Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2003 (14/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2003

en conocimiento que de acuerdo al plan de trabajo de la Division de Registro Civil se ha programado llevar a cabo un Matrimonio Masivo Civil-Religioso, a realizarse el sabado 27 de diciembre del presente ano, en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Wiracocha, y, CONSIDERANDO: Que, siendo politica de la actual gestion impulsar la formalizacion legal de las parejas que viven en situacion de concubinato, promoviendo el matrimonio y de esta manera lograr el bienestar de las familias de nuestro Distrito, se ha visto por conveniente la realizacion de un Matrimonio Masivo Civil-Religioso, el cual se realizara en el Modulo Siglo XXI del GRAN MORDAZA WIRACOCHA, ubicado en la Av. Proceres de la Independencia, cuadra 15, el dia 27 de diciembre del presente ano, a las 11:00 a.m.; a fin de que puedan aprovechar esta oportunidad para regularizar ante la Ley del hombre y la Ley de MORDAZA, su situacion conyugal; Que con Informe Nº 003-2003-GPD/JPP/MSJL la Jefatura de Planificacion y Presupuesto, se tienen previstas las asignaciones de las Partidas Presupuestales de Gastos por diversos conceptos: 5.3.11.24 - Alimentos de Personas.- Una tor ta, refr iger io, bocaditos: S/. 700.00; 5.3.11.30 - Bienes de Consumo.- 500 platos: S/. 20.00; 5.3.11.20 - Viaticos y Asignaciones.- Movilidad: S/. 100.00; 5.3.11.31 - Bienes de Distribucion gratuita.- 1 cocina y 1 televisor: S/. 770.00; 5.3.11.37 - Alquileres.- Alquiler de equipo de sonido: S/. 300.00; 5.3.11.39 - Otros Servicios de Terceros.- 10 millares de volantes, 30 banderolas, 1 banderola, 1 calesa, 1 limosina, 1 estrado, toldos: S/. 5 300,00, que permitiran la cobertura de la realizacion del Matrimonio Masivo CivilReligioso, las mismas que se ejecutaran sobre los documentos MORDAZA de gastos los cuales seran remitidos por la oficina correspondiente; Que mediante Informe Nº 113-03-DRRCC/MSJL la Division de Registro Civil, establece la Tarifa Unica y los requisitos indispensables debiendo dispensar la publicacion de los avisos de ley; Que, la Division de Registro Civil ubicada en el Palacio Municipal y la Agencia Municipal Nº 1 de MORDAZA Grande de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, podran recepcionar la documentacion requerida debiendose tomar en cuenta los requisitos indispensables, de los cuales la totalidad de los datos del Documento Nacional de Identidad y Partidas de Nacimiento coincidan; Que el articulo 252º del Codigo Civil vigente, faculta al MORDAZA a dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los requisitos establecidos en el articulo 248º del mismo cuerpo legal; Que, estando a las atribuciones conferidas al MORDAZA por el articulo 20º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y de conformidad con los articulos 248º y 252º del Codigo Civil vigente; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR Y EJECUTAR, la ceremonia del MATRIMONIO MASIVO CIVIL-RELIGIOSO, el cual tendra lugar el dia SABADO 27 DE DICIEMBRE de 2003, a horas 11:00 de la manana, en el Modulo Siglo XXI del GRAN MORDAZA WIRACOCHA, ubicado en la Av. Proceres de la Independencia, cuadra 15 - San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- DISPENSAR la publicacion de los avisos de ley para el Matrimonio Civil Masivo; realizandose una unica publicacion en el Diario Oficial El Peruano, indicando en forma generica que dia, a que hora y en que lugar se llevara a cabo el Matrimonio Masivo Civil-Religioso. Articulo Tercero.- AUTORIZAR la asignacion de una Partida Economica por la suma de S/. 7 190.00 (SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), para cubrir los gastos de la ceremonia, el cheque sera girado a nombre del doctor YSRAEL MORDAZA RAYA - Director de Desarrollo Economico y Social. Articulo Cuarto.- ESTABLECER como tarifa por derecho de Matrimonio Civil Masivo la suma de S/. 100.00 (CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES), que estara disgregados de la siguiente manera:

- POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en MORDAZA del Concejo Local Central o Agencia Municipal de MORDAZA Grande por Expediente Matrimonial S/ . 40.00 (cuarenta y 00/100 Nuevos Soles) - CERTIFICADO PRENUPCIAL: Pagar en MORDAZA del Local Central o Agencia Municipal de MORDAZA Grande por Examen Medico S/. 60.00 (sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Quinto.- ESTABLECER los requisitos indispensables, segun se detallan: - Partida de Nacimiento de ambos contrayentes (original y actuales). - DNI de ambos contrayentes (original y copia), con el ultimo sello de sufragio y vigentes. - Certificado Prenupcial (medico), expedido por la Municipalidad (S/. 60,00). - Expediente Matrimonial (S/. 40,00). - Certificado Domiciliario. - La Partida de Nacimiento y el Certificado de Solteria para extranjeros, tienen que ser visados por el Consulado Peruano del MORDAZA del contrayente, luego ser legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, conjuntamente con la respectiva traduccion. Articulo Sexto.- AUTORIZAR a la Agencia Municipal de MORDAZA Grande para que pueda recepcionar la documentacion requerida; debiendose tomar en cuenta los requisitos indispensables, de los cuales la totalidad de los datos de los Documentos de Identidad y las Partidas de Nacimiento, coincidan. Articulo Setimo.- AUTORIZAR la recepcion de los Expedientes Matrimoniales a partir de la expedicion de la presente Resolucion hasta el viernes 26 de diciembre del presente ano. Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Direccion de Desarrollo Economico y Social a traves de la Division de Registro Civil, el debido cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21130

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Crean el Premio al Buen Contribuyente y establecen el tercer sabado de enero como Dia del Buen Contribuyente
ACUERDO DE CONCEJO Nº 059-2003-MVES MORDAZA EL MORDAZA, 6 de noviembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA EL MORDAZA CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades promueven la adecuada prestacion de servicios locales, fomentan el bienestar de los vecinos, el desarrollo integral y armonico de la circunscripcion de su territorio, para lo cual se les asigno las rentas senaladas en el articulo 193º de la Constitucion Politica del Peru; Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creacion, modificacion y supresion de sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, de conformidad con lo dispuesto en los

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