NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (11/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 8
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G31/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de setiembre de 2003 Viáticos: US$ 200.00 x 6 días x 5 Personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 28.00 x 5 Personas (PERÚ) US$ 18.00 x 5 Personas (CHILE) Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio o término del nombramiento,sin exceder el plazo total establecido. Artículo 4º.- El citado Personal Superior, deberá cum- plir con sustentar lo señalado en los Artículos 6º y 10º delDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos adua-neros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros yel Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 16697 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65 /G64/G65/G73/G69/G67/G6E/GF3/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G4A/G75/G6E/G74/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G79/G61/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G6F/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G70/G65/G72/G6D/G61/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G45/G41 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 311-DE/EP Lima, 10 de setiembre de 2003 Visto los antecedentes relacionados con el nombra- miento del representante del Perú ante la Junta Intera-mericana de Defensa (JID), con sede en Washington, Es- tados Unidos de Norteamérica. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 041-DE/SG de 15 diciembre 1989, el nombramiento de los Agregados Castrenses acre-ditados ante las Embajadas del Perú y los OrganismosInternacionales se efectúa mediante Resolución Supre-ma; Que, conforme lo establece el artículo 11º del acotado Decreto Supremo Nº 041-DE/SG, los Oficiales Generales y Almirantes, así como los Oficiales Superiores nombra-dos como miembros de la Junta Interamericana de De-fensa, serán acreditados como Agregados Militares antela Organización de Estados Americanos (OEA), previo trá-mite ante el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, mediante Resolución Suprema Nº 186-DE/EP, de 2 diciembre de 2002, se designó al Coronel EP (R) HéctorBERTRÁN LORA, como representante del Perú a órde-nes del Ministerio de Relaciones Exteriores, ante la JuntaInteramericana de Defensa (JID) con sede en Washing-ton, Estados Unidos de Norteamérica; Que, asimismo por Resolución Ministerial Nº 0011/RE, de 13 enero 2003, el Ministerio de Relaciones Exterioresacredita al citado Oficial Superior, como Representantedel Perú ante la Junta Interamericana de Defensa, a partirdel 1 diciembre de 2002; Que, al momento de remitir los formularios de acredi- tación del Coronel EP (R) Héctor BERTRÁN LORA al se- ñor Embajador Representante Permanente del Perú antela Organización de Estados Americanos, se ha advertidoque el citado Agregado Militar no ha sido nombrado anteesa representación permanente, no pudiendo ser acredi-tado por dicha Misión Diplomática; Que, en consecuencia, es necesario modificar el texto de la Resolución Suprema mediante la cual se designa alCoronel EP (R) Héctor BERTRÁN LORA, como represen- tante del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa,autorizando su nombramiento como Representante delPerú a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Junta Interamericana de Defensa y además como Agregado Militar a la Representación Permanente del Perúante la Organización de Estados Americanos; Estando a lo propuesto por el señor General de Ejérci- to, Comandante General del Ejército y a lo acordado porel señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar, en vía de regularización, el Artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 186-DE/EP, defecha 2 diciembre de 2002, cuyo texto es el siguiente: "Designar, a partir del 1 de diciembre de 2002, al se- ñor Coronel de Caballería (R) Héctor BERTRÁN LORA,como Representante del Perú a órdenes del Ministerio deRelaciones Exteriores, ante la Junta Interamericana deDefensa y además, como Agregado Militar a la Represen- tación Permanente del Perú ante la Organización de Es- tados Americanos". Artículo 2º.- La presente resolución no origina gasto adicional alguno al Estado Peruano. Artículo 3º.- Esta resolución será refrendada por los señores Ministros de Defensa y de Relaciones Exterio- res. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 16845 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G65/G7A/G61/G20/G63/G72/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G2D /G73/G6F/G73/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G75/G65/G72/G7A/G61/G20/G41/GE9/G2D /G72/G65/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1001-DE/FAP-CP Lima, 27 de junio de 2003 Visto el Oficio V-70-HCAL-Nº 0425 de fecha 3 de mar- zo 2003, del Director del Hospital Central de la FAP, me-diante el cual solicita se expida una Resolución Ministe- rial que declare como bienes y servicios de naturaleza crítica, en la Fuerza Aérea del Perú, los que se indican enel Anexo que se adjunta y que forma parte integrante dela presente Resolución, en concordancia con lo que esta-blece el Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y en su Reglamento aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM expedido el 12 de febrero del 2001 se aprobó el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, que contiene las normas que deben observar las entidades del Sector Público en los procesos de con- trataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras; Que mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM ex- pedido el 12 de febrero del 2001, se aprobó el Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que el Artículo 16º numeral 2) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, seña- la que los bienes y servicios de naturaleza crítica son aque-llos con los que las Entidades Prestadoras de Salud de-ben contar en forma permanente para asegurar la conti-nuidad de sus actividades operativas; Que el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM en su Ar- tículo 16º establece un tratamiento especial para los pro- cesos de selección, cuando se trata de bienes y servicios