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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2003 (29/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

PÆg. 241842 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de marzo de 2003 a) Dentro del plazo señalado por las disposiciones legales o administrativas pertinentes, para tratar sobrela aprobación del Presupuesto Municipal o sus modifica-ciones. b) Dentro de los primeros noventa días de cada año, para pronunciarse sobre la Memoria Anual y la Cuenta General del ejercicio anterior. c) Para tratar asuntos de naturaleza especial o te- mas de interés comunal que los vecinos propongan cadasesenta días. Artículo 49º.- En las Sesiones Extraordinarias sólo se pueden tratar los asuntos que son materia de la con- vocatoria, y otros que por su naturaleza de emergenciaameriten su incorporación, previa aprobación de la ma-yoría de los asistentes. Artículo 50º.- El Concejo tomará decisiones, ma- teria de la Sesión Extraordinaria, siempre y cuando los Acuerdos no afecten las rentas, impliquen la mo- dificación de la normatividad Municipal o requierende informes, en cuyo caso pasarán a las Comisionespara su Dictamen y posterior debate en la siguienteSesión Ordinaria. DE LAS SESIONES SOLEMNES Artículo 51º.- El Concejo podrá celebrar Sesiones Solemnes en las oportunidades siguientes: a) En conmemoración de la creación del distrito de Miraflores. b) En conmemoración de la Declaración de la Inde- pendencia. En esta sesión se leerá, necesariamente, elActa de la JURA de la Independencia por el Cabildo de Lima. c) En conmemoración del Santoral del Santo Patrono del distrito. d) En conmemoración de la fundación de la ciudad de Lima. e) En las fechas que acuerde el Concejo o convo- que el Alcalde, para rendir homenaje y/o condecorar personalidades o conmemorar hechos gloriosos otrascendentes. Artículo 52º.- Las condecoraciones que se pudie- ran otorgar en estas fechas se atribuirán mediante Acuer- do de Concejo. Artículo 53º.- Las sesiones solemnes se dedicarán exclusivamente a los homenajes para los cuales se con-vocan y en ellas no se requiere el quórum legal. Artículo 54º.- El Alcalde podrá delegar en un Re- gidor u otra persona, directamente relacionada con el hecho a conmemorarse, el discurso de Orden o de Homenaje. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 06145 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Autorizan celebración de matrimonio civil comunitario en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0002-2003-MDSL San Luis, 25 de marzo de 2003 El Alcalde de la Municipalidad de San Luis VISTO: El Informe Nº 0051-2003-MDSL-GSM-OREC de la División de Registro Civil;CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497, publicada el 12 de julio de 1995, se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC-, encargado de organizar y man- tener el Registro Único de las Personas Naturales y suscribir hechos y actos vitales; Que, en virtud a la norma citada, mediante Resolu- ción Jefatural Nº 023-96-JEF, publicada el 11 de abril de 1996, se delega en las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Dis- tritales las funciones de inscribir actos y hechos vitales de las personas naturales; Que, la Municipalidad de San Luis, protege a la familia y promueve el matrimonio como institución natural y fun- damental de la sociedad, de conformidad con lo dis- puesto en el artículo 4º de la Constitución Política del Perú; Que, a través del Informe de Visto, la Jefa de la Divi- sión de Registro Civil, propone la realización del Matri- monio Civil Comunitario, con ocasión de celebrarse el XXXV Aniversario de la Creación Política del distrito de San Luis, cuya ceremonia se realizará el día 31 de mayo del 2003, proponiendo como Tasa Única a cancelarse la suma de S/. 30.00 (TREINTA Y 00/100 NUEVOS SO- LES), como pago de derecho por apertura de pliego matrimonial y celebración de matrimonio; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades otor- gadas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 23853 y de conformidad al Código Civil, Texto Único de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) y Acuerdo de Concejo Nº 0030-2003-CDSL; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el día sá- bado 31 de mayo del 2003, en conmemoración del XXXV Aniversario de Creación del distrito de San Luis. Artículo Segundo.- DISPONER como inicio de inscripción a partir de la publicación del presente Decre- to de Alcaldía y como cierre de inscripción el día 23 de mayo del 2003, dispensando de los plazos legales para la referida celebración. Artículo Tercero.- APROBAR como único pago por derecho de Matrimonio Civil, la suma de S/. 30.00 (TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), debiendo, ade- más, adjuntarse los siguientes requisitos: a) Partida de Nacimiento de ambos contrayentes, en original. b) Copia Simple de las Libretas Electorales, DNI o C.I.P. de ambos contrayentes. c) Certificados Médicos (Serológicos y pulmones) de un centro de Salud. d) Constancia de consejería preventiva para ETS, VIH y SIDA. e) Certificado domiciliario de ambos contrayentesf) Dos testigos mayores de edad que no sean parien- tes (presentar copias de DNI). g) Publicación del Edicto Matrimonial (conforme a la recomendación formulada por RENIEC, mediante Carta Circular Nº 002-00-P/CREC-RENIEC). h) Recibo de Pago de la Tasa Única: S/. 30.00 (Trein- ta y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Administra- tiva, Gerencia de Servicios Municipales, Oficina de Re- gistro Civil y Unidad de Imagen Institucional en cuanto les corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 06079