Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2003 (29/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 29 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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lizar y supervisar los contratos de concesion con criterios tecnicos desarrollando todas las actividades relacionadas al control posterior de los contratos bajo su ambito y velar por el cumplimiento de las clausulas tarifarias y de reajuste tarifario establecidas en los Contratos de Concesion; Que, asimismo, el literal a) del articulo 3.1. de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, senala que la funcion supervisora de los Organismos Reguladores comprende la facultad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o tecnicas por parte de las entidades o actividades supervisadas, asi como la facultad de verificar el cumplimiento de cualquier mandato o resolucion emitida por el Organismo Regulador o de cualquier otra obligacion que se encuentre a cargo de la entidad o actividad supervisadas; Que, el articulo 33º del Decreto Supremo Nº 010-2001PCM, Reglamento General de OSITRAN dispone que la funcion supervisora es ejercida por las Gerencias respectivas; Que, en el presente caso, la Gerencia de Regulacion en su calidad de organo tecnico especializado en la materia de competencia de OSITRAN ha puesto en conocimiento de esta Gerencia el Informe de Visto que da cuenta de la aplicacion de la tarifa contractual a aplicarse a partir del primero de MORDAZA de 2003, establecida en el Contrato de Concesion; Que, los literales a) y c) del articulo 55º del Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM precisan que corresponde al Gerente General ejercer la representacion legal, administrativa y judicial de OSITRAN y planear, organizar, gestionar, ejecutar y gestionar y supervisar las actividades tecnicas, asi como las administrativas, operativas, economicas y financieras del OSITRAN; Que, de acuerdo a lo informado por la Gerencia respectiva, en ejercicio de las facultades MORDAZA mencionadas y de acuerdo a lo previsto en la Clausula 8.17.e. del Contrato de Concesion corresponde a esta Gerencia emitir una Resolucion autorizando e informando sobre la aplicacion de las tarifas contractuales establecidas a efectos de velar por su cabal cumplimiento; Por lo expuesto, se RESUELVE: Primero.- Senalar que a partir del primero de MORDAZA del ano 2003 la Empresa Concesionaria del Tramo Ancon MORDAZA - Pativilca de la carretera Panamericana Norte se encuentra facultada a cobrar como Tarifa MORDAZA el importe de Tres con 81/100 de Nuevos Soles (S/. 3,81) por concepto de peaje mas IGV y otros aportes de ley. Segundo.- Encargar a la Gerencia de Supervision de OSITRAN realizar las acciones necesarias a efectos de cautelar por el cumplimiento de lo dispuesto en el Contrato de Concesion. Tercero.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en su calidad de Concedente y de la Sociedad Concesionaria. Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, notifiquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTIJENA Gerente General 06012

Que del 29 de marzo al 4 de MORDAZA del presente ano la senora Nahil MORDAZA Hirsh MORDAZA, Superintendente Nacional Adjunta de Aduanas, participara en la Sesion del Consejo Directivo y en la 37º Asamblea General del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias CIAT, a realizarse en los Estados Unidos Mexicanos; Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de dicha Superintendencia, se hace necesario encargar las funciones del cargo de Superintendente Nacional Adjunta de Aduanas, mientras dure la ausencia de la mencionada funcionaria; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar al Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas mientras dure la ausencia de su titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 06014

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Autorizan adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 079 Ate, 26 de marzo de 2003 EL MORDAZA MORDAZA, ENCARGADO DE ALCALDIA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO, en Sesion Extraordinaria de Concejo, de fecha 26 de marzo del 2003; el Dictamen Conjunto Nº 00103-C.A.J. - C.A.R., de la Comision de Asuntos Juridicos y Comision de Administracion y Rentas, sobre los Informes Nº 022-2003-DM/MDA de la Direccion Municipal; Informe Nº 090-2003-DA-MDA de la Direccion de Administracion; Informe Nº 922-03-OAJ/MDA de la Oficina de Asuntos Juridicos; Informe Nº 149-2003-SDL-DA/MDA de fecha 20.3.03 de la Subdireccion de Logistica; Memorandum Nº 084-2003-DA-DM-MDA de fecha 18.3.03 de la Direccion de Administracion; CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Concejo Nº 00143, de fecha 30.12.02 se declaro en Situacion de Urgencia, la adquisicion de insumos (los mismos, con los que se atendio el Programa el ano 2002) para la atencion del Programa del Vaso de Leche para el periodo del 30.12.02 al 30.3.03; Que, los insumos con los que se tiene que atender el Programa del Vaso de Leche; deben observar los requerimientos minimos establecidos en la Directiva denominada; "Valores Nutricionales Minimos de la Racion del Programa del Vaso de Leche" aprobada por Resolucion Ministerial Nº 711-2002-SA/DM; Que, en ese contexto la Organizacion Distrital de Vaso de Leche ha presentado una nueva formulacion de los insumos que deberian ser objeto de la Licitacion Publica para el presente ano, consistente en Leche Evaporada Entera, Hojuela de Quinua MORDAZA Fortificada y MORDAZA Enriquecido Fortificado Instantaneo, con la que se atendera al Programa en el periodo del 31.3.03 al 30.12.03, que ha sido elegido tomando en consideracion lo senalado por el Instituto Nacional de Salud (INS) y la

SUNAT
Encargan la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas al Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 073-2003/SUNAT MORDAZA, 26 de marzo de 2003

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