Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2003 (24/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2003 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 877-2003-MTC/03
MORDAZA, 21 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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Declaran nulo el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZIX
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 875-2003-MTC/02
MORDAZA, 21 de octubre de 2003 VISTO: El recurso de apelacion interpuesto por el Consorcio Ymelda S.R.L. - Servicios y Suministros S.R.L., contra el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZIX; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 580-2003-MTC/ 02 de fecha 24 de MORDAZA del 2003, se declaro nulo el otorgamiento de la buena pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 00052003-MTC/20.ZIX, para la contratacion de una microempresa que preste el servicio de mantenimiento rutinario por niveles de servicios en la carretera La Oroya - Chicrin - Pte. Aspuzana, Subtramo V: MORDAZA - Carpish, Km. 410+000 - Km. 460+000, retrotrayendose el MORDAZA hasta la etapa de absolucion de observaciones. En consecuencia, el Comite Especial Permanente debia seguir con el procedimiento indicado en la Directiva Nº 013-2001-CONSUCODE/PRE; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 677-2003MTC/02 de fecha 26 de agosto del 2003, se declaro nula la integracion de las bases de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZIX, retrotrayendose el MORDAZA hasta la etapa de absolucion de observaciones e integracion de las bases. En consecuencia el Comite Especial Permanente debia seguir con el procedimiento indicado en la Directiva Nº 013-2001-CONSUCODE/PRE; Que, con fecha 29 de setiembre del 2003, se suscribio el Acta de Adjudicacion de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZIX, otorgandose la Buena Pro a A.M.R. Virgen del MORDAZA S.R.L., al haber obtenido el puntaje total de 98.09 puntos, quedando en MORDAZA lugar el Consorcio Ymelda S.R.L. - Servicios y Suministros S.R.L., con un puntaje total de 98.07 puntos, y en tercer lugar San MORDAZA S.R.L., con un puntaje total de 93.40 puntos; Que, con fecha 6 de octubre del 2003, el Consorcio Ymelda S.R.L. - Servicios y Suministros S.R.L., presenta recurso de apelacion contra el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZIX, solicitando se declare nulo el otorgamiento de la buena pro, toda vez que el postor ganador al presentar la documentacion correspondiente para acreditar al personal que debera laborar en la obra ha presentado el Certificado de Habilitacion Nº 003484 de fecha 8 de setiembre del 2003, correspondiente al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ronquillo, y que de acuerdo al Oficio Nº 05052003-D-CIP-CD-HCO del Decano del Consejo Departamental de MORDAZA del Colegio de Ingenieros del Peru, el mencionado ingeniero no esta habil desde el 1 de marzo del 2003, por lo que el citado Certificado no esta vigente y no corresponde a la fecha del 8 de setiembre del 2003; Que, asimismo, el apelante manifiesta que en aras de la transparencia se debe solicitar a la empresa ganadora de la Buena Pro presente su declaracion a la SUNAT con respecto a la Factura Nº 000018, emitida a la empresa M & A Consultores Ejecutores & Inversiones S.R.L., por la suma de S/. 32,800.00, toda vez que con su actuar ha demostrado que es capaz de falsificar documentos con la finalidad de resultar ganador de la buena pro; Que, con Oficio Nº 026-2003-MTC/15.02.PROVIAS-NZONAL IX-HCO C.E.P notificado a A.M.R. Virgen del MORDAZA . S.R.L., el 7 de octubre del 2003, se corrio traslado del recurso de apelacion presentado por el Consorcio Ymelda S.R.L. - Servicios y Suministros S.R.L., quien cumplio con absolver el traslado del recurso de apelacion el 13 de octubre del 2003; Que, el articulo 56º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el postor al presentar su propuesta tecnica, debe acompanar una declaracion jurada simple en la cual manifieste que es responsable de la veracidad de los documentos e informacion que presenta para efectos del MORDAZA, y que conoce las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento asi como en la Ley de Simplificacion Administrativa, entre otros; Que, el Formato 3: Declaracion Jurada Simple de las Bases Integradas de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZIX, contiene el modelo de Declaracion

VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2003-008332 por la empresa INTERNET TELEVISION TARAPOTO S.A.C. para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en los distritos de Tarapoto, MORDAZA y la Banda de Shilcayo, de la provincia de San MORDAZA, del departamento de San Martin. CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0694-TCC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, mediante Informe Nº 019-2003-MTC/17.01.ssp., de la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones senala que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa INTERNET TELEVISION TARAPOTO S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa INTERNET TELEVISION TARAPOTO S.A.C. concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende los distritos de Tarapoto, MORDAZA y la Banda de Shilcayo, de la provincia de San MORDAZA, del departamento de San Martin. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa INTERNET TELEVISION TARAPOTO S.A.C. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticinco (25) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Addendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por el solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion, asi como el pago de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19350

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