Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2003 (09/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, MORDAZA 9 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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mar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA, referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, por Resolucion Jefatural Nº 040-2003-INEI, se autorizo la realizacion de la "Estadistica Mensual de Turismo 2003 para establecimientos de Hospedaje", la que es ejecutada a nivel nacional por la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, dirigida a los establecimientos que brindan servicios de hospedaje ubicados en el territorio nacional; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, en sus articulos 87º, 88º, 89º, 90º y 91º establece "que las personas naturales, juridicas, que se negasen a suministrar datos, los dieren falseando la verdad maliciosamente, o dilatasen injustificadamente los terminos establecidos, se haran acreedoras a las multas que establece el articulo 89º, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar"; Que, no obstante haber tomado conocimiento las empresas omisas de la obligacion de presentar la mencionada encuesta y habiendose vencido ampliamente los plazos establecidos para la MORDAZA de los formularios correspondientes, existen establecimientos que no han cumplido con presentar la informacion requerida de acuerdo a lo informado por la Oficina General de Informatica y Estadistica del MINCETUR; Que, mediante Ley Nº 28034 se dictaron medidas de austeridad, reduciendo el presupuesto de las entidades del Estado al minimo indispensable y teniendo en cuenta el gran numero de omisos, no es posible publicar el anexo "Relacion de establecimientos omisos a la MORDAZA de la Estadistica Mensual de Turismo 2003 para establecimientos de Hospedaje" de la presente resolucion, el que estara publicado en la pagina Web del INEI y del MINCETUR; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 91º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Multar a las personas naturales o juridicas omisas a la MORDAZA de la "Estadistica Mensual de Turismo 2003 para establecimientos de Hospedaje", correspondiente al mes de junio 2003, cuya relacion forma parte de la presente Resolucion, la misma que se encuentra publicada en la pagina Web del INEI (http://www.inei.gob.pe) y del MINCETUR (http://www.mincetur.gob.pe). Articulo 2º.- El monto de la multa para las personas juridicas sera equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y para las personas naturales el 10% de la misma, vigente a la fecha de cancelacion, la cual sera abonada por los infractores al Banco de la Nacion, en la Cuenta Central RDR Nº 00-000-281700 Recursos Directamente Recaudados, dentro de los tres (3) dias habiles posteriores a la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- El pago de la multa no exime a las personas naturales o juridicas omisas sancionadas de la obligacion de presentar los formularios debidamente diligenciados de la "Estadistica Mensual de Turismo 2003 para Establecimientos de Hospedaje" para la MORDAZA de MORDAZA y el Callao, en la Sede Central del MINCETUR sito en MORDAZA Uno Oeste Nº 50 - Sotano 1 Urb. Corpac - San MORDAZA y en el resto del MORDAZA en las Direcciones Regionales de Industria Turismo, Integracion y Negociaciones Internacionales DRITINCI. Se debe adjuntar MORDAZA del documento de cancelacion a efectos de evitar la cobranza coactiva. Registrese y comuniquese. MORDAZA COSTA MORDAZA Subjefe de Estadistica 20593

Visto el Expediente Nº 123-2003/SBN-JAR, correspondiente a la inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 195,95 m², ubicado entre los Lotes 9 y 10 de la manzana A del Asentamiento Humano "Lampa de Oro", y el fondo del Lote 23 de la manzana C-12 de la urbanizacion Palao, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismo para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identificaron terrenos ubicados en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA que se encuentran libres de inscripcion; Que, conforme al Certificado de Busqueda Catastral de fecha 12 de agosto de 2003, el Registro Predial MORDAZA senalo que segun el Informe Tecnico Nº 7342-2003-SUNARPRPU/OC-LIMA, de fecha 12 de agosto de 2003, emitido por la Oficina de Catastro del citado registro, el area de 195,95 m² no se encuentra inscrita en el Registro Predial Urbano; Que, mediante Certificado Catastral de fecha 4 de agosto de 2003, emitido en base al Informe Tecnico Nº 30912003-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 21 de MORDAZA de 2003, emitido por la Subgerencia de Catastro, concluye que el terreno submateria se encuentra en MORDAZA donde no se visualiza inscripcion registral; Que, con fecha 21 de MORDAZA de 2003, se realizo la inspeccion tecnica, mediante la cual se verifico que el terreno eriazo de 195,95 m², corresponde a ladera de cerro rocoso sobre la cual se han realizado obras civiles de corte y relleno para permitir la ampliacion de viviendas colindantes; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de la Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 3152001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo Nº 154-2001EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 246-2003/SBNGO-JAR, de fecha 30 de setiembre de 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 195,95 m², ubicado entre los lotes 9 y 10 de la manzana A del Asentamiento Humano "Lampa de Oro", y el fondo del Lote 23 de la manzana C-12 de la urbanizacion Palao, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano Nº 467-2003/SBN-GO-JAR y memoria descriptiva Nº 3052003/SBN-GO-JAR que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 20546

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en la provincia de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 157-2003/SBN-GO-JAR
La MORDAZA, 27 de octubre del 2003

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