Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2003 (04/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, martes 4 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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fraccionamiento respectivo, determinandose el monto de la cuota inicial en un valor no inferior al veinticinco por ciento (25%) de la deuda, suspendiendose la cobranza coactiva iniciada y condonandose las costas y gastos de cobranza. La deuda podra ser materia de fraccionamiento en los plazos y condiciones siguientes: a.- Doce (12) cuotas mensuales como plazo MORDAZA de fraccionamiento de deuda. b.- El monto minimo de cada cuota de fraccionamiento no podra ser menor de cinco por ciento (5%) de la UIT vigente, sin considerar el interes de fraccionamiento. c.- Cada una de las cuotas de fraccionamiento estara compuesta por la cuota de amortizacion mas el interes de fraccionamiento correspondiente. d.- Las cuotas de fraccionamiento se abonaran mensualmente con vencimiento cada 30 dias. Articulo Octavo.- De la Tasa de Interes de Fraccionamiento (TIF) A la deuda tributaria fraccionada se le aplicara un interes que no sera inferior al ochenta por ciento (80%) mensual de la Tasa de Interes Moratorio (TIM) que senala la Superintendencia de Banca y Seguros, siendo el interes a rebatir. Articulo Noveno.- Facultad discrecional El incumplimiento en el pago de dos (2) cuotas, seguidas o alternadas (entendiendose por incumplimiento, el pago parcial de una de las cuotas o la falta de pago de la MORDAZA cuota del fraccionamiento) automaticamente da lugar a la emision de la Resolucion Directoral de perdida de beneficio emitida por la Oficina de Rentas y a la posterior ejecucion de las medidas de cobranza coactiva por la totalidad de la amortizacion e intereses correspondientes que estuvieran pendientes de pago actualizados con el 100% de la Tasa de Interes Moratorio (TIM). Articulo Decimo.- De las Garantias Los contribuyentes que se acojan a la Amnistia Tributaria con deudas superiores al 50% de la UIT, deberan otorgar garantias idoneas, en la forma y plazos que determine la Administracion Tributaria Municipal. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Del Cumplimiento La Gerencia de Rentas queda encargada de dictar, mediante Resolucion de Gerencia, las directivas administrativas especificas para el debido cumplimiento de la presente Ordenanza, coordinando con la Gerencia Municipal y las dependencias administrativas que correspondan su ejecucion y difusion, previo informe a la Comision Interna de Trabajo de Economia, Presupuesto y Planeamiento. Segunda.- Del Estimulo a Mejores Contribuyentes La Gerencia de Rentas queda encargada de formular, en un plazo de 30 dias calendario, un proyecto de Ordenanza que contenga disposiciones de estimulo a los mejores contribuyentes del distrito, entendiendose a aquellos que cumplen oportunamente con sus obligaciones tributarias correspondientes al 2003 o que han cancelado sus obligaciones tributarias pendientes de pago, conforme a los beneficios tributarios dictados con anterioridad a la presente Ordenanza. Tercera.- De la suspension de normas y facultad reglamentaria Suspendase, por el plazo de vigencia de la presente Ordenanza, toda disposicion que se oponga a lo dispuesto a la presente MORDAZA, facultandose al Despacho de Alcaldia a prorrogar mediante Decreto, el plazo de vigencia de la presente Ordenanza, asi como dictar las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para su eficaz cumplimiento. Cuarta.- Entrada en vigencia La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20226

Modifican la Ordenanza Nº 011-2003 "Mecanismos de Participacion Vecinal para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional" de la municipalidad
ORDENANZA Nº 017 San MORDAZA de Lurigancho, 27 de octubre de 2003 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO; en Sesion Ordinaria de la fecha, la Resolucion Nº 003-CEPMP/MDSJL de fecha 18 de octubre de 2003, a traves del cual se recomienda al Concejo Municipal la modificacion de la Ordenanza Nº 011-2003-SJL; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 011-SJL "Mecanismos de Participacion Vecinal para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, promulgada el 14 de agosto de 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 29 de agosto de 2003, se senala que la Jefatura de Participacion Vecinal, al dia siguiente de la aprobacion de la Ordenanza debe dar inicio al MORDAZA de inscripcion y registro de los ciudadanos y organizaciones sociales que deseen participar en el MORDAZA presupuestario de 2004; Que, la anteriormente citada Ordenanza Nº 011-SJL en el articulo 38º senala que el Padron de Electores en las Juntas Vecinales Comunales esta compuesto por los vecinos residentes en una determinada area comunal MORDAZA personas naturales o juridicas de las organizaciones privadas o sociales de base que se inscriban hasta el 15 de setiembre de 2003, para participar como integrantes de su respectiva Junta Vecinal comunal para el MORDAZA del presupuesto participativo; Que, del mismo modo la Ordenanza precitada, en su articulo 43º establece que el Padron de electores en las Redes de Politicas Publicas Locales esta conformado por todas las organizaciones de la jurisdiccion distrital que se inscriban hasta el 15 de setiembre en una y hasta dos redes como MORDAZA, a fin de participar en el MORDAZA del presupuesto participativo; Que, estando a las facultades conferidas a los gobiernos locales en la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de la Descentralizacion y la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo Municipal y la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprueba la siguiente; ORDENANZA MODIFICACION DE LA ORDENANZA Nº 011-2003 "MECANISMOS DE PARTICIPACION VECINAL PARA LA PROGRAMACION, FORMULACION Y APROBACION DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO" Articulo Primero.- Inclusion de la Disposicion Final Sexta INCORPORESE en la Ordenanza Nº 011-SJL "Ordenanza de Mecanismos de Participacion Vecinal para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho" la disposicion final SEXTA con el siguiente texto: "Sexta.- Inclusion extraordinaria en el Padron de Electores en las Juntas Vecinales y Redes de Politicas Publicas Para cada MORDAZA participativo anual, los vecinos y organizaciones que hayan participado y registrado debidamente su asistencia a mas de dos o mas reuniones de trabajo en las respectivas asambleas deliberativas de las Juntas Vecinales Comunales o en las Redes de Politicas Publicas Locales en cada ano respectivamente, seran con-

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