Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2003 (19/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 19 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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es necesario efectuar una Transferencia de Partidas del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, (Unidad Ejecutora Rio Cachi) al citado Gobierno Regional; Que, por acuerdo entre el Gobierno Regional MORDAZA y el Gobierno Nacional, a traves del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, se ha determinado la conveniencia de modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial Rio Cachi, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 134-2001-INADE-1100, con el objeto de constituir un organo de direccion en el que participen representantes acreditados del Gobierno Regional, del Gobierno Nacional y de la Sociedad Civil; En uso de las facultades conferidas por el inciso 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado de conformidad con lo dispuesto en el articulo 38º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, de la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion y de la Cuarta Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Transferencia del Proyecto Especial Rio Cachi del Instituto Nacional de Desarrollo al Gobierno Regional MORDAZA Considerese efectuada la transferencia del Proyecto Especial Rio Cachi, del Instituto Nacional de Desarrollo INADE al Gobierno Regional MORDAZA, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, en el MORDAZA del procedimiento establecido por el Consejo Nacional de Descentralizacion. Articulo 2º.- Autorizacion de Transferencias de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, hasta por la suma de TRES MILLONES SEIS MIL OCHENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 006 088,00), por toda fuente de financiamiento, de acuerdo al siguiente detalle: DE (En nuevos soles)

Articulo 4º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, asi como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 5º.- Notas de Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos instruye a las Unidades Ejecutoras bajo su ambito para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 6º.- Creacion de Consejo Directivo en el Proyecto Especial Rio Cachi Constituyase un Consejo Directivo en el Proyecto Especial Rio Cachi, como MORDAZA organo de la Entidad, encargado de establecer las politicas, planes, estrategias, actividades y metas institucionales. Asimismo, estara a encargado de supervisar la administracion general y la marcha del Proyecto Especial. El Consejo Directivo estara integrado por: a. Tres (3) representantes del Gobierno Regional, uno de los cuales lo presidira. b. Un (1) representante del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE. c. Un (1) representante de PROINVERSION; y, d. Un (1) representante de la Asociacion de Municipalidades del ambito de influencia del Proyecto Rio Cachi. El cargo de miembro del Consejo Directivo es personal e indelegable y su designacion es por un plazo de dos anos, pudiendo ser renovado. La designacion de los representantes del Gobierno Regional, sera efectuada por el Presidente del Gobierno Regional mediante Resolucion Ejecutiva Regional. El representante de la Asociacion de Municipalidades del ambito de influencia del Proyecto Rio Cachi, sera nombrado por Resolucion Ejecutiva Regional a propuesta de la organizacion que representa. Los representantes del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE y de PROINVERSION seran designados por los Titulares de los Sectores correspondientes mediante Resolucion Ministerial. El Proyecto Especial Rio Cachi contara con un Gerente General, que sera designado por el Presidente Regional de una terna que propondran conjuntamente el Gobierno Regional MORDAZA y el Sector del Gobierno Nacional al cual se encuentre adscrito el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE. El Gerente General sera designado por Resolucion Ejecutiva Regional, por el plazo de dos anos, renovables. El Consejo Directivo, en un plazo que no excedera de treinta (30) dias calendario, que se computaran a partir de la recepcion del Proyecto Especial, regulara su funcionamiento interno y adecuara sus instrumentos de gestion, con arreglo a ley y a los alcances del presente Decreto Supremo., Articulo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de noviembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 21518

SECCION MORDAZA :INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO Unidad Ejecutora Fuente de Financiamiento 313 : Instituto Nacional de Desarrollo 013 : Rio Cachi 3 006 088,00 3 006 088,00

09 : Recursos Directamente Recaudados 298 345,00 14 : Recursos por Privatizacion y Concesiones 2 707 743,00 =============== TOTAL 3 006 088,00

A SECCION MORDAZA :INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO Unidad Ejecutora Fuente de Financiamiento 444 : Gobierno Regional MORDAZA 005 : Proyecto Especial Rio Cachi 3 006 088,00 3 006 088,00

09 : Recursos Directamente Recaudados 298 345,00 14 : Recursos por Privatizacion y Concesiones 2 707 743,00 =============== TOTAL 3 006 088,00

La transferencia se detalla en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Obligacion de desagregar las Transferencias de Partidas El Pliego Habilitador y el Pliego Habilitado comprendidos en el presente dispositivo desagregan, en anexos, el detalle de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el articulo precedente, a nivel de Categoria del Ingreso, Generica del Ingreso, Subgenerica del Ingreso y Especifica del Ingreso. Los citados anexos son presentados a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico dentro de los cinco (5) dias siguientes de la aprobacion del presente dispositivo.

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