Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2003 (29/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 29 de octubre de 2003

dias, a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- EXONERAR de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, el MORDAZA de Seleccion para la contratacion de una persona natural o juridica que se encargue de implementar un programa de fiscalizacion tributaria y administrativa el cual incluira recuperacion de tributos atrasados, determinacion de sanciones administrativas por los periodos 1997 - 2003, entre otros, con el objeto de incrementar la recaudacion tributaria. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Sra. Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, para que a traves del Comite de Procesos de Seleccion respectivo efectue la Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con el Art. 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para la contratacion del servicio MORDAZA mencionado de conformidad al requerimiento y especificaciones tecnicas de la Direccion de Rentas por el periodo que queda del presente ano fiscal. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Direccion de Rentas, Direccion de Administracion, Unidades de Abastecimientos, Asesoria Legal, Contabilidad y Presupuesto y Tesoreria en cuanto les corresponda. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y hacer de conocimiento a la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los informes tecnicos legales emitidos por las areas de Rentas y Asesoria Legal dentro de los plazos previstos en la Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 19731

ACUERDO DE CONCEJO Nº 0173-2003-CDPH
Punta MORDAZA, 10 de octubre del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA VISTO: En la Sesion de Concejo de fecha 9 de octubre del 2003, los Informes Nºs. 193 y 194-2003-MDPH-RENTAS de la Direccion de Rentas y el Informe Nº 187-2003-JALMPH de la Jefatura de Asesoria Legal, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el informe de vistos respectivo de la Direccion de Rentas comunica que en la actualidad ha disminuido la recaudacion economica de la Entidad, y de acuerdo a la politica de recaudacion que se viene implementando es funcion del area de rentas, crear los mecanismos necesarios para la captacion de los recursos economicos para atender las demandas de la poblacion asi como las necesidades de la Institucion; en este sentido del analisis efectuado, indica la morosidad en las obligaciones tributarias y no tributarias de la Empresas de Servicios y/o Empresas Contratistas con la Entidad por un monto estimado por recaudar de S/. 1'5000,000.00 Nuevos Soles; La complejidad de ejecutar trabajos de fiscalizacion en contribuyentes potenciales, no conocidos o registrados previamente ante la administracion tributaria local y la necesidad de una accion eficaz y eficiente en la consecucion de los objetivos fiscales, ha determinado que es imperativo contratar los servicios de una entidad altamente especializada en trabajos de fiscalizacion tributaria en gobiernos locales , que ademas acredite antecedentes laborales, asi como referencias municipales sobre la calidad y efectividad de sus servicios; Que, ante esta necesidad y atendiendo a la propuesta presentada por la Empresa Gestiones y Servicios de Integracion Avanzada "MILACRON" S.R.L., la que acredita ser una empresa con experiencia en el rubro, asi como capaz de efectuar diversas cobranzas tributarias y no tributarias a las diferentes empresas de servicios publicos y empresas contratistas que no hayan tributado a favor de la Municipalidad, senala la Direccion de

Rentas que resulta conveniente la contratacion de dicha Empresa cuya retribucion por el servicio no implica afectacion alguna del presupuesto de la Entidad toda vez que la Contratista cobraria un porcentaje del 32% del monto total recaudado; en consecuencia el servicio permitiria recuperar deudas de caracter tributario y administrativo que a la fecha se mantienen impagos, lo que elevaria el nivel de recaudacion y generar mayores ingresos adicionales a los ya presupuestados, que le permitan al Municipio cumplir con sus objetivos y fines inherentes a toda gestion municipal; Que, mediante el informe de visto de la Jefatura de Asesoria Legal senala que resulta de aplicacion lo previsto en el literal h) del Art. 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que establece se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion via Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas que se realicen para servicios personalisimos; Que, el Articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, "Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", y modificado por el D.S. Nº 0412003-PCM establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, la formalizacion de los procesos no sujetos a concurso publico o adjudicacion directa se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia aprobada mediante Acuerdo de Concejo, de conformidad a lo previsto en el literal c) del Articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, sustentadas obligatoriamente en un informe tecnico-legal previo, debiendose publicar el mencionado Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial El Peruano; Estando de conformidad con las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y a lo opinado por el Director de Rentas y la Jefe de Asesoria Legal de esta Institucion, mediante informes de vistos, y contando con el MORDAZA unanime de sus miembros; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion de la Empresa Gestiones y Servicios de Integracion Avanzada "MILACRON" S.R.L. bajo la modalidad de servicios personalisimos, a fin de que preste el servicio de Fiscalizacion Tributaria y No Tributaria a las Empresas de Servicios Publicos y/o Empresas Contratistas a que se refiere la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Sra. Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, para que a traves de la Unidad de Abastecimientos efectue la Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con el Art. 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para la contratacion del servicio MORDAZA mencionado, hasta por un monto referencial del 32% (S/. 480,000.00) del monto recaudado materia del servicio, incluido los impuestos de ley, por el periodo hasta el 30 de junio del 2004. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Direccion de Rentas, Direccion de Administracion, Unidades de Abastecimientos, Asesoria Legal, Contabilidad y Presupuesto y Tesoreria en cuanto les corresponda. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y hacer de conocimiento a la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los informes tecnicos legales emitidos por las areas de Rentas y Asesoria Legal dentro de los plazos previstos en la Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 19732

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