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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2003 (18/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 20

PÆg. 244346 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de mayo de 2003 Que, el último párrafo del Artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decre- to Supremo Nº 135-99-EF establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con ca-rácter general, por la Administración Tributaria; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispues- to en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853,ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA EL BENEFICIO TRIBUTARIO ESTABLECIDO EN LAS ORDENANZAS Nºs. 056 Y 069-ML Artículo 1º.- Prorrogar el Beneficio Tributario estableci- do en las Ordenanzas Nºs. 056 y 069-ML, respectivamente hasta el 31 de mayo del presente año. Artículo 2º.- Encárguese el cumplimiento de lo estable- cido en la presente Ordenanza a la Dirección de Rentas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS AYLLÓN MINI Alcalde 09350 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan para el ejercicio 2003 la Ordenanza N” 014 que aprobó cance-lación de deudas tributarias mediantepago de bienes, especies o servicios ORDENANZA Nº 005 San Juan de Lurigancho, 28 de abril de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en Sesión Extraordinaria de la fecha, el proyec- to presentado por la Directora de Rentas de la MDSJL -Eco - Ana Delgado de la Flor C. Sobre "CANCELACIÓN DEDEUDAS TRIBUTARIAS MEDIANTE PAGO DE BIENES, ESPECIES Y/O SERVICIOS". CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº27680, preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los gobiernos locales con autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia, correspondiéndole al Concejo Municipal la fun-ción normativa, la que ejerce a través de Ordenanzas conrango de Ley; Que, así mismo el artículo 195º numeral 4) de la Carta Política, señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y prestación de los serviciospúblicos de su responsabilidad en armonía con las políti-cas y planes nacionales y regionales del desarrollo, siendocompetentes para crear, modificar y suprimir contribucio-nes, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, con- forme a Ley; Que, es política de la nueva Administración otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes del distritopara que puedan cumplir con regularizar sus obligacionestributarias municipales; Que, la deuda tributaria conforme al artículo 27º del Código Tributario extingue entre otros medios, el pago de las mismas; el cual según el artículo 32º del acotado Códi-go, establece que mediante Decreto Supremo refrendadopor el Ministerio de Economía y Finanzas se podrá dispo-ner el pago de tributos en especie; los mismos que seránvaluados según el valor del mercado en la fecha que se efectúen; Que, por lo argumentado en el artículo precedente, se puede aplicar por analogía el artículo 32º del Código acotadoa los tributos que administra la Municipalidad, siempre queellos no impliquen infringir las disposiciones establecidas enel artículo IV del Título Preliminar del Código Tributario; Que, en armonía con las disposiciones antes citadas, el Concejo puede aprobar el procedimiento necesario paraque los contribuyentes regularicen el pago de las deudas tributarias mediante bienes o servicios que sean cuantifica- bles y con valor real en el mercado, en ejercicio de la autonomía política, económica y administrativa de la quegozan los gobiernes locales en los asuntos de su compe-tencia; Que, corresponde al Concejo Municipal, la función nor- mativa, que concreta mediante la aprobación de Ordenan- zas conforme al artículo 109º de la Ley Nº 23853 "Ley Orgánica de Municipalidades"; Que, en ese sentido, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, mediante Ordenanza Nº 014 del 25de julio del 2000 aprobó la Cancelación de Deudas Tributa-rias mediante pago de Bienes, Especies o Servicios. En ella se facultó a la Administración de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, para que mediante Convenioacepte Bienes y/o Servicios, que serán evaluadas y califi-cadas por una Comisión Técnica Integrada por Funciona-rios de la Municipalidad que emitirán un Dictamen prelimi-nar, previa evaluación y calificación, para luego emitir la respectiva Resolución de Alcaldía que dará por cancelada la Deuda Tributaria; Que, siendo necesario, de utilidad Pública y de prefe- rente interés social el saneamiento y total Legalidad de losAsentamientos Humanos; que es de público conocimientoque la actual crisis económica, la falta de empleo y una Política coherente de las Municipalidades, no permite inte- grar a este sector importante de la sociedad, razón por lacual esta Municipalidad con el ánimo de facilitar su integra-ción ha decidido que podrán cancelar sus Deudas Tributa-rias mediante los servicios de Limpieza, pequeñas cons-trucciones, servicios de jardinería u otro análogo; Que, mediante Ordenanza Nº 014 de fecha 25 de julio del año 2000 se facultó al Alcalde de la Municipalidad deSan Juan de Lurigancho para que apruebe mediante De-creto las disposiciones Reglamentarias para el cumplimien-to de la siguiente Ordenanza; Que, de igual forma para un mejor ordenamiento Admi- nistrativo es necesario modificar los artículos segundo, ter- cero, cuarto y octavo de la Ordenanza Nº 014 del 25 dejulio del 2000; Estando a lo expuesto y conforme al numeral 3) del artículo 36º y los artículos 109º y 110º de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 23853, por la Ley y contando con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, seha dado la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA ORDENANZA Nº 014 DEL 25 DE JULIO DEL 2000 Artículo Primero.- Prorróguese para el ejercicio 2003, la Ordenanza Nº 014 del 25 de julio del 2000 que apruebala "CANCELACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS MEDIAN-TE PAGO DE BIENES, ESPECIES O SERVICIOS, con lasprecisiones contenidas en la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Modifíquense los Artículos Segun- do, Tercero, Cuarto y Octavo en los términos siguientes: Artículo Tercero.- Las solicitudes presentadas serán evaluadas y calificadas por una Comisión Técnica de Fun-cionarios de la Municipalidad que dictarán un Dictamenpreliminar. El pago se entenderá efectuado con la conformidad del bien y/o servicio por parte del Área usuario, en cuyocaso se expedirá la Resolución de Alcaldía dando por cance-lada la Deuda Tributaria. Artículo Cuarto.- Conforme la Comisión Técnica de Evaluación de Pago integrada por Funcionarios de la Enti- dad Municipal, la misma que estará conformada de la si- guiente manera: - Director (a) de la Oficina de Rentas - Quién la presidirá. - Director de la Oficina de Administración - Integrante Secretario. - Director de Desarrollo Económico y Social - Integrante. Artículo Quinto.- Establézcase que para acceder a lo previsto en la presente Ordenanza necesariamente lasdeudas tributarias que serán materia de esta forma de pago serán inferiores a las (3 UIT) tres Unidades Imposi- tivas Tributarias; así como que los solicitantes deberán pre-cisar con detalle que tipo de bienes o servicios ofrecen a laCorporación Edil, teniendo en cuenta lo siguiente: - Precio por debajo del mercado. - Necesidad de servicio, y- Necesidad para la Municipalidad del producto o bien que ofrezca el Deudor Tributario.