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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (29/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G30/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su Artículo 46º establece que las Ordenanzas determinanel régimen de sanciones administrativas por la infracciónde sus disposiciones, estableciendo las escalas de multasen función de la gravedad de la falta, como la imposiciónde sanciones no pecuniarias; Que, asimismo, en su Artículo 47º dispone que el Con- cejo Municipal aprueba y modifica la escala de multas res-pectivas; Estando a lo dispuesto en el Artículo 9º Inc. 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Mu-nicipal en Pleno, en Sesión de Concejo de fecha 18 de oc-tubre del 2003, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO DE INFRACCIONES Y LA ESCALA DE MULTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 0001- 2000-MDSSP/A de fecha 18 de enero del 2000. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Cuadro de Infrac- ciones y la Escala de Multas de la Municipalidad Distritalde Pachacámac, aprobado mediante Ordenanza Nº 0001-2000-MDSSP/A del 18 de enero del 2000 en el extremoreferido a las Infracciones indicadas en los Códigos Nºs.046, 050, 073, 074, 077 y 0078 de la Dirección de Desarro-llo Urbano Rural y Medio Ambiente y los Códigos Nºs. 162,163 y 166 de la Oficina de Rentas, conforme al cuadro quepara tal efecto se adjunta a la presente. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET Alcaldesa DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO RURAL Y MEDIO AMBIENTE CÓDIGO DESCRIPCIÓN U.I.T. S./ U.I.T. S./ 046 Por instalaciones de Antenas de 250% 7750.00 300% 9300.00 Comunicación, T orres, Castillos para transmisión de energía eléctrica y otros similares sinautorización Municipal, por cada elemento y/o unidad. 050 Por efectuar trabajos en la vía 60% 1860.00 90% 2790.00 pública destrozando las pistas y veredas sin perjuicio de volver a su estado normal, sin Autori-zación Municipal, por metro lineal . 073 Por instalar postes para cablea- 100% 3100.00 150% 4650.00 do telefónico sin Autorización Municipal, por cada uno. 074 Por instalar cabinas telefónicas 100% 3100.00 150% 4650.00 sin Autorización Municipal . 077 Por instalar postes o elementos 250% 7750.00 300% 9300.00 similares como infraestructurade publicidad exter ior o anun- cios sin Autorización Municipal, por cada elemento y/o unidad. 078 Por cavado o excavado de zan- 50% 1550.00 60% 1860.00 ja en vía pública sin Autoriza- ción Municipal, por metro lineal. OFICINA DE RENTAS CÓDIGO DESCRIPCION U.I.T. S./ U.I.T. S./ 162 Por instalación de paneles o 100% 3100.00 150% 4650.00 elementos publicitarios sin Au- torización Municipal, por cadaelemento. 163 Por cambio o variación en el 80% 2480.00 100% 3100.00 contenido del avisaje del ele-mento publicitario, sin Autoriza- ción Municipal 166 Por instalación de afiches, cár- 60% 1860.00 100% 3100.00 teles, posters, láminas y otros similares para publicidad, sin Autorización Municipal, por cada uno 19733MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 /G72/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G2C/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 0172-2003-CDPH Punta Hermosa, 10 de octubre del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSAVISTO: En la Sesión de Concejo de fecha 9 de octubre del 2003, el Informe Nº 196-2003-MDPH-RENTAS de la Direcciónde Rentas y el Informe Nº 188-2003-JALMPH de la Jefatu-ra de Asesoría Legal, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Rentas mediante informe de visto, solicita tomar las acciones inmediatas para la contrataciónde una persona natural o jurídica que se encargue de imple-mentar un programa de fiscalización tributaria y administra-tiva el cual incluirá recuperación de tributos atrasados, de-terminación de sanciones administrativas por los períodos1997 - 2003, entre otros, con el objeto de incrementar larecaudación tributaria, pues dicha dependencia no cuentacon los recursos técnicos y humanos para poder cumplircon los objetivos trazados, por lo que es necesario declararen situación de urgencia por el lapso de 30 días; Que, para viabilizar el respectivo Proceso de Selección por Situación de Urgencia se debe tener presente los as-pectos concernientes a la economía municipal como soncostos y oportunidad de adquirir un servicio rápido y opor-tuno que permita agilizar los procedimientos de cobranza,es decir que de manera normal la Municipalidad estaríarecaudando a partir del mes de enero, en cambio si se adop-ta la situación de urgencia la Municipalidad tendría la posi-bilidad de contratar de forma inmediata e iniciar los proce-sos de cobranza para que de este modo no se vean perjudi-cados los ingresos que permitirán cubrir costos mínimoscomo son pago de servicios y pago de personal que a lafecha están en riesgo de ser cubiertos; Que, declarar en Urgencia el Área de Rentas se debe a la disminución de los ingresos estando en peligro de cubrirlos gastos mínimos de servicios y de pagos al personal,para lo cual dicho pedido es elevado al Concejo Municipala fin de que se apruebe la exoneración de licitación públicao concurso público, en tal sentido se precisa que la situa-ción de urgencia opera cuando la ausencia extraordinariae imprevisible de determinado bien o servicio comprometeen forma directa e inminente la continuidad de los servi-cios esenciales o las operaciones productivas que la enti-dad tiene a su cargo, dicha situación faculta a la entidad ala adquisición o contratación de los bienes , servicios uobras sólo por el tiempo o cantidad según sea el caso ne- cesario. Asimismo, de conformidad a lo previsto en el inci-so 2) Artículo 108º del Reglamento del TUO de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, la situación deurgencia debe entenderse como un hecho de excepciónque determina una acción rápida de adquisición o contra-tación como medida temporal; Que, mediante Informe Legal Nº 188-2003-JALMPH, señala que en adición a lo expuesto por el Director de Ren-tas y a lo informado por su Despacho, opina por la proce-dencia de lo solicitado por la Dirección de Rentas, en vir-tud de las disposiciones legales vigentes; Estando de conformidad con las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y alo opinado por el Director de Rentas y la Jefe de AsesoríaLegal de esta Institución, mediante Informe Técnico Nº 196-2003-MDPH-RENTAS e Informe Legal Nº 0188-2003-JALMPH respectivamente, y contando con el voto unáni-me de sus miembros; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Urgencia a la Dirección de Rentas por el lapso de 30