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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (03/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 70

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G37/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de setiembre de 2003 - Comités Cívicos y similares GRUPO FUNCIONAL (4) ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA LOCAL - Asociaciones de Comerciantes formales - Asociaciones de Comerciantes informales- Gremios Empresariales- Artesanos y similares GRUPO FUNCIONAL (5) ORGANIZACIONES CULTURALES, EDUCATIVAS,DEPORTIVAS Y JUVENILES - Asociaciones Culturales - APAFAS- Clubes Deportivos- Grupos Juveniles y similares Artículo 11º.- La elección será por votación directa, universal y secreta. El elector sufragará sólo por el candi-dato que representa a su grupo funcional correspondiente. Artículo 12º.- Los sufragantes emitirán su voto en el grupo funcional correspondiente, para tales efectos se dis-pondrá de cinco (5) ánforas, una por cada grupo funcional. Artículo 13º.- Se considerará voto válido cuando la inter- sección del aspa o cruz se encuentra dentro del recuadro. Artículo 14º.- Se considerará voto nulo o viciado cuan- do se marque dos o más candidatos o contenga marcas oseñales fuera del recuadro del candidato. Artículo 15º.- Se considera voto en blanco cuando no se ha marcado el aspa o cruz dentro del recuadro ni expre-sado ninguna voluntad. Artículo 16º.- Al inicio del proceso electoral se levantará el acta de instalación que contendrá la siguiente información: A. La hora de inicio del proceso electoral, lugar, fecha y año. B. Número de cédulas.C. Observaciones, si las hubiera.D. Dicha acta será firmada por el comité electoral y los personeros debidamente acreditados de los candidatos quelo deseen. Artículo 17º.- Al concluir el proceso electoral se levan- tará el acta de escrutinio que contendrá la siguiente infor-mación: A. Hora de concluir el acta electoral. B. Verificación de la cantidad de sufragantes.C. Verificación de votos emitidos.D. Relación de votos preferenciales.E. Votos en blanco.F. Votos viciados.G. Cualquier observación o impugnación interpuesto por algún personero deberá indicarse expresamente en el actadebiéndola suscribirla obligatoriamente. H. Firma de los personeros que lo deseenI. Firma de los integrantes del comité electoral. Artículo 18º.- Los candidatos que obtengan la mayoría simple de votos de los sufragantes, en cada uno de susgrupos funcionales, serán los ganadores. CAPÍTULO VII DE LAS TACHAS E IMPUGNACIONES Artículo 19º.- El Comité Electoral publicará la relación de candidatos en lugares que el Comité Electoral señalará. Artículo 20º.- Cualquier ciudadano podrá tachar deter- minada candidatura, la tacha deberá ser debidamente fun-damentada y sustentada. Artículo 21º.- Cualquier impugnación a los resultados o elección de un delegado será resuelto por el comité elec-toral dentro de las 24 horas posteriores a su presentación.En caso de impugnación al delegado electo y de ser decla-rada fundada, el delegado que ocupe el lugar siguiente enla votación será proclamado como el representante electo.La votación se realizará por los delegados acreditados deacuerdo al Art.4 del presente reglamento. CAPÍTULO VIII DE LA PROCLAMACIÓN DE LOS REPRESENTANTES ELEGIDOS Artículo 22º.- El Comité Electoral al término del cóm- puto final proclamará a los delegados elegidos.Artículo 23º.- Luego de la proclamación de los delega- dos elegidos, el Comité Electoral, elaborará y elevará alConsejo de Coordinación Local Distrital el informe final so-bre el desarrollo del proceso electoral y el resultado de lamisma, adjuntando el acta respectiva. CAPÍTULO IX DE LAS DISPOSICIONES FINALES Primera.- Participarán en el Proceso Eleccionario re- gulado por la presente Ordenanza las instituciones que sehayan inscrito en el Registro de Organizaciones Civiles has-ta el 29 de agosto del 2003. Segunda.- El cronograma en el presente Proceso Elec- cionario es el siguiente: Inscripciones 1 al 5 de setiembre Tachas 6 y 8 de setiembre Publicación de la lista oficial 10 de setiembre Proceso electoral 14 de setiembre 9.30 horas a 15.30 horas Publicación de Resultados 14 de setiembre 18.00 horas CAPÍTULO X DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Toda situación no contemplada en el presen- te reglamento será resuelta por el comité electoral. Segunda.- La cédula de sufragio será elaborada por grupos funcionales con la relación de los candidatos. Tercera.- La aprobación del presente reglamento lo rea- liza el Concejo Municipal Distrital. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 16321 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 045-03/CDL-CH Chosica, 18 de agosto de 2003 Visto en la Orden del Día de la Sesión Ordinaria de Conce- jo convocada para la fecha el Dictamen Nº 011-2003/CALM-BRC/MDLCH de la Comisión Permanente de Regidores deAsuntos Legales, Margesí de Bienes y de Registro Civil de laMunicipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica; CONSIDERANDO: Que, puesto a consideración del Concejo el dictamen de vistos y los Informes Nº 046-2003/MDLCH-GA de laGerencia de Administración de fecha 14.8.03, Nº 132-2003/MDLCH-SGL de la Subgerencia de Logística de fecha14.8.03 y Nº 1375-2003/MDLCH-GAJ de la Gerencia deAsesoría Jurídica de fecha 15.8.03, referentes a la propues-ta presentada por la Comisión Permanente de Regidorespara ampliar la Situación de Urgencia para la Adquisiciónde Productos para el Programa del Vaso de Leche del dis-trito hasta por 60 días contados a partir del 19 de agostodel 2003, para la adquisición de hasta 154,071 unidadesde leche evaporada entera hasta por un monto de272,705.67 nuevos soles; teniendo en cuenta el vencimientodel plazo ampliatorio concedido por Acuerdo de ConcejoNº 033-2003/CDL del 21 de mayo del 2003 para estos efec-tos, así como el Contrato bajo la modalidad de Menor Cuan-tía; Que, asimismo, se dio a conocer al Concejo que debido a algunas observaciones realizadas por un postor, las mis-mas que a la fecha han sido levantadas por CONSUCODEy encontrándose el Proceso de Selección aún en la etapade integración de las Bases Administrativas, faltando com-plementar con la presentación de propuestas, su evalua-