precedente, así como autorizar la ejecución de la Adjudicación de Menor Cuantía, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 19º e inciso c) del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- REMITIR, copia del respectivo Acuerdo de Concejo y los informes que los sustentan a la Contra- loría General de la República, dentro de los 10 días ca- lendario siguientes a la fecha de su aprobación, confor- me lo señala el Artículo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM.Artículo 4º.- DISPONER, que el Acuerdo de Conce- jo, se publique en el Diario Oficial El Peruano, conforme lo dispone el Artículo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM. Artículo 5º.- ENCARGAR, a la Dirección Municipal, Dirección de Administración, Comité Especial respecti- vo el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LEONARDO VÍLCHEZ FERNÁNDEZ Teniente Alcalde Encargado de Alcaldía 06146 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Crean Agencia Municipal ubicada en el Proyecto Integral Municipal Panamericana Norte Km. 39 ORDENANZA Nº 004-2003-MDA Ancón, 19 de marzo del 2003 Visto, el Oficio Nº 002-R.MGA/R.RTL-2003 de fecha 18 de marzo del 2003, presentado por los regidores Reneé Torres León y Mario Guzmán Alfaro, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de marzo del 2003; CONSIDERANDO: Que, es función de la Municipalidad Distrital como Gobierno Local propiciar los actos de descentralización para lograr vertebrar el desarrollo en las mejores condi- ciones de la Administración Municipal; y de esta forma contribuir al progreso de los distintos pueblos del distritode Ancón; Que, de acuerdo con el Art. 191º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades tienen autono- mía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, esto es, dentro del ámbito territorial; Que, en concordancia con la autonomía política de la que gozan las Municipalidades, el citado precepto constitucional ha otorgado expresamente al Concejo Municipal el ejercicio de la función normativa; y entre éstas la creación de instituciones para el mejor hacer de los actos y quehaceres de la administración con los administrados; Que, de conformidad con el Informe de la Unidad de Rentas Nº 48-2003-UR/MDA de fecha 17/03/03, el Infor- me de la Unidad de Asesoría Legal Nº 075-2003-UAL/ MDA de fecha 13/03/2003, e Informe de la Unidad de Servicios Técnicos Nº 064-003-/UST/MDA de fecha 15/ 03/2003, sobre la factibilidad fáctica y jurídica de la Crea- ción de la Agencia Municipal; se ha dado correspondien- te trámite al petitorio masivo solicitado por los ciudada- nos residentes en el Proyecto Integral Municipal Pana- mericana Norte; Que, por mandato del Artículo 192º, incisos 4) y 5) de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades tie- nen competencia para organizar, reglamentar y admi- nistrar los servicios públicos locales de su responsa- bilidad, así como planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones; competencia que, en concordan- cia con lo establecido en los Artículos 2º, 3º, 62º y 65º inciso 4) de la Ley Nº 23853, comprende la función de planificar, ejecutar e impulsar el conjunto de acciones destinadas a procurar el desarrollo y satisfacción a tra- vés de una eficaz prestación de servicios, en este caso, en beneficios de los ciudadanos residentes en el Pro- yecto Integral Municipal Panamericana Norte; Que, asimismo, el Artículo 34º de la Ley Nº 23853 establece que los Concejos Municipales pueden estable- cer AGENCIAS en los centros poblados cuyo número de habitantes, distancia y servicios requieran la desconcentración de determinados servicios municipa- les; Que, en tal sentido, la creación de la AGENCIA MUNI- CIPAL como órgano público descentralizado, dependiente de la Dirección de Administración; estará integrado por