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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G35/G31/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de noviembre de 2003 Artículo 8º.- De la condonación de deudas fraccio- nadas Si al momento de entrada en vigencia de la presen- te Ordenanza, el contribuyente ha cumplido con pagarcomo mínimo el 70% de la deuda fraccionada, se darápor cancelado el importe materia de fraccionamiento, lo que será oportunamente comunicado al contribuyen- te con una carta de la Unidad de Control y Recauda-ción. Artículo 9º.- De los Requisitos del contrato de Frac- cionamiento Son requisitos para acceder al fraccionamiento antes mencionado, lo siguiente: 9.1 Firmar el contrato de Fraccionamiento 9.2 Adjuntar al convenio de fraccionamiento copia feda- teada de un recibo de agua, luz o teléfono del domicilio fiscal de quien suscribe el convenio. 9.3 Copia fedateada del documento de identidad de quien suscribe el convenio. 9.4 Si el total de la deuda (por todos los años y todos los tributos), por contribuyente es mayor al 20% de laUIT vigente para el presente ejercicio fiscal, adicional- mente deberá presentar una letra de cambio por el im- porte total de la deuda a fraccionar. La letra firmada seráanexada al Contrato de Fraccionamiento y será devueltaal contribuyente al momento de cancelar la última cuotadel convenio. 9.5 Original del poder otorgado a favor de quien actúa en nombre y representación del titular o responsable del predio y copia de los documentos de identidad de las par-tes intervinientes. Artículo 10º.- De la Cuota Inicial del Fraccionamien- to Como parte de los beneficios establézcase por única vez, para propietarios o responsables de predios ubicadosen nuestra jurisdicción, que tuvieran tributos pendientes depago y requieran fraccionar o refinanciar sus adeudos quela cuota inicial del contrato de fraccionamiento es comosigue: 10.1 Predios propiedad de personas naturales: 10.1.1 El 10% del importe total de la deuda a fraccionar o a refinanciar, para inmuebles declarados como casa ha-bitación 10.1.2 El 15% del importe total de la deuda a fraccionar o a refinanciar, para inmuebles declarados con otros usos 10.2 Predios propiedad de personas jurídicas : En todos los casos será el 20% del importe total de la deuda a fraccionar o a refinanciar. Artículo 11º.- De la Cuota Mínima del Fraccionamien- to Establézcase como cuotas mínimas mensuales para los convenios de fraccionamiento que se suscriban en el marco de lo dispuesto por la presente Ordenanza, lo si- guiente: 11.1 Predios propiedad de personas naturales : 1% de la UIT vigente 11.2 Predios propiedad de personas jurídicas : 3% de la UIT vigente Artículo 12º.- Tasa de interés aplicable a los Conve- nios de Fraccionamiento y Refinanciamiento 12.1 La tasa de interés por fraccionamiento aplicable a los convenios que se suscriban en el marco de lo dispues- to por la presente Ordenanza, será del 2.2% de la Tasa deInterés Moratorio (TIM), mensual. 12.2 Las cuotas vencidas de los contratos de fracciona- miento, serán actualizadas diariamente de acuerdo a lo dis-puesto por el Art. 33º del TUO Código Tributario. Artículo 13º.- Pérdida de los beneficios otorgados Los beneficios tributarios otorgados en la presente Or- denanza se pierden:13.1 Cuando el contribuyente no cumple los requisitos previstos en el Artículo 9º o cuando se verifica con poste-rioridad que no calificaba para acceder a los beneficios otor-gados con la presente Ordenanza. 13.2 Cuando los contribuyentes incumplan con el pago de dos cuotas del fraccionamiento, consecutivas o no, perderán el beneficio otorgado, lo que implica que se revierte al estado original las deudas actualizándose losintereses, moras y reajustes que correspondan, impu-tándose los pagos efectuados a las deudas que existie-ran de acuerdo a lo previsto en el Artículo 31º del TUOCódigo Tributario. En ambos casos la Unidad de Control y Recaudación es responsable de comunicar el motivo de la pérdida delConvenio de Fraccionamiento a cada contribuyente. Artículo 14º.- Recursos en trámite La Administración Tributaria de oficio establecerá que existe desistimiento de los recursos en trámite si el contri-buyente cancela o refinancia la deuda en el marco de lodispuesto por la presente Ordenanza; debiendo comunicartal hecho al contribuyente derivando posteriormente el ex-pediente al Archivo Central. Artículo 15º.- De la facultad discrecional delegada A efectos de dar celeridad a los procedimientos, el Jefe de la Unidad de Control y Recaudación podrá variar lascondiciones establecidas en el presente dispositivo paralos fraccionamientos, en atención a las condiciones eco- nómicas o sociales del contribuyente; debiendo informar diariamente a la Oficina de Administración Tributaria y Ren-tas. Artículo 16º.- De los pagos efectuados El presente beneficio en ningún caso otorga o supone la devolución o compensación por los pagos efectuados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Orde-nanza, por haber sido validamente efectuados. Artículo 17º.- Plazo de vigencia La presente Ordenanza rige desde el 10 hasta el 25 de noviembre del presente año, previa publicación en el Dia- rio Oficial el Peruano. Artículo 18º.- Norma supletoria. Todo lo no previsto en la presente Ordenanza se regirá por lo dispuesto en la Ordenanza Nº 008-2000/ MDB (Re- glamento de Fraccionamiento) y en la Ordenanza Nº 13- 2003/MDB (Beneficio por Fiscalización Predial). TÍTULO II DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Única.- Apruébense los formatos denominados “Solici- tud de Fraccionamiento”, “Resolución Jefatural por Frac-cionamiento” y “Letra de Cambio” que establece la Ley N°27287- Ley de Títulos y Valores. TÍTULO III DISPOSICIONES FINALES Primera.- Disponer que la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Bellavista sea la responsable dela ejecución de la presente Ordenanza Municipal. Segunda .- Encargar a la Unidad de Control y Recau- dación y a la Unidad de Ejecución Coactiva el cumplimien- to de lo dispuesto en la presente Ordenanza, en coordina-ción con la Unidad de Informática. Tercera.- Facúltese al Alcalde para que mediante De- creto de Alcaldía, disponga las medidas complementariasque sean necesarias para la adecuada aplicación de la pre- sente Ordenanza. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 21171