Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2003 (14/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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trucciones informales, siendo uno de los motivos principales la falta de difusion directa o indirecta de esta MORDAZA hacia los vecinos de la comunidad, asi como las tasas establecidas en el MORDAZA, sobre derechos para la revision, inspeccion tecnica, control de obras, pistas y veredas, autorizacion respectiva, que afectados por el valor oficial de la obra son elevados para la economia del morador; Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA tiene entre sus funciones especificas, el de adoptar acciones de control de construcciones, viviendas y de la planificacion, ordenamiento y control MORDAZA, apoyados en el catastro municipal; Que, se hace necesario adoptar las acciones que contribuyan con el bienestar del vecino del distrito, a fin de lograrse una adecuada planificacion MORDAZA de la MORDAZA, asi como de espacios publicos mas ordenados y formalizados, viviendas y establecimiento reglamentarios, reduccion de construcciones ilegales, con una consecuente mejora de los ingresos municipales; Que, la informalidad y falta de presencia municipal permanente, ha generado el riesgo de tener: construcciones inseguras, incorrecta ubicacion de predios, sub-valoracion de la infraestructura de MORDAZA El MORDAZA y deficitario servicio al publico consumidor; Que, ante ello se hace necesario MODIFICAR mediante Ordenanza Municipal el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, reduciendo el valor de las tasas actuales a las propuestas en el informe que motiva; Estando a lo informado, contando con la opinion legal favorable de la Direccion de Asesoria Juridica expresada mediante Informe Nº 673-2003-OAJ/MVES de fecha 28.10.2003 y el Dictamen favorable de la Comision de Administracion y Rentas, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA Articulo 1º.- Suspender hasta el 29.12.2003 la aplicacion de las tasas senaladas en los items 61 y 62 del MORDAZA vigente en lo correspondiente a licencia de obra, control de obra, derechos de pistas y veredas, para las edificaciones cuya licencia sea tramitada a mas tardar hasta el 29.12.2002. Articulo 2º.- Tambien podran acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza los expedientes en tramite referidos a solicitud de licencia de construccion. No se devolveran los derechos pagadas con anterioridad. Articulo 3º.- Reducir hasta el 29.12.2003 los porcentajes afectos para derechos municipales de licencias de obra, derechos de pistas y veredas, y control de obras establecidos en el MORDAZA, items 61 y 62, procedimiento de licencia de obra nueva y de cerco, en: PARA VIVIENDAS Licencia de Obra de 0.60% a 0.10% del Valor de la Obra con un minimo de 1% de la UIT. Pistas y Veredas de 0.40% a 0.10% del Valor de la Obra con un minimo de 1% de la UIT. Control de Obras de 0.30% a 0.10% del Valor de la Obra con un minimo de 1% de la UIT. PARA CONSTRUCCIONES EN GENERAL Licencia de Obra de 0.60% a 0.30% del Valor de la Obra con un minimo de 2% de la UIT. Pistas y Veredas de 0.40% a 0.20% del Valor de la Obra con un minimo de 2% de la UIT. Control de Obras de 0.30% a 0.15% del Valor de la Obra con un minimo de 2% de la UIT. Articulo 3º.- Los derechos en cobranza a la fecha de la expedicion de la presente Ordenanza, tambien seran exoneradas en las magnitudes establecidas, segun MORDAZA lo previsto en los articulos anteriores, y segun sea el caso dentro del cual esta enmarcado el vecino. Articulo 4º.- Encarguese a la Alcaldia, Direccion Municipal, Secretaria General del Concejo, Direccion de Desarrollo MORDAZA y Agencias Municipales de Desarrollo el cumplimiento de la presente Ordenanza, emitiendo las disposi-

ciones y ejecutando las acciones que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21116

Suspenden la aplicacion o establecen condonacion de multas y reducen porcentajes afectos para diversos derechos municipales
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 073-MVES MORDAZA El MORDAZA, 6 de noviembre del 2003 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA EL MORDAZA EN SESION EXTRAORDINARIA DE LA FECHA; Visto: El Informe Nº 197-03/MVES-DESUR-FPCU, de fecha 29.9.2003, suscrito por el Director de Desarrollo MORDAZA (e). CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27157 y su Reglamento MORDAZA el tramite de regularizacion de las edificaciones construidas o demolidas MORDAZA del 21 de MORDAZA de 1999, que no cuenten con licencia y/o conformidad de obra o que carezca de declaratoria de fabrica; Que, en el distrito de MORDAZA El MORDAZA la gran mayoria cuenta con construcciones informales y/o carecen de licencia de obra, y por ende de la respectiva declaratoria de fabrica, siendo uno de los motivos principales la falta de difusion directa o indirecta de esta MORDAZA hacia los vecinos de la comunidad; Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA tiene entre sus funciones especificas, el de adoptar acciones de control de construcciones, viviendas y de la planificacion, ordenamiento y control MORDAZA, apoyados en el catastro municipal; Que, se hace necesario adoptar las acciones que contribuyan con el bienestar del vecino del distrito, a fin de lograrse una adecuada planificacion MORDAZA de la MORDAZA, asi como de espacios publicos mas ordenados y formalizados, viviendas y establecimientos reglamentarios, reduccion de construcciones ilegales, con una consecuente mejora de los ingresos municipales; Que, la informalidad y falta de presencia municipal permanente, ha generado el riesgo de tener: construcciones inseguras, incorrecta ubicacion de predios, sub-valoracion de la infraestructura de MORDAZA El MORDAZA y deficitario servicio al publico consumidor; Que, ante ello se hace necesario complementar mediante Ordenanza Municipal las Leyes Nºs. 27157, 27333 y D. S. Nº 008-2000-MTC, a fin de facilitar y promocionar la regularizacion de las edificaciones; Estando a lo informado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA Articulo 1º.- Suspender hasta el 31.12.2003 la aplicacion de la multa senalada en el punto 8.1 del Art. 8º de la Ley Nº 27333 para las edificaciones construidas a partir de la vigencia de la Ley Nº 27157 hasta el 31.12.2002, siempre y cuando hasta el 31.12.2003 se MORDAZA cumplido con iniciar los tramites de regularizacion de dichas edificaciones segun la normatividad vigente. Articulo 2º.- Suspender hasta el 31.12.2003 la aplicacion del 90% de la multa senalada en el punto 8.1 del Art. 8º de la Ley Nº 27333 y para las edificaciones construidas en el presente ano MORDAZA de la emision de la presente or-

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