Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2003 (19/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2003

asignacion de recursos orientados a la reduccion de la pobreza y mejora de la calidad de los servicios basicos, incluyendo a las personas con discapacidad. Articulo 26º.- Pautas para la Formulacion de los Gastos de las Actividades y Proyectos Una vez disenada la Estructura Funcional Programatica del Pliego, se procede a la Formulacion de los Gastos consistente en asignar las respectivas MORDAZA de Gastos asi como determinar las MORDAZA de Financiamiento a que correspondan los mismos, a nivel de Actividades y Proyectos, teniendo en cuenta el(los) Componente(s) y la(s) Meta(s) Presupuestaria(s) contenida(s) en dicha(s) Categoria(s) Presupuestaria(s). Para tal efecto, se utiliza la informacion reunida en los procesos de Programacion Participativa y Programacion Presupuestal, debiendo observarse las siguientes pautas: i. La Asignacion Presupuestaria - MEF, correspondiente a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Canon y Sobrecanon, Participacion Renta de Aduanas y Fondo de Compensacion Regional, (comunicada al Pliego por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia Finanzas), asi como la Asignacion Presupuestaria - Pliego, correspondiente a los recursos de las otras MORDAZA de Financiamiento, deben cubrir los gastos a que se refiere los articulos 19º y 20º de la presente Directiva. ii. Las Metas Presupuestarias de los Componentes que integran las Actividades y Proyectos del Pliego, son -para efectos de la Formulacion de los Gastos- las unidades basicas de egresos, a las que se les asigna las MORDAZA de gasto necesarias para el cumplimiento de las mismas. Se entiende por "cadena de gasto", a la codificacion que asocia la Categoria del Gasto, el Grupo Generico de Gasto, la Modalidad de Aplicacion y la Especifica del Gasto. Asimismo, a cada cadena de gasto, se le "dota" de la correspondiente asignacion de recursos, especificandose el respectivo monto y la respectiva Fuente de Financiamiento. iii. A fin de asegurar una correcta formulacion de los gastos, es recomendable que cada Meta Presupuestaria comprenda egresos que no impliquen dificultades en su imputacion, a fin de evitar calculos adicionales de prorrateos de costos o similares. En tal sentido, es conveniente que la Formulacion de las Metas Presupuestarias permita la aplicacion MORDAZA de los egresos que implica su realizacion, de manera que faciliten la imputacion del gasto en la Fase de Ejecucion Presupuestaria. Las Metas Presupuestarias asi definidas deben expresar productos finales de los servicios y funciones que desarrollara el Pliego durante el ano fiscal 2004. iv. Las MORDAZA de gasto que se determinen para las Actividades, deben tener -unicamente- como raiz la Categoria del Gasto 5. "Gasto Corriente", y solo cuando se trate de gastos que se orienten al equipamiento y a la adquisicion de inmuebles, debe considerarse la Categoria del Gasto 6. "Gastos de Capital" vinculada al Grupo Generico de Gasto 7. "Otros Gastos de Capital". v. En el caso de los Proyectos, las "cadenas de gasto" que se les asignen consideraran como raiz -exclusivamente- la Categoria del Gasto 6. "Gasto de Capital". vi. En los casos relativos a la modalidad de Ejecucion Presupuestaria Indirecta que celebren los Pliegos Presupuestarios con Organismos Internacionales, la asignacion propuesta se desagrega en todos los Grupos Genericos de Gasto que impliquen la realizacion de los

mismos; y para la Modalidad de Aplicacion se utiliza el codigo 50. Transferencias al exterior - Gobiernos, Organismos Internacionales y Fondos Internacionales. Articulo 27º.- Precisiones adicionales en la Formulacion de los Gastos Atendiendo a lineamientos sobre prevision de gastos senalados en los articulos 19º y 20º de la presente Directiva, en la Fase de Formulacion los Pliegos deben sujetarse a los siguientes criterios: En cuanto a Personal, Obligaciones Sociales y Obligaciones Previsionales: * La asignacion presupuestaria debe asegurar el pago de la planilla de haberes de las Actividades a desarrollar durante el ano fiscal 2004. Asimismo, debe preverse los gastos por conceptos ocasionales, teniendo en cuenta el promedio historico de los ultimos tres anos, atendiendo a que no se admitiran demandas adicionales o ampliaciones por dicho concepto. * Los Pliegos Presupuestarios deberan considerar obligatoriamente en la formulacion de sus gastos para actividades y proyectos, las cargas sociales que correspondan a los servidores publicos de la entidad, dado que dichas cargas seran asumidas integramente por los Pliegos en su calidad de empleadores, bajo responsabilidad. * Las Actividades que involucren el pago de pensiones, deben contar con las previsiones necesarias para el pago de la planilla continua durante el ano fiscal. De ser el caso, debe coordinarse las transferencias que involucren el traslado de Pensionistas entre diferentes entidades del Estado. En cuanto a Bienes y Servicios: * La formulacion del gasto, en bienes y servicios, debe garantizar -fundamentalmente- la cobertura de los gastos por tarifas de servicios (luz, agua y telefono), las obligaciones contractuales y la atencion del racionamiento cuando corresponda, asi como el costo de los combustibles y lubricantes, necesarios para el desarrollo de las Actividades y Proyectos del Pliego. En cuanto a Inversiones: * La formulacion del gasto de inversiones, debe considerar las demandas de gasto que se prevean por concepto de la Ejecucion Presupuestaria Indirecta de Componentes de Proyectos, a titulo oneroso y/o gratuito (sea por contrato y/o convenio), asi como por la Ejecucion Presupuestaria Directa (que comprende los gastos por concepto de Planilla, Bienes y Servicios de Proyectos ejecutados bajo dicho MORDAZA de ejecucion) y demas gastos que se requieran para el cumplimiento de las Metas Presupuestarias que se formulen para el ano fiscal. En cuanto a Gastos por Contrapartidas: * Debe asegurarse la Contrapartida Nacional de los Contratos y/o Convenios por Endeudamiento y Donaciones, debidamente suscritos y ratificados a la fecha de la formulacion del presupuesto, celebrados por las entidades del Sector Publico, dado que el Ministerio de Economia y Finanzas no asumira las demandas de gasto por Contrapartidas no contempladas en la Formulacion del Presupuesto Institucional, a fin de evitar extension en los contratos de prestamos y mayores costos por comisiones de credito y compromisos. Por tanto, bajo responsabilidad, MORDAZA de programar gastos para la ejecucion de nuevos proyectos se debera asegurar la contrapartida nacional de los contratos o convenios, ya que no se programaran proyectos con financiamiento incompleto que den origen a demandas adicionales en la ejecucion.

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