Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2003 (22/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 244650 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de mayo de 2003 DEBE DECIR: Nº Orden Nomenclatura del cargo Código del Cargo T otal clasificado cargo Estructural Necesario 321-333 Ingeniero I P3-35-435-1 13 334-336 Químico Farmacéutico I P3-50-650-1 3 337 Químico I P3-45-645-1 1 338 Sociólogo I P3-55-685-1 1 339-340 Técnico en Ingeniería I T4-35-775-1 2 344 Médico II P4-50-525-2 1 645 Obstetriz I P4-50-540-1 1 646-647 Nutricionista II P4-50-535-2 2 654-655 Técnico en Nutrición I T3-50-797-1 2 656 Técnico Administrativo I T3-05-707-1 1 Artículo 2º .- Encargar al Instituto Nacional de Salud, a través de su Oficina Ejecutiva de Organización, deefectuar el reordenamiento, en forma correlativa, delnúmero de orden de los cargos en virtud de lo dispuestoen el artículo precedente, para efectos de la implemen-tación del respectivo Cuadro para Asignación de Perso-nal. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 09538 Aprueban reglamentos de Organización y Funciones de institutos especializa-dos de Rehabilitación, Oftalmología,Salud del Niæo y Salud Mental RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 564-2003-SA/DM Lima, 16 de mayo del 2003 Visto el Oficio Nº 383-DG-INR-2003, del 6 de mayo de 2003, del Instituto Especializado de Rehabilitación; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 28º y 30º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, losInstitutos Especializados son órganos desconcentradosdel Ministerio de Salud; Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 30º, 31º y 32º del Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley delMinisterio de Salud, aprobado con el Decreto SupremoNº 013-2002-SA/DM, el Instituto Especializado deRehabilitación, es un órgano desconcentrado del Minis-terio de Salud, que tiene como misión lograr el liderazgoa nivel nacional e internacional en el desarrollo de lainvestigación científica e innovación de la metodología,tecnología y normas para su difusión y aprendizaje, porlos profesionales y técnicos del Sector Salud, así comola asistencia altamente especializada a los pacientesque la requieran e incrementar y sistematizar la interre-lación científica internacional en su campo; Que, el Instituto Especializado de Rehabilitación ha presentado su proyecto de Reglamento de Organiza-ción y Funciones, el cual cuenta con la opinión técnicafavorable de la Oficina General de Planeamiento Estra-tégico y cumple con las normas establecidas en los Ar-tículos 30º, 31º y 32º del Reglamento de la Ley Nº 27657- Ley del Ministerio de Salud, aprobado con el DecretoSupremo Nº 013-2002-SA; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 235-2003- SA/DM, se ha aprobado el Modelo General de Regla-mentos de Organización y Funciones de los InstitutosEspecializados, con el cual es concordante el proyectode Reglamento de Organización y Funciones presenta-do con el Oficio Nº 383-DG-INR-2003 del InstitutoEspecializado de Rehabilitación;De conformidad con las facultades y atribuciones esta- blecidas en el Artículo 6º literales (l) y (p) del Reglamen-to de Organización y Funciones del Ministerio de Saludaprobado con el Decreto Supremo Nº 014-2002-SA, ysegún lo dispuesto en el literal (l) del Artículo 8º de la LeyNº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y en concor-dancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27658 - Ley Marcode Modernización de la Gestión del Estado; Con la visación de la Oficina General de Planeamien- to Estratégico y de la Oficina General de Asesoría Jurí-dica; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Instituto Especializado de Rehabili-tación, que consta de siete (7) títulos, tres (3) Capítulos,cuarentiún (41) artículos, cinco (5) Disposiciones Com-plementarias y un (1) organigrama estructural; el mismoque forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 328- 95-SA/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 09493 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 565-2003-SA/DM Lima, 16 de mayo del 2003 Visto el Oficio Nº 380-2003-DG/INO, del Instituto Especializado de Oftalmología; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 28º y 30º de la Ley Nº 27657 Ley del Ministerio de Salud, losInstitutos Especializados son órganos desconcentradosdel Ministerio de Salud; Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 30º, 31º y 32º del Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley delMinisterio de Salud, aprobado con el Decreto SupremoNº 013-2002-SA/DM, el Instituto Especializado deOftalmología, es un órgano desconcentrado del Ministe-rio de Salud, que tiene como misión lograr el liderazgo anivel nacional e internacional en el desarrollo de lainvestigación científica e innovación de la metodología,tecnología y normas para su difusión y aprendizaje, porlos profesionales y técnicos del Sector Salud, así comola asistencia altamente especializada a los pacientesque la requieran e incrementar y sistematizar la interre-lación científica internacional en su campo; Que, el Instituto Especializado de Oftalmología ha presentado su proyecto de Reglamento de Organiza-ción y Funciones, el cual cuenta con la opinión técnicafavorable de la Oficina General de Planeamiento Estra-tégico y cumple con las normas establecidas en los Ar-tículos 30º, 31º y 32º del Reglamento de la Ley Nº 27657- Ley del Ministerio de Salud, aprobado con el DecretoSupremo Nº 013-2002-SA; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 235-2003- SA/DM, se ha aprobado el Modelo General de Regla-mentos de Organización y Funciones de los InstitutosEspecializados, con el cual es concordante el proyectode Reglamento de Organización y Funciones presenta-do con el Oficio Nº 380-2003-DG/INO del InstitutoEspecializado de Oftalmología; De conformidad con las facultades y atribuciones esta- blecidas en el Artículo 6º literales (l) y (p) del Reglamen-to de Organización y Funciones del Ministerio de Saludaprobado con el Decreto Supremo Nº 014-2002-SA, ysegún lo dispuesto en el literal (l) del Artículo 8º de la LeyNº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y en concor-dancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27658 - Ley Marcode Modernización de la Gestión del Estado;