Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2003 (20/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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INDECOPI

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 20 de octubre de 2003

SUNARP
Res. Nº 020-2003-SUNARP/SA.- Precedentes de observancia obligatoria aprobados en sesion del MORDAZA Pleno del Tribunal Registral 253540

Res. Nº 105-2003-INDECOPI/DIR.- Modifican el Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento de Pago de Multas impuestas por los Organos Funcionales del Indecopi 253519

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
R.J. Nº 501-2003-J-OPD/INS.- Aprueban inclusion de MORDAZA de seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ano 2003 253520

SUNAT
Res. Nº 494-2003/SUNAT.- Cancelan MORDAZA de Licitacion Publica Internacional LPI Nº 0001-2003-SUNAT/2G3100, para adquirir precintos de seguridad para las operaciones aduaneras 253541 Res. Nº 496-2003/SUNAT.- Declaran nulidad del Concurso Publico Nº 0015-2003-SUNAT/2G3100, para contratar servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de ascensores en la sede de la SUNAT en MORDAZA y Callao 253541

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
R.J. Nº 123-2003-JEFATURA/ONP.- Declaran en situacion de urgencia la contratacion de servicio de seguridad y vigilancia en el Centro Civico y Comercial de MORDAZA e inmuebles del Fondo Consolidado de Reserva 253520

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
R.A. Nº 615-2003-AL/MDSMP.- Declaran inaplicabilidad de la R.A. Nº 1558-2002-AL/MDSMP 253542

OSIPTEL
Res. Nº 030-2003-TSC/OSIPTEL.- Confirman en diversos extremos Resolucion Nº 015-2003-CCO/OSIPTEL referida a demanda interpuesta por Bellsouth del Peru S.A. contra Nextel Peru S.A. 253521

PODER EJECUTIVO DEFENSA
Exoneran de licitacion publica internacional la adquisicion de bienes para el sistema de indicacion de cantidad de combustible del tanque auxiliar de aeronave
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1538-DE/FAP MORDAZA, 17 de octubre de 2003 VISTO: El Oficio V-67-COFA-SACFA Nº 0491 del 25 de agosto del 2003 del Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru, por el que solicita la exoneracion de un MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Internacional, por "Bienes que no admiten sustitutos", para la adquisicion de un (01) kit de modificacion y boletin de servicio (S/B) para el sistema de indicacion de cantidad de combustible del tanque auxiliar de combustible del avion B-737-528 S/N 27426, LN 2739, V/N PT-517 con matricula FAP Nº 356; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Tecnico sustentatorio Nº 003 del 25 de agosto del 2003 emitido por el Comandante del Escuadron de Abastecimiento Nº 808 y por el Comandante del Escuadron de Mantenimiento Nº 806 del Grupo Aereo Nº 8 que forma parte de la presente Resolucion, se establece que con la finalidad de aumentar su autonomia de vuelo al avion B-737-528 S/N 27426, LN 2739, V/N PT-517 con matricula FAP Nº 356 se le instalo un tanque auxiliar de combustible fabricado por la empresa DECRANE AIRCRAFT, SYSTEM INTEGRATION GROUP PATS, INC.; Que, constituye requisito indispensable para la vigencia de los seguros y la garantia y mantener la condicion de operativo el cumplimiento de la Directiva de Aeronavegabilidad emitida por la Federal Aviation Administration (FAA); Que, del referido Informe Tecnico tambien se aprecia que la Federal Aviation Administration (FAA) ha dispuesto una modificacion al tanque auxiliar que permita evitar posibles siniestros por la acumulacion de corriente estatica, y que dicha modificacion ha sido desarrollada e implementada por la compania DECRANE AIRCRAFT, SYSTEM INTEGRATION GROUP PATS, INC. la unica fabricante y distribuidora en el MORDAZA de este MORDAZA de tanque auxiliar, justificando la exoneracion del MORDAZA de seleccion de "Licitacion Publica Internacional" por Bienes que no admiten sus-

titutos" a la compania DECRANE AIRCRAFT, SYSTEM INTEGRACION GROUP PATS, INC., fabricante y unico distribuidor en el MORDAZA del Kit de modificacion y boletin de servicio (S/B) para el sistema de indicacion de cantidad de combustible, el cual es requerido para el tanque auxiliar de combustible del avion B-737-528 con matricula FAP Nº 356, de acuerdo a lo dispuesto y normado en la Directiva de Aeronavegabilidad (Airworthiness Directive - AD) emitida por la Federal Aviation Administration (Autoridad aeronautica norteamericana que regula a los operadores y fabricantes de productos de aviacion), de acuerdo a las especificaciones tecnicas senaladas en el citado Informe Tecnico por un valor referencial de US$. 100,000.00 con cargo al presupuesto Recursos Ordinarios AF-2003 en la cadena programatica de gasto 5.3.11.30; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas en el Informe Legal Nº 006 del 25 de agosto del 2003, efectuado por el Asesor Legal del Ala Aerea Nº 2, que forma parte de la presente Resolucion, se comprueba que la solicitud de exoneracion del MORDAZA de seleccion de "Licitacion Publica Internacional", por "Bienes que no admiten Sustitutos" para la adquisicion del Kit y del boletin de servicio indicado anteriormente se encuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso f), Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, el Inciso f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo No 012-2001-PCM, dispone que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones que se realicen por "Bienes que no admiten sustitutos"; Que, el Articulo 20º del dispositivo legal MORDAZA mencionado establece que las contrataciones a que se refiere el Articulo 19º, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia", salvo la previstas en el literal b) del mencionado articulo y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad. Las Resoluciones o acuerdos senalados en los Incisos precedentes requieren obligatoriamente de un informe Tecnico-Legal, los cuales seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano y puestas en conocimiento de la Contraloria General de la Republica; Que, los Articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que de producirse los supuestos senalados en el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones y adquisiciones se efectuan mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, para tal efecto la Entidad competente para aprobar la exoneracion designara a la dependencia u organo encargado de llevar a cabo el mencionado MORDAZA, de acuerdo al monto involucrado, su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, la adquisicion de un (01) Kit de modificacion y boletin de servicio (S/B) para el sistema de indicacion de

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