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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (24/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G37/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 24 de octubre de 2003 la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, para asistir a las celebraciones a realizarse con ocasión del aniversa-rio de la fundación de la Universidad Autónoma de SantoDomingo (República Dominicana), por las consideracionesexpuestas en la presente. 2º.- Otorgar viáticos por el monto en nuevos soles equi- valente a US$ 920.00 Dólares Americanos, por cuatro (4)días, debiendo informar al respecto dentro de los quincedías posteriores a su retorno. Se precisa que el importeequivalente a US$ 28.00 Dólares Americanos por tarifaCORPAC será reembolsado, y que la Universidad Autóno-ma de Santo Domingo asume los gastos de pasaje aéreo. 3º.- Encargar el despacho rectoral al Dr. RAÚL MOI- SÉS IZAGUIRRE MAGUIÑA, Vicerrector Académico de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos, durante elperíodo que dure la ausencia del titular. 4º.- Encargar a la Secretaría General de la Universi- dad, la publicación de la presente Resolución Rectoral enel Diario Oficial El Peruano, a más tardar el 25 de octubrede 2003. 5º.- Transcribir la presente Resolución a las Oficinas Generales de Economía y de Personal. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 19372 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSUCODE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G20/G68/G61/G20/G6C/G75/G67/G61/G72/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G61/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G2C/G20/G70/G6F/G72/G61/G75/G73/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G69/G70/G69/G63/G69/G64/G61/G64 TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 896/2003.TC-S2 Sumilla: No corresponde aplicar sanción administrativa a la empresa Servicios Generales EBENEZER E.I.R.L. (hoyServicios Generales EBENEZER S.A.C.) al haberse ad-vertido que la Entidad no cumplió con lo previsto en el artí-culo 41º literal c) del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me-diante D.S. Nº 012-2001-PCM. Lima, 16 de octubre de 2003Visto, en sesión de la Segunda Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de fecha14.10.2003, el Expediente Nº 534/2003.TC sobre aplica-ción de sanción administrativa a la empresa Servicios Ge-nerales EBENEZER E.I.R.L. (hoy Servicios GeneralesEBENEZER S.A.C.) por supuesto incumplimiento de obli-gaciones derivadas de Contrato ALEG-EGE-053-2001"Prestación Servicios de Chóferes para Vehículos del Pro-yecto de la Central Hidroeléctrica de Yuncan", convocadomediante Concurso Público Nº CP-0002-2001-EGECEN,por la Empresa de Generación de Energía Eléctrica delCentro S.A.-EGECEN; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 6.12.2001, mediante Contrato para la prestación de servicios de Choferes para los vehículos del Proyectode la Central Hidroeléctrica - YUNCAN, celebran de unaparte la Empresa de Generación de Energía Eléctrica delCentro S.A. - EGECEN, (En adelante "la Entidad"), y Ser-vicios Generales EBENEZER E.I.R.L. (hoy Servicios Ge-nerales EBENEZER S.A.C.), (En adelante "la Empresa"),que se ejecuta en los distritos de Paucartambo y Hachón,provincia y departamento de Pasco, por la cantidad de S/.384,385.94 Nuevos Soles, incluido el I.G.V. 2. El 16.1.2002, mediante carta ADM-014-02 -Huallama- yo, la Entidad comunica a la Empresa, considerando quevuestra representada no ha cumplido con brindar dichoservicio durante veintiséis (26) días, la penalidad determi-nada por este período es de S/. 5,552.30 Nuevos Soles.3. El 14.4.2002, mediante carta sin número, nueve chofe- res se dirigen a la Entidad para que interceda ante la Em-presa, ya que hasta la fecha ha incumplido con sus obliga-ciones sociales (CTS, AFP, ONP y ESSALUD). 4. El 21.5.2002, mediante documento sin número, la Empresa comunica a la Entidad que hasta la fecha no lecancelan la deuda que les tiene pendiente ese Organismo. 