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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (09/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G34/G37/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de noviembre de 2003 SE RESUELVE: Artículo Primero .- Aprobar la exoneración del proce- so de selección correspondiente para la contratación deLatín Pacific Capital S.A. bajo la modalidad de ServiciosPersonalísimos de conformidad con los dispositivos lega-les vigentes en la materia, hasta la entrega en Concesióndel Tramo 1 del Tren Eléctrico (Villa El Salvador - Av. Grau). Artículo Segundo .- Autorizar a la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas de la A.A.T.E. la realización de unproceso de Menor Cuantía para la contratación del servi-cio antes mencionado, con sujeción a las normas citadas. Artículo Tercero .- Disponer la publicación de la presen- te Resolución en el Diario Oficial El Peruano y que se remitacopia de la misma y de los informes que la sustentan a laContraloría General de la República, para los fines de ley. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ-AYZCORBE C. Presidente Ejecutivo 20554 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E /G61/G73/G65/G6E/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G68/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G73/G20/G79/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G65/G73/G20/G70/G6F/G70/G75/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G20/G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G2D/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G35/G39/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G44/G43/G48 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 067 Chaclacayo, 31 de octubre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO POR CUANTO: Reunido el Honorable Concejo de Chaclacayo, en Se- sión Ordinaria de fecha 31 de octubre de 2003 y con elquórum reglamentario; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Es- tado, establece que las Municipalidades Distritales son ór-ganos de gobiernos locales con autonomía política, eco-nómica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, mediante la Ordenanza Nº 059-2003/MDCH, se establece una tasa general para los contribuyentes de lajurisdicción del distrito de Chaclacayo; Que, mediante las Ordenanzas Nºs. 005-98/MDCH, 007-98/MDCH, 008-98/MDCH, se estableció una tasa so-cial a favor de 27 Pueblos que se encuentran ubicados enla jurisdicción del distrito de Chaclacayo; Que, es objetivo de la actual Gestión Municipal, aumen- tar la Recaudación Tributaria para atender los gastos quedemanda la gestión y estando dentro de las facultades, elmodificar las Ordenanzas Municipales, como establece elsegundo párrafo del Artículo 40º de la Ley Nº 27972, LeyOrgánica de Municipalidades; Que, visto los Informes Nºs. 187-03-OR/URC/MDCH y 396-03-OAL/MDCH de la Unidad de Recaudación y Con-trol y de la Oficina de Asesoría Legal respectivamente,donde opinan favorablemente por la exoneración de los al-cances de la Ordenanza Nº 059-MDCH a favor de los Asen-tamientos Humanos y Urbanizaciones Populares del dis-trito de Chaclacayo; En uso de las atribuciones conferidas en numeral 9 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Munici-palidades y con dispensa del trámite de aprobación del Acta,el Concejo aprobó por MAYORÍA la siguiente Ordenanza: ORDENANZA SOBRE EXONERACIÓN DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS MUNICIPALES APROBADO POR ORDENANZA Nº 059-2003-MDCH Y APROBACIÓN DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Artículo Primero.- EXONÉRESE de los alcances de la Ordenanza Nº 059-2003-MDCH, que aprobó el régimen tribu-tario de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2003de los predios comprendidos en los alcances de las Ordenan-zas Nº 005-98/MDCH, 007-98/MDCH y 008-98/MDCH.Artículo Segundo.- El monto de los Arbitrios Munici- pales que deberán pagar para el ejercicio fiscal 2003, loscontribuyentes de los predios comprendidos en los alcan-ces de las Ordenanzas Nºs. 005-98/MDCH, 007-98/MDCHy 008-98/MDCH será la aplicación de la tasa Social indica-da en el documento antes referido. Artículo Tercer.- Establézcase que para el caso de aque- llos contribuyentes comprendidos en el Artículo Segundo, quehubieren cancelado los Arbitrios Municipales según la tasaaprobada mediante Ordenanza Nº 059-2003/MDCH, será deaplicación lo dispuesto por el último párrafo del Artículo 69º dela Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Legisla-tivo Nº 776 y modificada por Ley Nº 27616. Artículo Cuarto.- Otorgar Beneficio Tributario en la ju- risdicción de Chaclacayo, a todos aquellos Administradosque mantengan adeudos pendientes de pago al 31 de oc-tubre del 2003 sobre Impuesto Predial y Arbitrios Munici-pales, exonerándose de los intereses devengados a la fe-cha antes señalada. La vigencia del presente Beneficio seráhasta el 31 de diciembre de 2003. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Sexto.- Encargar a la Dirección Municipal, Oficina de Rentas y a la Oficina de Presupuesto, Planificación y Racio-nalización, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VÍCTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 20687 CPM SANTA MARÍA DE HUACHIPA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F ORDENANZA Nº 022-MCPSMH C.P. Santa María de Huachipa, 21 de octubre de 2003 EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO MENOR DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO: El Concejo del C.P. de Santa María de Huachipa, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de octubre del 2003; CONSIDERANDO: Que es función municipal fomentar el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral, armónico de las circunscrip-ciones de su jurisdicción, siendo competencia de la mismaorganizar, reglamentar y administrar la prestación de talesservicios, atendiendo a las necesidades del ciudadano; Que siendo objetivo y preocupación de esta Municipalidad coadyuvar a la preservación de la unidad familiar como núcleobásico de la integridad y el desarrollo de esta comunidad, con elfin de beneficiar a los vecinos que deseen regularizar su estadocivil jurídico legal y en especial la de los hijos menores que re-quieren consolidar legalmente sus vínculos de paternidad; Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley Orgá- nica de Municipalidades, con el voto unánime de los seño-res Regidores, se emite la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AUTORIZAR LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, que se llevaráa cabo el día sábado 29 de noviembre del presente año. Artículo Segundo.- Los contrayentes que se acojan a los alcances de esta Ordenanza, efectuarán el pago únicode S/. 50.00 nuevos soles, por los derechos de apetura depliego matrimonial y por ceremonia. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Registro Civil el cumplimiento de la presen-te Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARÍA A. FONSECA ESPINOZA Alcalde 20551