Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2003 (04/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 4 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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por los Articulos 150º, 151º, 152º, 153º, 154º, 155º, 158º, 163º y 170º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y la Resolucion Ministerial Nº 128-2002-PRODUCE; y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar al servidor MORDAZA de la Lama Rivero, ex Director de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion, aplicandole un cese temporal de sesenta dias (60) calendario, sin goce de remuneraciones, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion al servidor MORDAZA de la Lama Rivero, con las formalidades de Ley. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administracion, para los fines legales consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion 18192

cion del Empleo, para que interponga las acciones legales correspondientes contra la senora MORDAZA MORDAZA Nanez MORDAZA, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase la documentacion y demas antecedentes del caso, al Procurador Publico del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para los fines a los que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 18123

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 787-2003-MTC/02
MORDAZA, 23 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares internacionales aeronauticos establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aprobados para el desarrollo de las operaciones aereas dentro de los estandares de seguridad internacionales por parte de los tripulantes tecnicos, se evalua, entre otras formas, a traves de chequeos en simuladores de vuelo, servicio que es brindado por empresas ubicadas en el extranjero; Que, con Carta DINPU 250/09/03, del 12 de setiembre de 2003, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Lan Peru S.A. solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar un chequeo en simulador de vuelo del equipo Boeing 767, en la MORDAZA de Miami, a su tripulante MORDAZA Sassarini; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotacion Nº 4152, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan a procurador iniciar acciones legales por incumplimiento de devolucion de la garantia de contrato de arrendamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 252-2003-TR
MORDAZA, 30 de setiembre de 2003 VISTOS: El Oficio Nº 1789-2003-MTPE/SG/OA de fecha 27 de agosto de 2003, y Oficio Nº 196-2003/DVMPEMPE/PCLJ de fecha 14 de MORDAZA de 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de vistos, se informa que el Programa de Capacitacion Laboral Juvenil - PRO Joven, ha venido cursando cartas notariales Nº 13789 y Nº 14073 a la senora MORDAZA MORDAZA Nanez MORDAZA, solicitando la devolucion de la cantidad de S/. 657.00 (Seiscientos cincuenta y siete y 00/100 Nuevos Soles) entregado por la Entidad como concepto de garantia de cumplimiento de contrato, establecida en la clausula decimo MORDAZA del contrato de arrendamiento suscrito por la Direccion de Abastecimiento y Servicios Auxiliares y la senora MORDAZA MORDAZA Nanez MORDAZA, de fecha 16 de diciembre de 1996; Que, a la fecha la senora MORDAZA MORDAZA Nanez MORDAZA, no ha cumplido con el requerimiento extrajudicial efectuado por la Entidad, respecto a la devolucion de la garantia del contrato de arrendamiento suscrito con fecha 16 de diciembre de 1996, por lo que resulta necesario encargar a la Procuraduria Publica del Sector la representacion y defensa ante los organos competentes, a efectos de que inicie las acciones legales que correspondan contra la referida ciudadana; Con la opinion favorable y la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el literal d) del articulo 12º y el articulo 78º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 1732002-TR, modificada por Resolucion Ministerial Nº 3412002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promo-

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