5. El 28.5.2002, mediante carta por conducto notarial Nº 3797, la Entidad comunica a la Empresa, que tales in-cumplimientos están demostrando que vuestra repre-sentada no tendría la suficiente capacidad económica paracumplir con el contrato, lo cual también es causal de reso-lución del contrato, según lo estipulado en el numeral b, dela novena cláusula del contrato. 6. El 14.8.2002, mediante carta por conducto notarial Nº 4176, se adjunta la carta GG-605-2002, la Entidad leotorga la última oportunidad a la Empresa, notificándoleque, en caso de que se incurra en nuevos incumplimientos,procederemos a resolver el contrato. 7. El 23.10.2002, mediante carta por conducto notarial Nº 4537, se adjunta la carta GG-769-2002, la Entidad co-munica a la Empresa, que, da por resuelto el contrato depuro derecho. 8. El 30.10.2002, mediante carta por conducto notarial Nº 55182, en la cual se adjunta una carta sin número, laEmpresa comunica a la Entidad que previamente a la re-solución del contrato se les debe otorgar un plazo para elcumplimento del contrato. 9. El 31.10.2002, mediante carta por conducto notarial Nº 4561, en la cual se acompaña la carta GG-789-2002, laEntidad otorga a la Empresa un plazo de quince (15) días"calendario" contados a partir de la recepción de la pre-sente carta-notarial, para que nos acrediten que han supe-rado la causal de "falta de capacidad económica para con-tinuar la ejecución de la prestación a su cargo". 10. El 19.11.2002, mediante Cláusula Adicional Nº 1 al Contrato Nº ALEG-EGE-053-2001, del 8.12.2001, ambaspartes amplían el contrato hasta el 21.12.2002. 11. El 19.12.2002, mediante carta por conducto nota- rial Nº 4800, en la cual se adjunta la carta Nº GG-897-2002, la Entidad comunica a la Empresa, que no ha cum-plido con acreditar la suficiente capacidad económica paraatender el contrato suscrito, por lo cual el contrato suscritoentre ambas partes quedará resuelto. Asimismo, EGECENpagará a los choferes las remuneraciones de la primeraquincena del mes de diciembre, el pago de la liquidaciónde los beneficios sociales y cursurá la carta notarial ejecu-tando la carta fianza de fiel cumplimiento del contrato. 12. El 15.1.2003, mediante carta por conducto notarial Nº 4902, en la cual se anexa la Carta GG-034-2003, laEntidad remite a la empresa un legajo anillado que contie-ne la liquidación del contrato. 13. El 28.1.2003, mediante carta por conducto notarial Nº 4951, en la cual se adiciona la carta GG-091-2003, laEntidad solicita a la compañía SUL AMÉRICA COMPAÑÍADE SEGUROS S.A., la ejecución de la totalidad de las car-tas fianzas otorgadas por esa Cía. de Seguros a nuestrofavor por cuenta del referido contratista. 14. El 31.1.2003, mediante carta por conducto notarial Nº 4975, en la que se acompaña la carta GG-114-2003, laEntidad solicita a la compañía SUL AMÉRICA COMPAÑÍADE SEGUROS S.A., que el monto de las garantías debecorresponder íntegramente a EGECEN S.A., de acuerdoal artículo 40º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado. 15. El 3.2.2003, mediante carta por conducto notarial Nº 3079, la Empresa solicita a la Entidad la iniciación de un ARBITRAJE DE DERECHO , designando como coordi- nador del presente proceso arbitral a la señora Rocío Ro-jas Sánchez. 16. El 4.2.2003, mediante carta por conducto notarial Nº 5012, con la cual se adjunta la carta GG-126-2003, laEntidad comunica a la empresa "que el plazo para Uds.Recurran al Arbitraje ya venció el 21 de enero del 2003,por lo que tenemos que rechazar el pedido de Arbitrajeque formulan". 17. El 14.3.2003, mediante carta por conducto notarial Nº 5567, la Entidad reitera a la compañía SUL AMÉRICACOMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., la ejecución de las car-tas fianzas. 18. El 7.4.2003, mediante documento sin número, la Empresa comunica a la Entidad que la deuda que tienecon vuestra compañía será cancelada por mi afianzadorSul América Seguros, por el monto de S/. 6, 970.57 Nue-vos Soles. 19. El 10.4.2003, mediante carta por conducto notarial Nº 6069, con la cual se adjunta la carta GG-323-2003, la