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PÆg. 252914 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de octubre de 2003 fecha 3 de setiembre de 2003, ha expedido el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 4 de setiembre de 2003,en el que certifica que el predio no se encuentra inscrito enel Registro Predial Urbano; Que se realizó la inspección técnica con fecha 9 de agosto de 2003, observando que el terreno submateria, es eriazo, de topografía accidentada y se encuentra libre de ocupación; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribere-ños son bienes de propiedad estatal, por lo que correspon-de tramitar la primera inscripción de dominio del terreno submateria, de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Artículo 33º del Decreto Supre-mo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que re-gula el trámite de inscripción de la primera de dominio depredios a favor del Estado, aprobada por Resolución Nº011-2002/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN de fecha 3 de setiem-bre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización yFunciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales",facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones aidentificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporar- los al dominio del Estado, así como también, a emitir en pri- mera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposi- ción Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, DecretoLey Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131- 2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Na- cionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienesde Propiedad Estatal"; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0233-2003/SBN-GO-JAR, de fecha 23 de setiembre de2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 12 626 219,54 m²,ubicado en la pampa Mendoza, en el distrito de Acarí, pro- vincia de Caravelí y departamento de Arequipa, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presenteResolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi-cos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terre- no descrito en el artículo precedente en el Registro de laPropiedad Inmueble de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefa de Adquisiciones yRecuperaciones 18482 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 146-2003/SBN-GO-JAR La Molina, 29 de setiembre del 2003 Visto el Expediente Nº 128-2003/SBN-JAR, correspon- diente al trámite de inscripción en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno de 122 366,63 m², ubicado alsur este de la urbanización "Las Lomas de La Molina Vie-ja", distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima;y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económicode los bienes del Estado en armonía con el interés social,promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcióny fiscalización; Que, de acuerdo al Certificado de Búsqueda Catastral expedido con fecha 4 de agosto de 2003, por el RegistroPredial Urbano de conformidad al Informe Técnico Nº 6604- 2003-SUNARP-RPU/OC-Lima, el terreno de 122 980,08 m², que involucra al terreno de 122 366,63 m 2, no se en- cuentra inscrito; Que, la Oficina Registral de Lima y Callao mediante Certificado Catastral de fecha 5 de setiembre de 2003, ex-pedido de conformidad con el Informe Técnico Nº 3863- 2003-SUNARP-Z.R.IX/OC, de fecha 2 de setiembre de 2003, señala que el terreno de 122 980,08 m², presentasuperposición parcial con el predio inscrito en la Ficha Nº1626777 y el área remanente no presenta inscripción re-gistral, por lo cual excluyendo el área inscrita correspondedisponer la inscripción en primera de dominio de una ex- tensión de 122 366,63 m²; Que, realizada la inspección técnica con fecha 4 de setiembre de 2003, se ha verificado que el terreno subma-teria, es de naturaleza eriaza y topografía accidentada;asimismo, se observó ocupación precaria con edificacionesno permanentes correspondientes a terceros; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el "Estatuto de la Superin-tendencia de Bienes Nacionales" señala que los terrenoseriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad es-tatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripciónde dominio a favor del Estado del terreno de 122 366,63 m 2 ubicado al sur este de la urbanización "Las Lomas de LaMolina Vieja", distrito de La Molina, provincia y departamen-to de Lima, de conformidad con el Artículo 3º del Decreto deUrgencia Nº 071-2001-EF, Artículo 33º del Decreto Supre-mo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº107-2003-EF, que aprueba el "Reglamento General de Pro- cedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámi-te de la primera inscripción de dominio de predios a favor delEstado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a laJefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificarlos terrenos eriazos con la finalidad de incorporarlos aldominio del Estado, así como a emitir en primera instancialas resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposi- ción Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modifica-do por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Su-premo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia deBienes Nacionales", Decreto Supremo Nº 154-2001-EF,modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, Reso- lución Nº 011-2002/SBN, Resolución Nº 315-2001/SBN y estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0241-2003/SBN-GO-JAR, de fecha 24 de setiembre de 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 122 366,63 m², ubica-do al sur este de la urbanización "Las Lomas de La Molina Vieja", distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva sustentatoriosde la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, porel mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno des- crito en el artículo precedente en el Registro de la Propie-dad Inmueble de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefa de Adquisiciones yRecuperaciones 18483