Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2003 (09/10/2003)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 9 de octubre de 2003

las importaciones han causado o amenazan causar una desorganizacion de MORDAZA o perjuicio grave a la MORDAZA de produccion nacional. En caso la Comision Multisectorial decida la aplicacion de la salvaguardia de transicion provisional, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo debera presentar al Miembro o Miembros afectados y a los organos correspondientes de la OMC la solicitud de consultas y la notificacion respectiva dentro de los plazos establecidos en las normas de la OMC. Articulo 7º.- Publicidad y Transparencia Las decisiones que impongan medidas, que modifiquen o pongan fin a las mismas, deberan ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano. El procedimiento regulado en el presente reglamento asegurara a las partes interesadas oportunidades adecuadas para que expongan sus opiniones y pruebas de la adecuacion de la medida propuesta y de si redundara en beneficio del interes publico. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Modifiquese el Articulo 1º y la Tercera Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 020-98ITINCI en el sentido de excluir del procedimiento establecido en dicho Decreto Supremo la aplicacion de la Salvaguardia de Transicion a que se refiere el Articulo 6º del Acuerdo sobre Textiles y Vestido de la OMC. Segunda.- Deroguese las Disposiciones Transitorias del Decreto Supremo Nº 020-98-ITINCI. Tercera.- Las negociaciones que se realicen durante las consultas entabladas con los miembros de la OMC que se deriven de la aplicacion del presente Decreto Supremo estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y de la Autoridad Investigadora. Cuarta.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de octubre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion 18467

Que, con fecha 19 de marzo de 2001, el antiguo Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI, suscribio con la Camara de Comercio e Industria de MORDAZA, un Convenio de Cooperacion Interinstitucional mediante el cual se delego en la camara la facultad de expedir Certificados de Origen, por el plazo de tres (3) anos; Que, es necesario revisar dicha delegacion, teniendo en cuenta la Ley Nº 27779 - Ley Organica que modifica la Organizacion y Funciones de los Ministerios, mediante la cual se extingue el MITINCI y se crea el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; Que, por efecto de la Ley Nº 27779 y conforme al inciso 5), del articulo 5º de la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, e inciso m) del articulo 39º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0052002-MINCETUR, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a traves de la Direccion Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, a la fecha es el organo competente para expedir los Certificados de Origen en el MORDAZA de los acuerdos suscritos por el Peru y/o esquemas preferenciales otorgados; Que, el MINCETUR tiene la facultad de delegar dicha funcion en personas juridicas del sector privado cuando existan circunstancias de indole tecnica, economica, social o territorial que lo hacen conveniente, en forma temporal, conforme se desprende del Articulo 67º en concordancia con el inciso 8) del Articulo I del Titulo Preliminar y Articulo 70º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, la Camara de Comercio e Industria de MORDAZA es una institucion gremial representativa de las empresas industriales y comerciales del departamento de MORDAZA, registrada en la Ficha 5332, del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Arequipa; Que, subsisten las razones de indole tecnica que motivaron la delegacion otorgada a la Camara de Comercio e Industria de MORDAZA mediante el convenio MORDAZA referido; Que, por lo expuesto el MINCETUR como organismo competente debe proceder a otorgar nueva delegacion y establecer las pautas para el ejercicio de la misma; En aplicacion de la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General; Con la opinion favorable del Viceministro de Comercio Exterior; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar en la Camara de Comercio e Industria de MORDAZA, la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras domiciliadas en la Region MORDAZA, por el periodo de tres (3) anos. Esta delegacion sera ejercida de acuerdo a los terminos del convenio que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial y que debera suscribirse entre el MINCETUR y la referida camara. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18380

Delegan en la Camara de Comercio e Industria de MORDAZA la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras domiciliadas en la Region MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 339-2003-MINCETUR/DM

MORDAZA, 5 de setiembre de 2003 Vista la solicitud de la Camara de Comercio e Industria de MORDAZA, para que se le otorgue por delegacion la facultad de expedir Certificados de Origen;

Delegan en la Camara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Produccion del MORDAZA la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras domiciliadas en la Region MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 340-2003-MINCETUR/DM

MORDAZA, 5 de setiembre de 2003

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