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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G34/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 4 de octubre de 2003 Del mismo modo, los equipos instalados en la estación del servicio autorizado deberán estar debidamente homo-logados por este Ministerio. Artículo 4º.- La modalidad educativa, en la cual se autoriza el servicio de radiodifusión, no podrá ser modifica- da bajo ninguna circunstancia, caso contrario se dejará sinefecto la autorización otorgada. Artículo 5º.- Dentro de los treinta (30) días de notifica- da la presente resolución, la titular de la autorización efec-tuará el pago correspondiente al canon anual y publica- ción de la presente resolución, caso contrario la autoriza- ción quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio deque el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 6º.- La autorización a que se contrae la pre- sente resolución se sujeta a las disposiciones legales yreglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y comple- mentarias que se expidan. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 18093 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 304-2003-MTC/03 Lima, 22 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 155º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autori-zaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a so-licitud de parte o alternativamente mediante ConcursoPúblico de Ofertas; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 185- 2003-MTC/03 se aprobaron las Bases para el ConcursoPúblico de Ofertas para el otorgamiento de autorizacio-nes del servicio de radiodifusión sonora en FrecuenciaModulada y por Televisión en VHF en las localidades deBarranca, Cañete, Huacho-Huaura, Huaral-Chancay, Carhuaz, Chincha, Ica, Pisco, Pucallpa, Huancayo, Huá- nuco, Huaraz, Yungay, Iquitos, Caraz, Tarma, Tingo Ma-ría y La Merced; Que, a mérito a la Resolución Viceministerial Nº 185- 2003-MTC/03, se llevó a cabo el Concurso Público de Ofer-tas Nº 001-2003-MTC/17, los días 10 y 11 de julio de 2003, otorgándose la Buena Pro para la autorización del servicio de radiodifusión sonora, en la modalidad educativa, en labanda de Frecuencia Modulada (FM), para la localidad deChincha a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, segúnconsta en el Acta del acto público del referido Concurso; Que, en el numeral 22 de las referidas Bases del Con- curso se estableció que, bajo ninguna circunstancia sería posible el cambio de modalidad de operación del serviciode radiodifusión de Educativo a Comercial, ello en razóndel tratamiento preferencial que la modalidad Educativamereció en dicho Concurso Público; Que, la autorización para la prestación del servicio de radiodifusión se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 144º delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 44-2003-MTC/17.01ssr., considera que la ASOCIACION CULTURAL BE- THEL, ha cumplido con la obligación señalada en las Ba- ses del Concurso y la presentación de la información ydocumentación establecida en el Reglamento General dela Ley de Telecomunicaciones y en el Texto Único de Pro-cedimientos Administrativos de este Ministerio, emitiendoopinión técnica y legal favorable para que se le otorgue la autorización correspondiente; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunica- ciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; suReglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Proce-dimientos Administrativos del Ministerio aprobado por De- creto Supremo Nº 008-2002-MTC, la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, que aprueba las Normas Técnicasdel Servicio de Radiodifusión; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, para establecer y operar una estacióndel servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuen-cia Modulada, en la localidad y provincia de Chincha, de-partamento de Ica, conforme a las siguientes característi-cas técnicas de operación: Banda : FM Frecuencia : 95.1 MHz. Indicativo : OBQ - 5WEmisión : 256KF8E Potencia Nominal del Transmisor : 500 W. Ubicación de la Estación: - Estudios: Pasaje Bautista s/n, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Coordenadas Geográficas: Longitud Oeste : 76° 08' 44" Latitud Sur : 13° 24' 29" - Planta: Pasaje Bautista s/n, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Coordenadas Geográficas: Longitud Oeste : 76° 08' 44" Latitud Sur : 13° 24' 29" - Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 66 dB µV/m. El plazo de la autorización y el permiso concedidos se computarán a partir del día siguiente de publicada la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artícu- lo precedente se inicia con un período de instalación yprueba de doce (12) meses, improrrogables, dentro delcual la titular de la autorización está obligada a instalar los equipos necesarios y realizar las pruebas de funcionamiento respectivas. Asimismo, y hasta antes de sesenta (60) días calendario previos a la terminación de dicho período, latitular de la autorización deberá solicitar la respectivainspección técnica a fin que se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funciona- miento respectivas. En caso de incumplimiento de las obligaciones an- tes mencionadas la autorización otorgada quedará sinefecto. Artículo 3º.- La titular de la autorización está obliga- da a instalar y operar el servicio de radiodifusión auto- rizado acorde a las características técnicas indicadasen el artículo 1º de la presente resolución, las cualessólo podrán ser modificadas previa autorización del Mi-nisterio. Bajo ninguna circunstancia, podrá aumentarse la po- tencia nominal del transmisor consignada en el artículo 1º de la presente resolución. Asimismo la modificación de lafrecuencia asignada sólo podrá efectuarse en los casosprevistos en el artículo 196º del Reglamento General de laLey de Telecomunicaciones. Del mismo modo, los equipos instalados en la estación del servicio autorizado deberán estar debidamente homo- logados por este Ministerio. Artículo 4º.- La modalidad educativa, en la cual se autoriza el servicio de radiodifusión, no podrá ser modifica-da bajo ninguna circunstancia, caso contrario se dejará sinefecto la autorización otorgada. Artículo 5º.- Dentro de los treinta (30) días de notifica- da la presente resolución, la titular de la autorización efec-tuará el pago correspondiente al canon anual y publica-ción de la presente resolución, caso contrario la autoriza-ción quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio deque el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 6º.- La autorización a que se contrae la pre- sente resolución se sujeta a las disposiciones legales yreglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado,debiendo adecuarse a las normas modificatorias y comple-mentarias que se expidan. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 18094