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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (03/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 74

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G37/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de setiembre de 2003 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G2D /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G76/G65/G63/G69/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G64/G65/G70/G6F/G72/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 058 -MDSMP San Martín de Porres, 11 de agosto del 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES. POR CUANTO El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de agosto del 2003, Visto el Dicta-men S/N -2003/CCED, de la Comisión de Cultura, Educa- ción y Deporte, por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; aprobó la siguiente: ORDENANZA REFERIDA A LA ADMINISTRACIÓN VECINAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS PÚBLICAS EN EL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETIVOS .- La presente ordenanza tie- ne por finalidad normar y reglamentar el proceso de consti- tución, administración y evaluación de los convenios queautorizan la administración vecinal en instalaciones depor-tivas publicas, así como el desarrollo de actividades depor-tivas y recreativas a excepción de las construidas por elI.P.D. existentes dentro de la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres. Artículo 2º.- FINALIDAD .- Dotar a la municipalidad y a las organizaciones sociales de un instrumento normativo que per-mita regular la correcta administración de instalaciones deporti-vas, en beneficio de la comunidad y del medio ambiente. Artículo 3º.- ALCANCE .- La aplicación de la presente Or- denanza regirá para todas las instalaciones deportivas de uso publico de la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres,así como a las organizaciones de vecinos como los siguientes: a) Asociaciones de Propietarios b) Asociaciones de Viviendas c) Juntas y Comités Vecinalesd) Comité de Administracióne) Instituciones Deportivas y Culturalesf) Otras que por su naturaleza y/o carácter estén vincu- ladas al área deportiva y recreacional. Artículo 4º.- La administración de una losa deportiva estará a cargo de un comité vecinal de parque o áreas ver-des, que estará integrado por los asociados de la (as) orga-nización (es) social (es) consideradas en el convenio de autorización, previamente calificadas. Artículo 5º.- Para el caso de la presente Ordenanza, sobre las instalaciones deportivas que no estén ubicadasen parques, se constituirá el comité vecinal de áreas ver-des, debiendo ocuparse del mantenimiento de la berma cen-tral de la avenida más próxima a la losa. Artículo 6º.- Los niveles administrativos de las instala- ciones deportivas se establecen en el orden siguiente: 4.1.- Primer Nivel: La Municipalidad de San Martín de Porres. 4.2.- Segundo Nivel: Las Organizaciones de Vecinos a que se hace referencia en el Artículo 3º de la presente Or-denanza, a quienes se les puede facultar la administraciónde las instalaciones deportivas mediante la suscripción delconvenio respectivo. TÍTULO II DE LA BASE LEGAL Artículo 7º.- El presente Reglamento se sustenta en la normatividad siguiente: - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.- Ley Nº 28036 - Ley de Promoción y Desarrollo del De- porte.- D.S. Nº 27337 - Código de los Niños y adolescentes. - D.S. Nº 063 - 70 - VI - Reglamento de Construcciones. Artículos II - VI - 4.2 y II - VI - 4.5. TÍTULO III DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Artículo 8º.- Para la administración adecuada y eficien- te de las instalaciones deportivas, éstas se clasifican de lasiguiente manera: 8.1.- Instalaciones deportivas menores: - Losas deportivas simples: para la practica de una dis- ciplina deportiva. - Losas deportivas múltiples: para la practica de dos o más disciplinas deportivas. 8.2.- Instalaciones deportivas mayores: - Complejos deportivos. - Campos de fútbol. Artículo 9º.- La conservación y mejoramiento físico de las instalaciones deportivas públicas que no pertenezca al I.P.D. estarán a cargo de las organizaciones de vecinos que asuman la responsabilidad mediante convenio. TÍTULO IV DE LA ADMINISTRACIÓN Artículo 10º.- La administración de las instalaciones de- portivas públicas, corresponde a la Municipalidad de SanMartín de Porres, la misma que puede autorizar su admi-nistración a los comités vecinales de parques y/o áreas ver-des a través de convenios a suscribirse para tal fin. Artículo 11º.- Corresponde a la Dirección de Servicios Sociales, la suscripción de los convenios autorizando laadministración de las instalaciones deportivas a los comi-tés de administración peticionaria, previo informe de la Je-fatura de Cultura, Educación y Deporte. Artículo 12º.- La supervisión y cumplimiento de los con- venios suscritos por la Municipalidad de San Martín de Po- rres con los comités de administración estará a cargo de laDirección de Servicios Sociales, conjuntamente con la Je-fatura de Educación, Cultura y Deporte. Artículo 13º.- La infraestructura deportiva es para el uso preferencial de los niños, adolescentes, personas con dis- capacidad y adultos mayores que residen en el distrito de San Martín de Porres, para lo cual se establecen horariosgratuitos y adecuados los que deberán ser incluidos obliga-toriamente dentro de los convenios a suscribirse. TÍTULO V DE LA CONSTITUCIÓN DE LOS COMITÉS VECINALES Artículo 14º.- El comité vecinal de parque y/o área verde está constituido por los asociados de las organizaciones socia-les contempladas en el artículo 3º de la presente Ordenanza. Dichas instituciones deberán ser previamente reconoci- das por la Autoridad Municipal y/o presentar personería ju- rídica debidamente inscrita en los Registros Públicos o re-conocida por Ley, y deben estar ubicados dentro de un ra-dio de tres (3) manzanas, tomando como referencia la ubi-cación de la losa deportiva. Artículo 15º.- Cada organización social participante aprobará en asamblea de asociados la decisión de integrar el comité vecinal de parque o área verde, quien se ocuparáde la administración de las instalaciones deportivas. Artículo 16º.- Una vez definida a las organizaciones integra- das del comité vecinal de parque y/o área verde, se convocará ala asamblea general de socios de dichas organizaciones, para la constitución del comité y la elección del consejo directivo. Artículo 17º.- El consejo directivo estará constituido por los siguientes miembros: a) Presidente. b) Secretario de Actas.c) Secretario de Economía. d) Secretario de Deportes. e) Secretario de Eventos Culturales y Recreativos.f) Secretario de Defensa del Medio Ambiente.g) Fiscal. Artículo 18º.- La elección se realizará a mano alzada y de cargo en cargo, con la propuesta mínima de dos candidatos, eneste proceso participará como veedor de la Municipalidad unmiembro de la Oficina de Participación Vecinal. Artículo 19º.- Todas las organizaciones intervinientes tendrán cuando menos un representante en el consejo di- rectivo, en el caso que no hubiese miembros suficientes la asamblea general determinará los cargos a ocupar, siendo