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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G35/G31/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de noviembre de 2003 VISTOS, el Proveído Nº 048-2003-MPCP-S.EXT.-S.G. del 30.OCT.2003, el Informe Legal Nº 155-2003-MPCP- OGAJ del 28.OCT.2003, el Informe Nº 666-2003-MPCP- PVL y la Carta Nº 023-03-MPCP-CAPVL-P, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo Nº 036-2003 adoptado en se- sión extraordinaria de Concejo Nº 007-2003 del 9 de ju- nio del 2003, por unanimidad el Concejo Municipal acor- dó aprobar la declaración de urgencia del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Coro- nel Portillo, por un período de 90 días, conforme a lo dispuesto en el Art. 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, e inciso 2) del Art. 108º de su Reglamento, aprobado por Decre- to Supremo Nº 013-2001-PCM, además de aprobar la exoneración del Proceso de Licitación Pública para la adquisición del insumo o producto correspondiente, dis- poniendo que dicha adquisición se realice mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de confor- midad con lo establecido en los Arts. 19º, 20º y demás aplicables de la referida Ley, en tanto se culmine el pro- ceso de adquisición por Licitación Pública, facultando al señor Alcalde para que ejecute las acciones necesarias para el cumplimiento de dicho Acuerdo; Que, habiéndose informado por parte del Administra- dor del Vaso de Leche, mediante Informe Nº 666-2003- MPCP-PVL, de la efectiva distribución del total del volu- men de producto adquirido en virtud de la situación de ur- gencia referida en el párrafo precedente, siendo que en el mes de setiembre ya se había distribuido todo el insumo no quedando saldo alguno en stock, y ante el retraso exis- tente en la tramitación del Proceso de Selección consis- tente en la Licitación Pública Nº 0001-2003-MPCP, cuya secuela regular de prosecución del trámite ha sido afecta- da por el hecho de haberse declarado desierto el proceso de selección referido respecto al producto ÍTEM 1: LECHE ENTERA EN POLVO MULTIVITAMINIZADA, resulta nece- sario proceder a declarar en situación de urgencia la ad- quisición de tal insumo o producto correspondiente al Pro- grama del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, dado que al haberse otorgado la buena pro en lo concerniente al ÍTEM 2: AVENA DULCE ENRI- QUECIDA CON SOYA, debe tenerse en cuenta que según las disposiciones atinentes al Programa del Vaso de Le- che, los requerimientos nutricionales de las raciones a dis- tribuirse se derivan de la mezcla de los insumos leche en- tera en polvo multivitaminizada y avena dulce enriquecida con soya, de los cuales se ha adquirido el segundo, siendo indispensable adquirir el primero a la brevedad posible, ya que solamente con uno de ellos la implementación del Pro- grama es inviable; Que, se debe precisar que si bien es cierto la situación de urgencia declarada anteriormente tuvo una vigencia que fluctuó entre el 12.JUN.2003 hasta el 12.AGO.2003, por las demoras anotadas en informes anteriores, se ha pro- ducido un evidente desfase en los plazos respectivos, ya que el producto adquirido por compra de urgencia declara- da hasta el 12.AGO.2003 ha durado hasta el mes de se- tiembre, estando, por lo que se informa, agotado, habién- dose producido un grave desabastecimiento que es nece- sario solucionar; Que, adicionalmente, el proceso de Licitación Pública Nº 0001-2003-MPCP, autorizada mediante Resolución de Alcaldía Nº 022-2003-MPCP e iniciada mediante Resolu- ción de Alcaldía Nº 151-2003-MPCP, ha sufrido interrup- ciones, modificándose el cronograma por causas no impu- tables a la Corporación Edil, desvirtuándose la prosecu- ción de la secuela regular del trámite por circunstancias imprevisibles y extraordinarias que escapan a nuestra vo- luntad como Municipio; Que, al haber ya vencido la vigencia de la situación de urgencia declarada mediante el mencionado Acuerdo de Concejo Nº 035-2003-MPCP, no cabe la prórroga ni am- pliación de tal situación, siendo lo procedente declarar nue- vamente en situación de urgencia la adquisición del Pro- grama del Vaso de Leche de la MPCP, solucionando el de- sabastecimiento de tan importante programa de asistencia social alimentaria de manera inmediata por el período ne- cesario mientras se culmina con la adquisición derivada del proceso de selección correspondiente de acuerdo a Ley. En cuanto al ÍTEM 1: LECHE ENTERA EN POLVO MULTI-VITAMINIZADA se refiere, estimándose referencialmente requerir un volumen de insumo o producto según detalle: CANTIDAD DETALLE 68,064.76 Leche entera en polvo multivitaminizada Que, coordinando con la Dirección de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, se establece el VALOR REFEREN- CIAL UNITARIO y el VALOR REFERENCIAL TOTAL para la adquisición del producto ÍTEM 1: LECHE ENTERA EN POLVO MULTIVITAMINIZADA para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Coronel Porti- llo, mediante un Proceso de Selección de Adjudicación de Menor Cuantía, en tanto se culmine la adquisición vía el proceso de selección correspondiente de acuerdo a Ley, según detalle: Nº DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD VALOR VALOR MEDIDA REFERENCIAL REFERENCIAL UNITARIO S/. TOTAL S/. 01 Leche entera en 68,064.76 KGR 1 3.59 925,000.00 polvo multivita- minizada TOTAL 925,000.00 Que, en el considerando precedente se advierte que el VALOR REFERENCIAL TOTAL ascendería a la suma de S/. 925,000.00 (Novecientos Veinticinco Mil y 00/100 Nue- vos Soles) para la adquisición del producto ÍTEM 1: LE- CHE ENTERA EN POLVO MULTIVITAMINIZADA, para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provin- cial de Coronel Portillo, mediante el proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía, en tanto se culmine la adquisición vía el proceso de selección correspondiente de acuerdo a Ley, en mérito a los considerandos expues- tos en la presente Resolución; Que, de todo lo expuesto se deduce válidamente que ante el desabastecimiento anotado del insumo o producto del Programa del Vaso de Leche de la MPCP, resulta nece-sario declarar en urgencia su adquisición, la misma que deberá ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo, se- gún establece el Art. 20º del D.S. Nº 012-2001 -PCM, entre tanto culmine el proceso de selección correspondiente de acuerdo a Ley. Dicha compra de urgencia se efectuaría por las cantidades y el insumo o producto según las especifi- caciones técnicas determinadas por el Comité de Admi- nistración del PVL de la MPCP, de conformidad con las normas especiales sobre la materia; Que, sobre esta posibilidad, en el Art. 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001- PCM, se establece que se considera situación de urgen- cia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma di- recta e inminente la continuidad de los servicios esen- ciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, concordantemente, en el inciso 2), del Art. 108º del Reglamento de la precitada Ley, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, se complementa que la situación de ur- gencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de se- lección correspondiente para las adquisiciones y contrata- ciones definitivas; Que, a este respecto, estamos convencidos que se encuentra plenamente justificado, sustentado y fundamen- tado en el hecho que el desabastecimiento del insumo o producto del PVL analizado se debería a circunstancias que escapan al control de la Municipalidad y sus alcances, resultando de carácter extraordinario e imprevisible, sien- do también cierto que de configurarse como una circuns- tancia duradera mientras se concluya y perfeccione el pro- ceso regular de selección, ya en curso adecuado a las cir- cunstancias, previo a la adjudicación de la buena pro y posterior suscripción del contrato respectivo, la afectación a la prestación de este servicio social de asistencia ali- mentaria que brinda la Municipalidad Provincial de Coro-