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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (11/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

PÆg. 252922 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de octubre de 2003 estar Social comunica que la División de Registros viene coordinando con la Iglesia "La Sagrada Familia" Oblatosde San José, a efecto de llevar a cabo el Matrimonio CivilReligioso Comunitario para el día sábado 25 de octubredel 2003; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales, Distritalesy las Delegadas conforme a Ley, son órganos de GobiernoLocal con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, es política de la Municipalidad brindar facilidades necesarias a todos los vecinos del distrito que deseen re-gularizar y/o formalizar su estado civil de conformidad conlo preceptuado en el Código Civil vigente; Que, asimismo el Comité de Damas y Apoyo Social en concordancia con la Iglesia "La Sagrada Familia" Oblatos de San José - San Cosme de la jurisdicción,han visto por conveniente la celebración del MatrimonioComunitario propuesto para el 25 de octubre del añoen curso, debiendo para el efecto la Dirección de Bien-estar Social a través de la Unidad de Registros Civiles conducir el procedimiento administrativo correspondien- te, así como su difusión de la Dirección de ImagenInstitucional; Que, mediante Ordenanza Nº 053-MDLV de fecha 15 de septiembre del 2000, se estableció como único pagopara los contrayentes que participen en los Matrimonios Comunitarios del distrito la suma de S/. 30.00 (Treinta y 00/ 100 Nuevos Soles), por concepto de gastos administrativos,examen médico y ceremonia; Estando al mérito de los fundamentos expuestos, con la conformidad de las Direcciones de Asesoría Jurídica,Bienestar Social y en una de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Convocar a la celebración del MA- TRIMONIO CIVIL RELIGIOSO COMUNITARIO en el dis- trito de La Victoria, a celebrarse el día 25 de octubre del2003, con el único pago de S/. 30.00 (Treinta y 00/100Nuevos Soles), conforme a lo establecido en la Ordenan-za Nº 053-MDLV. Artículo Segundo.- La Dirección de Bienestar Social a través de la División de Registros Civiles, queda encar- gada del cumplimiento del presente dispositivo, correspon-diendo además a la Dirección de Imagen Institucional ladifusión de esta convocatoria para el Matrimonio Comuni-tario. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.ALEJANDRO BAZÁN GONZALES Alcalde 18525 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 078-2003 Mediante Oficio Nº 374-2003-SG/MDSMP, la Munici- palidad Distrital de San Martín de Porres solicita se pu-blique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 078-2003, publicado el 27 de septiembre de 2003, en la pági- na 252132. En el segundo considerando;DICE: Que, es función específica y exclusiva de las municipa- lidades, según lo dispuesto por el artículo 79º, numeral 1.4.3 de la Ley Nº 27972, el saneamiento físico legal de los bie-nes inmuebles ubicados en la jurisdicción; igualmente, lasMunicipalidades, en materia de organización del espaciofísico y uso del suelo, según el numeral 1.4.1 del mismoartículo, tiene por función el otorgamiento de Licencias de Construcción, Remodelación, Demolición y Declaratoria de Fábrica; preceptiva que concuerda con la obligación edilde fomentar y promover el desarrollo integral del distrito, talcomo precisa la Ley Orgánica precitada; DEBE DECIR: Que, son funciones específicas y exclusivas de las Municipalidades Distritales, según lo dispuesto por el artí- culo 79º, inciso 3.6, numerales 3.6.1, 3.6.2, 3.6.6 de la Ley Nº 27972, normar, regular y otorgar autorizaciones, dere-chos y licencias; y realizar la fiscalización de las habilita-ciones urbanas; construcciones, remodelación o demoli-ción de inmuebles y declaratorias de fábrica; y las demásfunciones específicas establecidas de acuerdo a los pla- nes y normas sobre la materia; 18517 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Modifican D.A. N” 06-2003-MSS me- diante el cual se autorizó celebraciónde matrimonio masivo comunal DECRETO DE ALCALDÍA Nº 07-2003-MSS Santiago de Surco, 9 de octubre de 2003 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOCONSIDERANDO: Que, por Decreto de Alcaldía Nº 06-2003-MSS de fe- cha 19.SET.2003, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21.SET.2003, se autorizó la celebración del II Matrimo- nio Comunal 2003 en conmemoración del "Aniversario delDistrito" a llevarse a cabo el día sábado 20.DIC.2003 a horas11:00 a.m. en la Plaza Mayor de Santiago de Surco; Que, ha sido necesario efectuar la reestructuración del cronograma de actividades del mes de diciembre, motivo por el cual se ha determinado que el referido matrimonio civil comunal se efectúe el día sábado 13.DIC.2003, paralo cual debe emitirse el acto administrativo correspondiente; En uso de las facultades conferidas en el artículo 20º nu- meral 16) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Modificar el Artículo 1º del Decreto de Alcaldía Nº 06-2003-MSS, el mismo que queda redac- tado de la siguiente manera: "1º.- Autorizar la celebración del II Matrimonio Civil Co- munal 2003 en conmemoración del Aniversario del distrito, a llevarse a cabo el día sábado 13.DIC.2003 a las 11:00 horas en la Plaza Mayor de Santiago de Surco". Artículo Segundo.- Ratificar en lo demás que contie- ne el Decreto de Alcaldía Nº 06-2003-MSS. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 18636