NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (03/09/2003)
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TEXTO PAGINA: 76
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G37/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de setiembre de 2003 coordinación con la Dirección de Servicios Sociales. Artículo 41º.- Toda falta reiterada cometida por el comi- té del parque y/o área verde conlleva a rescindir el conve- nio suscrito. TÍTULO X ESTRUCTURA DEL PLAN DE TRABAJO Artículo 42º.- El plan de trabajo del comité del parque y/o área verde deberá considerar necesariamente la siguiente es-tructura de actividades, señalando acciones y metas precisas: a) Mantenimiento y mejoramiento de las áreas verdes. b) Mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones deportivas. c) Eventos deportivos multidisciplinarios, debiéndose considerar como mínimo: fulbito y voleyboll para todos los niveles. d) Eventos culturales y recreacionales.e) Acciones cívicas.f) Proyectos que mejoren el bienestar de la comunidad (adulto mayor, niños, etc.) g) Presentación de los informes económicos. h) Presentación semestral de la ejecución del plan de trabajo. TÍTULO XI DEL DESTINO DE LOS FONDOS RECAUDADOS Artículo 43º.- Los fondos serán destinados en el siguien- te orden prioritario: a) Mantenimiento y mejoramiento de áreas verdes. b) Mantenimiento y mejoramiento de las losas deporti- vas. c) Eventos culturales y recreacionales. d) Otras actividades. TÍTULO XII DE LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS Artículo 44º.- La comisión revisora de cuentas estará constituida por los siguientes miembros: a) El Jefe de contabilidad de la Municipalidad, quien la presidirá. b) El Jefe de Cultura, Educación y Deporte. c) El Fiscal del Consejo Directivo.d) La comisión revisora, sin perjuicio de las atribuciones que la ley le confiere a las Municipalidades, convocará en coordina-ción con la División de Participación Vecinal, a la Asamblea deAsociados para informar los resultados de su evaluación. Artículo 45º.- En caso de encontrarse anomalías en el manejo de cuentas, la comisión revisora actuara de acuer-do a ley. Debiendo considerar el derecho de levantar lasobservaciones en los plazos de ley. TÍTULO XIII DE LA VIGILANCIA Y RATIFICACIÓN DEL CONVENIO Artículo 46º.- Se constituirá un comité de la siguiente manera: a) El Director de Presupuesto y Planificación. b) El Jefe de Cultura, Educación y Deporte.c) El Secretario de Actas del Consejo Directivo. Artículo 47º.- El comité de evaluación se remitirá a ve- rificar el cumplimiento del Art. 32º de la presente Ordenan-za, debiendo considerar el informe de la comisión revisora. Artículo 48º.- El Comité de Evaluación emitirá un infor- me calificando los resultados que conlleve a la RATIFICA- CIÓN O RESOLUCIÓN. TÍTULO XIV DE LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE Y RECREACIÓN Artículo 49º.- El comité de parque y/o área verde consi- derara en su plan de trabajo anual la programación de loseventos deportivos anuales y dos actividades de recrea-ción y/o culturales como parte del plan distrital en coordina-ción con la Municipalidad. TÍTULO XV DE LA PARTICIPACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS Y OTRAS INSTITUCIONES Artículo 50º.- Los centros educativos u otras institucio- nes que hagan uso de las instalaciones deportivas en for-ma permanente o periódicamente, firmarán un convenio enel que se precise los horarios, forma de retribución equitati-va o especial, de lo contrario se sujetara al programa esta-blecido por el comité de parque y/o área verde.DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Los comités de parque y/o área verde que se hubieran organizado con anterioridad a la vigencia de la pre-sente ordenanza deberán regularizar su situación en la asam-blea general de vecinos, incorporando las nuevas funciones dis-puestas en las normas para su correspondiente registro y firmadel convenio previsto en el Art.28º de la presente Ordenanza. Segunda.- A partir de la vigencia, de la presente Ordenan- za, los comités de administración de parque y/o área verde sus-cribirán obligatoriamente convenios para la administración delas instalaciones deportivas públicas, de conformidad con loestablecido en el artículo 11º de la presente ordenanza. Tercera.- La Dirección de Participación Vecinal brindará asesoría a los comités vecinales de parque y/o área verde para que logren su reconocimiento y registro municipal. Cuarta.- En caso de incumplimiento del convenio sus- crito por el comité de parque y/o área verde o el incumpli-miento del presente Reglamento, la Municipalidad de SanMartín de Porres asumirá automáticamente la administra- ción de la instalación deportiva materia de dicho convenio por un plazo de 30 días, tiempo en el que se elegirá unnuevo comité a fin que éste complete el período anual. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Incorporar al cuadro de sanciones y escala de multas de la Municipalidad de San Martín de Porres, lasinfracciones establecidas en la presente ordenanza. Segunda .- La Dirección de Servicios Sociales, y la Je- fatura de Educación, Cultura y Deportes, quedarán encar- gadas del cumplimiento de la presente ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario OficialEl Peruano. Cuarta.- Deróguese todas aquellas disposiciones lega- les que se opongan a la presente. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 16222 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D /G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-2003-MDSA Santa Anita, 2 de setiembre de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTOS: En Sesión de Concejo celebrada en la fecha, el Informe de la Oficina de Asesoría Legal Nº 1348-2003-OAL/MDSA, el informe Nº 180-2003-DA/MDSA emitido por la Direc-ción de Administración, y el Informe Nº 0331-2003-OPVL/MDSApresentado por la Jefa del Programa del Vaso de Leche, que ensu conjunto constituyen el Informe Técnico Legal que disponeel artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en virtuddel cual se solicita la expedición del Acuerdo de Concejo queautorice la Declaratoria de Situación de Urgencia para la Ad-quisición de los Insumos necesarios para el Programa del Vasode Leche del Distrito de Santa Anita; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú conforme a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680,establece que las Municipalidades Provinciales, Distritalesy las delegadas conforme a ley, tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su compe-tencia. Corresponde al Concejo las funciones normativas yfiscalizadoras y a la Alcaldía las funciones ejecutivas; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 020-2003-MDSA, de fecha 30 de mayo de 2003, se declaró en Situación deUrgencia la Adquisición de los Insumos necesarios para elPrograma del Vaso de Leche del Distrito de Santa Anita por