Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2003 (11/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, sabado 11 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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voluntad popular y tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; asimismo tienen jurisdiccion en el ambito de su respectiva circunscripcion territorial conforme a Ley; Que, de conformidad con el Articulo 56º de la Ley Organica de Gobierno Regionales en cuanto a sus funciones en materia de transportes se encarga de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la region, de conformidad con las politicas nacionales y los planes sectoriales. Ademas planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en la Red Vial Nacional o Rural, debidamente priorizados dentro de los planes de desarrollo regional; Que, de acuerdo al Informe Nº 042-2003-G.R.PASCOPRES/GGR, que consta de 172 folios presentado por la Gerencia General, Informe Legal Nº 213-2003-G.R.-PASCO/GRAJ, de la Oficina de Asesoria Legal, Informe Nº 0512003-G.R.PASCO/GRI, de la Gerencia Regional de Infraestructura, Oficio Nº 396-2003-G.R.PASCO/G.S.R. OXAPAMPA, de la Gerencia Subregional de Oxapampa, Informe Nº 006-2003-GR-PASCO-GSR-DAC-YHCA/G. de la Gerencia Subregional de MORDAZA MORDAZA, Memoriales presentados por las distintas autoridades de las provincias de Oxapampa, MORDAZA MORDAZA y distritos de la Region Pasco; Que, de conformidad al Articulo 21º del D.S. Nº 012-2001PCM, que textualmente dice: Se considera situacion de urgencia, cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa o inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el Articulo 108º inciso 2) del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida, a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Que, conforme regula el Articulo 19º inciso c) y Articulo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Articulo 105º de su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, que estan exonerados de los procesos de Concurso Publico, Adjudicacion Directa o Licitacion Publica, segun sea el caso, las contrataciones que se realicen en Situacion de Emergencia o de Urgencias declaradas de conformidad con la Ley EN CUYO CASO LAS ADQUISICIONES SE SUJETAN AL MORDAZA DE ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA y se haran mediante acciones inmediatas sobre la base de obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en la base con la autorizacion expresa del titular del pliego; Que, finalmente resulta necesario la declaracion de la Situacion de Urgencia la Infraestructura Vial de la Region Pasco al estar peligrando su ejecucion, entonces procede comprar y/o alquilar maquinaria pesada, para cumplir con las metas programadas de las obras contempladas en el Presupuesto 2003 en Infraestructura Vial; Estando a lo expuesto, a lo acordado por unanimidad en Sesion Extraordinaria del Consejo Regional de fecha 2 de octubre del ano dos mil tres, en uso de sus atribuciones conferidas en la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, inciso a) del Articulo 15º, inciso o) del Articulo 21º y Articulo 38º, Consejo Regional aprueba la siguiente: ORDENANZA

Articulo Tercero.- Alquilar maquinaria pesada necesaria para continuar con la ejecucion de las obras: Construccion de la Carretera Oxapampa - MORDAZA Rica y 8 de Diciembre - Colquipucro. Articulo Cuarto.- Publicar la presente Ordenanza, conforme lo dispone en el Articulo 42º de la Ley Nº 27867 Organica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Pasco 18583

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan viaje del Presidente Regional a Brasil en comision de servicio
ACUERDO Nº 117-2003/GOB.REG. PIURA-CR MORDAZA, 26 de septiembre de 2003 VISTO: El Oficio Circular Nº MORDAZA 121-2003, del 5 de setiembre del 2003, enviado por la Oficina Descentralizada - Norte del Ministerio de Relaciones Exteriores, sobre postergacion de la Mision a Manaos - Brasil para los dias 13 al 16 de octubre, por pedido expreso de la Embajada de Peru en Brasil; CONSIDERANDO: Que, estando por realizarse la MORDAZA Mision Comercial de la Macronorte a Manaos- Brasil, y dada la importancia que significa para nuestra region, la incursion en el MORDAZA brasileno de nuestros productos, es importante que los empresarios, junto con el Gobierno Regional, participen en esta Mision con la finalidad de afianzar los lazos entre las regiones de Manaos y MORDAZA, mediante el intercambio comercial, cultural y la cooperacion tecnica binacional, que sentara las bases y condiciones para la plena vigencia del Corredor Bioceanico Paita - Manaos; Que, dado los multiples beneficios que generara para nuestra region dicho Corredor, es necesario autorizar el viaje del senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA a la MORDAZA de Manaos - Brasil, dada la importancia de estas relaciones y en su calidad de Presidente de la Junta Interregional de presidentes regionales de la Macroregion Nororiental; Que, el articulo 23º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, establece que el Vicepresidente Regional reemplaza al Presidente Regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional, que no puede superar los 45 dias naturales al ano, por ausencia o impedimento temporal, por suspension o vacancia, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo; El Consejo Regional, en Sesion Extraordinaria Nº 10, celebrada el dia 26 de setiembre del 2003, en la sede del Gobierno Regional, con el MORDAZA unanime de sus miembros, y en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; ACUERDA:

Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la Infraestructura Vial de la Region Pasco. Articulo Segundo.- Comprar un Pool de Maquinaria Pesada consistente en: Motoniveladoras, Volquetes, Cargadores Frontales, Rodillos y Tractores Oruga, para cumplir con las metas programadas en el presupuesto 2003 en obras de Infraestructura Vial.

Articulo Primero.- Autorizar el viaje en Comision de Servicio al Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Manaos, Republica del Brasil, durante los dias 12 al 17 del mes de octubre para cumplir con los fines expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo Regional.

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