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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2003 (09/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 243818 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de mayo de 2003 precedente quedan encargados de las funciones es- tablecidas en el artículo 15 del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, de fecha 23 de abril de 1998, así comolas acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta y el obligatorio repliegue de información, ceñida a la nor-matividad registral vigente y bajo la supervisión ycontrol del Registro Nacional de Identificación y Es-tado Civil. Regístrese, Comuníquese y Publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 08688 Autorizan en vía de regularización la delegación de funciones registrales aOficinas de Registro de Estado Civilque funcionan en municipalidades dediversos Centros Poblados Menores RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 173-2003-JEF/RENIEC Lima, 5 de mayo de 2003Vistos los Informes Nº s. 378, 379, 380, 381, 382, 383, 384, 385, 386 y 387-2003-GO/DIEC/RENIEC, de fecha 21 de abril 2003; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil como un organis- mo autónomo, constitucionalmente encargado de or-ganizar y mantener el Registro Único de Identifica- ción de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Co- rresponde exclusivamente al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil las funciones de planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscrip- ciones registrales de su competencia, entre los que se encuentran los nacimientos, matrimonios, defun- ciones y demás actos que modifican el estado civil de las personas; Que, la normativa registral se complementó con el Reglamento de las Inscripciones del Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del 23 de abril de 1998, norma que regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas, disponiendo a su vez que el Sistema Registral está integrado, entre otros organismos, por las Oficinas Registrales encargadas del procesamiento registral y demás fun- ciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes, por ello, por Re- solución Jefatural Nº 023-96-JEF, del 3 de abril de 1996, se delegó las funciones registrales contenidas en el artículo 44º de la Ley Nº 26497 a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la República ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados Me- nores debidamente autorizadas; Que, atendiendo que la deficiencia más aguda en el funcionamiento técnico operativo de los Registros de Estado Civil tenía su causa y su consecuencia directa en la inestabilidad institucional para su fun- cionamiento en la que se encontraban las Oficinas de Registro de Estado Civil, esto es, la carencia de un órgano rector que estableciera mecanismos bási- cos de capacitación, orientación, verificación y con- trol, bajo los cuales debiesen desarrollar sus activi- dades los Registradores de Estado Civil y al hecho concreto que el proceso de integración a que se re- fería complementariamente la Ley Nº 26497, Orgáni- ca del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, requería para su debida implementación de laeliminación de la informalidad registral civil existente en el país, se estableció un proceso de regulariza- ción de las Oficinas de Registro no autorizadas ubi- cadas en los Centros Poblados Menores de la Repú- blica, el mismo que a la fecha ha permitido oficializar la inscripción de los hechos vitales y actos modifica- torios del estado civil en los lugares más apartados del país; Que, las Municipalidades de Centros Poblados Me- nores a que se refieren los informes de los vistos han formalizado expedientes de regularización de Oficina Re- gistral en su localidad, los mismos que se encuentran debidamente complementados, por lo que ha sido apro- bada la delegación funcional a través de las respectivas Resoluciones Jefaturales emitidas por la más alta auto- ridad de la institución y estableciendo la delegación y vinculación funcional que la norma dispone, las mismas que requieren la publicidad esencial para su vigencia; y, De conformidad con lo expuesto en la Ley Nº 26497 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar en vía de regulariza- ción la delegación de las funciones registrales a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de Centros Poblados Menores de: ÍTEM CENTRO POBLADO DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO MENOR 1 MOSCATUNA HUACAR AMBO HUÁNUCO 2 SANTA CRUZ DE PICHIU SAN PEDRO HUARI ANCASH DE CHANA 3 BUENOS AIRES PUÑOS HUAMALÍES HUÁNUCO 4 JEREZ HUASMIN CELENDÍN CAJAMARCA 5 SAN PEDRO DE HUANCANE HUANCANÉ PUNO HUARISANI 6 TAYPICHA TURPO ANDAHUAYLAS APURÍMAC 7 CHIÑAMA CAÑARIS FERREÑAFE LAMBAYEQUE 8 CHALLACOLLO HUACULLANI CHUCUITO PUNO 9 VISTA ALEGRE ZEPITA CHUCUITO PUNO 10 ITUATA ITUATA CARABAYA PUNO Artículo Segundo.- Los Jefes de las Oficinas de Registro de Estado Civil que fu ncionan en las Municipa- lidades de los Centros Poblados mencionados en el artículo precedente quedan encargados de las funcio- nes establecidas en el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del 23 de abril de 1998, así como las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la su- pervisión y control del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 08689 MINISTERIO PÚBLICO Aprueban exoneración de proceso de selección para adquisición de licenciasde software mediante proceso deadjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 662-2003-MP-FN Lima, 7 de mayo de 2003 VISTOS: El Oficio Nº 542-2003-GG-GCIN-MP-FN emitido por la Gerencia Central de Informática por medio del cual se