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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2003 (31/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 3

PÆg. 241901 NORMAS LEGALES Lima, lunes 31 de marzo de 2003 reunir la contratación para acceder a la causal de exonera- ción por servicios personalísimos, señalando que ésta se refiere a los contratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas, cuando para dicha con-tratación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inhe- rentes, particulares o especiales, o por su determinada cua-lidad, profesión, ciencia, arte u oficio, estableciendo el trámi- te y procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas; Que, a mayor abundamiento, según el Informe Legal Nº 083-2001-(GTN) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de la definición dada por el Regla-mento se desprende que para la determinación de este tipo de servicio resultan importantes las cualidades especiales del locador, a cuyas características se puede añadir las quela doctrina atribuye al denominado " contrato intuitu perso- nae", es decir, la profesionalidad, solvencia o responsabili- dad económica, puntualidad, cortesía, laboriosidad, entreotras, independientemente que exista otro locador que pue- da prestar en esencia el mismo servicio, estableciéndose, de esta manera, que la diferencia entre ambos locadores esla forma de brindar el servicio, ya que uno no puede prestarlo de la misma manera que el otro; Que, conforme se aprecia de su Hoja de Vida, la seño- rita Gallegos Inquitupa, economista de profesión, tiene experiencia en la asesoría a la Primera Vicepresidencia de la República, habiendo desempeñado labores comoCoordinadora General de la Secretaría Técnica de la Co- misión Transitoria del Consejo Nacional de la Juventud, ejecutando acciones preparatorias para el funcionamien-to e instalación del Consejo Nacional de la Juventud, cu- yos resultados son de amplio conocimiento del Congreso de la República y el Presidente de la República; Que, asimismo, posee amplia experiencia en diversas materias de la administración pública, acciones de control, gestión bancaria, cooperación internacional, liderazgo conorganizaciones juveniles y en asuntos parlamentarios, lo que deviene en indispensable para el despacho de la Prime- ra Vicepresidencia de la República; Que, por ello, designación de tan alta responsabilidad ha recaído en la señorita economista Gallegos Inquitupa; Que, el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, establece que los servicios personalísimos seencuentran exonerados de los procesos de adjudica- ción directa, procediendo su contratación a través de una adjudicación de menor cuantía, conforme a lo dis-puesto por el artículo 20º del indicado cuerpo legal; Que, los artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley acotada, así como la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, establecen los procedimientos y formalidades a que deben someterse las contratacio- nes y adquisiciones exoneradas de los procesos deselección, precisándose que, una vez aprobada la exoneración, la contratación deberá realizarse me- diante acciones inmediatas, sobre la base de la ob-tención de una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las bases; De conformidad con los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, los artículos 105º, 111º, 113º y 116º de su Re-glamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, los artículos 6.4 y 6.5 de la Directiva Nº 011-2001-CONSU- CODE/PRE, contando con los informes Técnico-Legal quedispone la Ley, y en uso de sus facultades; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de ad- judicación directa selectiva para la contratación de la econo- mista Amanda Gallegos Inquitupa, para la prestación delservicio de asesoría a la Primera Vicepresidencia de la Re- pública, mediante la modalidad de servicios personalísimos. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Asuntos Administrativos de la Oficina de Administración, la contratación de dicha profesional, mediante el pro- ceso de adjudicación de menor cuantía, hasta por lasuma de Setenta Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 70 200,00), por el período comprendido del 1 de abril hasta el 31 de diciembre de 2003, concargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos Or- dinarios" de la Unidad Ejecutora 004 - Vicepresiden- cias de la República - PCM.Artículo 3º.- Transcribir copia de la presente Resolu- ción y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 06227 Designan representante del ministerio ante la CONAPA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 098-2003-PCM Lima, 29 de marzo de 2003Visto el Oficio Nº 237-2003-EM/DM del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 127-2001-PCM, 025-2002-PCM y 012-2003-PCMse creó la Comisión Nacional de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos - CONAPA, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 3º del mencionado Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM, modificado sucesivamente por los Decretos Supremos Nºs. 127-2001-PCM, 025-2002-PCM y 012-2003-PCM, establece que la citada Comi- sión estará conformada por 25 (veinticinco) miembros, los cuales serán designados por Resolución Ministerialde la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Comisión Nacional de Pueblos Andinos, Amazó- nicos y Afroperuanos - CONAPA, está integrada, entre otros,por un representante del Ministerio de Energía y Minas; Que, en consecuencia resulta necesario designar al representante del Ministerio de Energía y Minas, ante laComisión Nacional de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos - CONAPA; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, por el Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM modificado por los Decretos Supremos Nºs. 127-2001-PCM, 025- 2002-PCM y 012-2003-PCM, y de acuerdo con el De-creto Supremo Nº 083-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al Ing. JUAN CARLOS BARCELLOS MILLA, como representante del Ministerio de Energía y Minas, ante la Comisión Nacional de Pue-blos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos - CONAPA. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 06228 Designan representante del CONAM ante la comisión Multisectorial de Reducción de riesgos para el Desarrollo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 099-2003-PCM Lima, 29 de marzo de 2003Vista, la Carta Nº 423-2003-CONAM/SE, del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2002- PCM se conforma la Comisión Multisectorial de Re- ducción de Riesgos para el Desarrollo, encargadade coordinar las acciones conducentes a la incorpo- ración del enfoque de prevención y mitigación de ries- gos frente a peligros naturales en el proceso de pla-neamiento del desarrollo, así como de establecer y mantener vinculaciones con las iniciativas interna- cionales y de la Región Andina; Que, el artículo 2º del citado Decreto Supremo esta- blece que la mencionada Comisión Multisectorial estará