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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G37/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 24 de octubre de 2003 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F /G64/G65/G20/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G6A/G75/G76/G65/G6E/G69/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 195-2003-P-PJ Lima, 22 de octubre del 2003 VISTO: Los Oficios Nºs. 242 y 288-2003-GCJ-GG, el Informe Nº 399-2003-OAL-GG-PJ y el Oficio Nº 1844-2003-GG- PJ, mediante los cuales la Gerencia de Centros Juveniles,la Oficina de Asesoría y la Gerencia General del Poder Judicial, solicitan se declare en situación de urgencia el "Suministro de Alimentos para el Centro Juvenil de Diag-nóstico y Rehabilitación de Lima"; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 76º de la Constitución Política del Esta- do establece que la contratación de obras, adquisición de suministros, servicios, adquisición y enajenación con fon- dos públicos, cuya importancia y monto señala la Ley dePresupuesto se hace por concurso público. La Ley esta- blece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades; Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,señala que están exonerados de los procesos de Licita- ción, Concurso Público o Adjudicación Directa, las adqui- siciones y contrataciones que se realicen en situación deurgencia; Que, el artículo 21º de la Ley Especial, establece que se considera situación de urgencia cuando la ausenciaextraordinaria o imprevisible de determinado bien o servi- cio compromete en forma directa e inminente la continui- dad de los servicios esenciales o de las operaciones pro-ducidas que la Entidad tiene a su cargo, situación que fa- culta a la Entidad adquirir , entre otros, bienes sólo por el tiempo o cantidad necesaria; Que, los supuestos señalados en los artículos prece- dentes presuponen la existencia de dos elementos importantes que permite configurar una situación de ur-gencia, primero el servicio que venía siendo prestado a la Entidad, y que simultáneamente se paraliza ante la ocurrencia de hechos no previstos, la misma que al nocontar con el servicio objeto de contratación, ocasiona interrupción en la continuidad de la prestación del ser- vicio; Que, en este sentido, el artículo 237º del Código del Niño y Adolescente, establece que el lugar de interna- miento de los menores infractores se cumple en losCentros Juveniles, cuyas necesidades de Alimentación, Vestuario, Educación, Salud, y la aplicación del Siste- ma de Reinserción Social del Adolescente Infractor, seencuentra a cargo de la Gerencia de Centros Juveni- les, órgano de línea de la Gerencia General, encarga- do de programar, ejecutar, coordinar y supervisar lasactividades administrativas y de gestión de los Centros Juveniles de Rehabilitación y de Observación y Diag- nóstico de Adolescentes infractores a nivel nacional; Que, el Poder Judicial al asumir las funciones relacionadas con la Rehabilitación para la reinserción en la sociedad de los Adolescentes Infractores, quecumplen una medida socioeducativa en libertad o en forma privativa, es responsable por la atención, bien- estar y cuidado del menor infractor internado, cuyo de-recho a recibir una ración diaria de alimento, corre el grave riesgo de quedar desabastecido, al no haberse adjudicado proveedor que suministre alimentos paraeste Centro; Que, de los documentos del Visto, se advierte que es inminente la interrupción de dicho suministro en losCentros Juveniles, por la ausencia extraordinaria del mismo, la misma que viene siendo atendida con los re- manentes de las adquisiciones anteriores, situación quecompromete en forma directa la continuidad de la pres- tación, lo cual ocasionaría malestar en la población ju- venil, por la desatención en el bienestar de los meno-res, provocando incesantes muestras de reclamos, hostigamientos, motines y otras muestras de descon- tento por parte de los menores internos, difícil de contro- lar; Que, asimismo, la presencia de un hecho imprevi- sible y extraordinario que originaría tal interrupción se configura en el hecho de que la adjudicación ha sidodeclarada desierta en los ítems 3, 4, 5, 7, 8, 9 y 10, siendo adjudicado únicamente los ítems. 1, 2, 6 y 11, por lo que no existe proveedor que suministre produc-tos alimenticios a los Centros Juveniles, situación que constituye un riesgo potencial a la Entidad, que alber- ga a la más grande población de adolescentes infracto-res del País; Que, el Valor Referencial a ser aprobado asciende a la suma de S/. 43,724.70 (Cuarenta y Tres Mil Sete-cientos Veinticuatro y 70/100 Nuevos Soles), por un período de tres meses, en tanto se culmine el proceso de selección curso, con la adjudicación de los ítemsdeclarados desiertos, monto que cuenta con la dispo- nibilidad presupuestal necesaria para su ejecución; Que, los Oficios Nºs. 242 y 288-2003-GCJ-GG, emi- tida por la Gerencia de Centros Juveniles de la Geren- cia General del Poder Judicial, sustentan técnicamente la necesidad de contratar el suministro en mención; Que, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, mediante Infor- me Nº 399-2003-OAL-GG-PJ, opina por la procedenciade la declaratoria de situación de urgencia expuesta, por el plazo de 90 días calendario o hasta la suscrip- ción de los contratos relacionados con el proceso deselección en curso, lo que ocurra primero, conforme lo establece el Inc. c) del artículo 19º del TUO de la Ley Nº 26850; Que, estado a lo expuesto en los considerandos precedentes, a fin de no afectar la vida y la salud de los menores infractores, así como las metas y objetivosinstitucionales, es necesario declarar en situación de ur- gencia el suministro de Alimentos para el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima; De conformidad con lo dispuesto en el Inc. c) de los artículos 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley Nº 26850, en concordancia con los artículos 105º, 108º, 113º, 114º, 115ºy 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades con- feridas por ley; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en SITUACIÓN DE UR- GENCIA el Suministro de Alimentos para los Centros Juveniles de Lima, por el plazo de 90 días calendario o hasta la suscripción de los contratos relacionados con elproceso de selección en curso, o lo que ocurra primero, entendiéndose que dicho plazo corre desde el otorgamien- to de la Buena Pro de la Adjudicación de Menor Cuantíarespectiva. Artículo Segundo.- El Valor Referencial de dicho Sumi- nistro, por el período referido asciende a S/. 43,724.70(Cuarenta y Tres Mil Setecientos Veinticuatro y 70/100 Nue- vos Soles), con cargo a la fuente de financiamiento recur- sos ordinarios. Artículo Tercero.- Las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el artículo anterior, se realizarán a través de un proceso de selección de Adjudicación de MenorCuantía, el mismo que se encontrará a cargo de la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Administra- ción y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Cuarto.- El contrato que se celebre como consecuencia de las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Artículo Primero de la presente Resolución,deberá cumplir con los requisitos, condiciones, formali- dades y garantías que la Ley establece. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial haga de conocimiento de la Contraloría General de la República, la presente Resolución y los in- formes que la sustentan, dentro del plazo que dispone elartículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO SIVINA HURTADO Presidente 19424