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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (04/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G32/G34/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 4 de octubre de 2003 que tiene como objetivo la dirección y asesoramiento de la Alta Dirección del Ministerio de Energía y Minas; Que, estando a las disposiciones del artículo 25º de la Ley Nº 27879, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, corresponde que la aprobación de Convenios de Administración deRecursos o similares, así como de adendas, revisionesu otros que amplíen la vigencia, modifiquen o añadanmetas no contempladas originalmente, que los PliegosPresupuestarios suscriban con organismos o institu- ciones internacionales para encargarles la administra- ción de sus recursos sea aprobado previo Informe de laOficina de Presupuesto y Planificación en el que se de-muestre las ventajas de su concertación así como ladisponibilidad de los recursos para su financiamiento; Que, dentro del marco del Convenio suscrito entre el Ministerio de Energía y Minas y el Programa de las Nacio- nes Unidas para el Desarrollo se han producido ajustes ymodificaciones en la ejecución del mismo que han obliga-do a la formulación de las Revisiones Generales O, P y Q,las que resulta necesario reconocer y aprobar; Que, la Oficina de Presupuesto del Ministerio de Ener- gía y Minas ha emitido el Informe Nº 064-2003-EM-OGP/ PRES de fecha 16 de setiembre de 2003, mediante elque se pronuncia favorablemente sobre la disponibilidadpresupuestaria que permitirá cubrir el gasto financierode la ejecución presupuestaria del proyecto; De conformidad con lo dispuesto en las normas del artículo 25º de la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2003; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las Revisiones O, P y Q del Convenio de Administración de Recursos para elProyecto "Programa de Reforzamiento Institucional delMinisterio de Energía y Minas" PRIMEM-PER 98/005,suscrito entre el Ministerio de Energía y Minas y el Pro-grama de las Naciones Unidas para el Desarrollo, apro- bado por Resolución Suprema Nº 036-2002-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República HANS FLURY ROYLE Ministro de Energía y Minas 18246 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G6E/G75/G6E/G2D /G63/G69/G61/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G61/G73/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G2D/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6D/G69/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G6E/G6F/G20/G6D/G65/G74/GE1/G6C/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 445-2003-MEM/DM Lima, 1 de octubre de 2003 VISTO: el Expediente Nº 1401744 sobre denuncia de extracción de mineral no metálico sin derecho alguno enagravio del Estado, efectuado en el área del petitorio mine-ro ARENERA JESÚS, ubicado en el distrito de Ventanilla,Provincia Constitucional del Callao, a la altura del Km. 3 de la carretera desvío a Ventanilla, frente al Asentamiento Humano "Mi Perú" y Proyecto Habitacional Pachacútec; CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Fiscalización Minera, me- diante Resolución Directoral Nº 006-2003-EM/DGM/DFM, de fecha 9 de julio de 2003, recaída en el Infor-me Nº 080-2003-EM-DGM-DFM/I, aprobó el informe de inspección ocular presentado por el Ing. Lucio Moreano Marticorena, cuya Acta de Inspección Ocularfue levantada con fecha 04 de abril de 2003, dondese identificó a Mercedes Patrona Teodoro Leandrocomo la responsable de la extracción de mineral nometálico, toda vez que su petitorio sobre la mencio- nada área se encontraba en trámite al 7 de abril de 2003, por lo que no tenía derecho alguno para reali-zar extracción de mineral no metálico en el petitoriominero ARENERA JESÚS;Que, asimismo mediante la referida Resolución, se declaró comprobada la extracción ilícita de mineral nometálico sin derecho alguno en agravio del Estado, enlas canteras Nº 1 y Nº 2, ubicadas dentro del área del petitorio minero ARENERA JESÚS, efectuada por Mer- cedes Patrona Teodoro Leandro; Que, del estudio y análisis del expediente administra- tivo, se ha determinado que existen indicios razonablesde la comisión de delito en agravio del Estado; por lo que,de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90º del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Orde- nado de la Ley General de Minería, aprobado por Decre-to Supremo Nº 03-94-EM, es procedente autorizar alProcurador Público encargado de los asuntos judicialesdel Ministerio de Energía y Minas, para que formule lacorrespondiente denuncia penal y tome las demás ac- ciones legales contra Mercedes Patrona Teodoro Lean- dro; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; el Decreto Ley Nº17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; el De-creto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energía y Minas, para que en nombre y representa-ción del Estado, formule la correspondiente denunciapenal y demás acciones legales pertinentes contraMercedes Patrona Teodoro Leandro, por las razonesexpuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remítase al referido Procurador Pú- blico los antecedentes de la presente Resolución contranscripción de la misma, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 18128 INTERIOR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G4D/G69/G67/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G4E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G61/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20/G65/G6E/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0565-2003-IN Lima, 3 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio (SCP-DAL) Nº 10-A167 del 12 de septiembre de 2003, el Embajador encargadodel Despacho del Viceministro y Secretario Generaldel Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica que el Convenio de Migración entre las Repúblicas del Perú y Argentina contempla el establecimiento de unaComisión Mixta Consultiva para tratar asuntos relati-vos a su aplicación, solicitando además, se autoriceal Director General de Migraciones y Naturalizacióndel Ministerio del Interior a viajar a la ciudad de Bue- nos Aires integrando la Comisión Mixta Consultiva mencionada; Que, la parte argentina ha convocado con urgen- cia a una reunión de trabajo a realizarse en la ciudadde Buenos Aires, los días 6 y 7 de octubre de 2003,a fin de tratar temas relativos al Protocolo Adicional al Convenio de Migración, el cual otorgará facilida- des de regularización migratoria a miles de peruanosque se encuentran en Argentina en situación irregu-lar; Que, la participación del Director General de Migra- ciones y Naturalización del Ministerio del Interior, de acuerdo a lo expresado con el Oficio (SCP-DAL) Nº