Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (11/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 64

PÆg. 252918 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de octubre de 2003 Artículo Segundo.- Los gastos del viaje del Sr. Presi- dente del Gobierno Regional Piura, doctor César TrellesLara, serán asumidos por el Pliego Presupuestal del Go-bierno Regional Piura, con cargo a la Sede Central, Fun-ción 03: Administración y Planeamiento, Programa 003:Administración, Subprograma 0006: Administración Gene- ral, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 563.74 Viáticos : US$ 1182.00 Tarifa Única por uso de Aeropuerto : US$ 38.24 Impuesto Brasil : US$ 44.00. Artículo Tercero.- El Titular del Gobierno Regional Piu- ra, al retornar de su viaje, presentará informe de las activi-dades realizadas al Consejo Regional Piura. Artículo Cuarto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.CESAR TRELLES LARA Presidente del Consejo Regional Piura 18478 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Dictan disposiciones referentes al carÆcter pœblico de procesos de selec-ción y adjudicación directa selectivaque se realicen en el Æmbito del Go-bierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2003-GRU/CR Pucallpa, 2 de octubre del 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO:El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con las facultades conferidas en el artículo 38º de la Ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales, y demás normas complemen- tarias, en sesión Ordinaria de Consejo de fecha 30 de se-tiembre del 2003; CONSIDERANDO: Que, el artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 establece que las OrdenanzasRegionales norman asuntos de carácter general; Que el artículo 16º inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que son derechos y obliga-ciones de los Consejeros Regionales proponer normas y acuerdos regionales de acuerdo con las facultades norma- tivas mediante la expedición de Ordenanza y acuerdosregionales; Que el Consejo Regional de Ucayali en Sesión Ordina- ria de fecha 28 de agosto del presente Año acordó que laComisión de Asuntos Legales elabore el proyecto de orde- nanza para que los Procesos de Adjudicación Directa Se- lectiva sean públicos dentro del ámbito de la Región Uca-yali; Que el artículo 3º numeral 5 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 013-2001-PCM principio de transparencia señala que "toda adquisición o contratación deberá realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y acce-sibles a los postores. Los postores tendrán acceso, duran-te el proceso de selección, a la documentación de las ad- quisiciones y contrataciones. Salvo las excepciones pre-vistas en la ley, las convocatorias, otorgamientos de buenapro y resultados debe ser de público conocimiento"; Que es necesario dictar una norma de alcance regional con fuerza de ley que regule lo antes señalado; y, En uso de las facultades conferidas por ley; ORDENA:Primero.- QUE DEBERÁ SER PÚBLICOS todos los procesos de selección y adjudicación directa selectiva que se realicen en el ámbito de dependencia del Gobierno Re- gional de Ucayali, para la contratación de obras, y adquisi-ción de bienes y servicios, salvo las excepciones previs-tas por ley. Segundo.- De producirse empates en las calificaciones finales, éstos deberán ser resueltos mediante los procedi- mientos establecidos en la ley de contrataciones y adquisi- ciones del Estado y su reglamento EN PRESENCIA DELOS POSTORES. Tercero.- Publicar la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de publicacionesoficiales de la Región de Ucayali. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CAYO VILLACORTA RENGIFO Presidente (e) 18632 Declaran zona de desarrollo turístico prioritario de la región y patrimonio dela provincia de Padre Abad - Aguaytía ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2003-GRU/CR Pucallpa, 2 de octubre del 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO:El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con las facultades conferidas en el artículo 38º de la ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales, y demás normas complemen- tarias, en sesión Ordinaria de Consejo de fecha 30 de se-tiembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, el artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, establece que las OrdenanzasRegionales norman asuntos de carácter general; Que el artículo 16º inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que son derechos y obliga- ciones de los Consejeros Regionales proponer normas y acuerdos regionales de acuerdo con las facultades norma-tivas mediante la expedición de Ordenanza y acuerdosregionales; Que el Consejo Regional de Ucayali en Sesión Ordina- ria de fecha 12 de septiembre del presente año, acordó que la Comisión de Asuntos Legales elabore el proyecto de Ordenanza en atención al Dictamen Nº 001-2003-CRU-CRR.NNyGMA; Que el artículo 63º inciso i) de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales señala que son funciones específi-cas de los Gobiernos regionales en materia de turismo "pro- poner y declarar Zonas de desarrollo turístico de alcance regional"; Que es necesario dictar una norma de alcance regional con fuerza de ley que regule lo antes señalado; y, En uso de las facultades conferidas por Ley;