NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (25/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 112
TEXTO PAGINA: 110
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G32/G30/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 25 de setiembre de 2003 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G30/G33/G2D/G4D/G53/G53 /G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G70/G6C/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G63/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G65/G6D/G69/G72/G72/GFA/G73/G74/G69/G63/G61/G73 ORDENANZA Nº 153-MSS Santiago de Surco, 12 de setiembre de 2003 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 103-MSS, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1.JUN.2002, se aprobó el Planeamiento Integral para las Parcelaciones Semirrústi-cas Las Casuarinas, Lomas de Monterrico, Laderas de Mon-terrico y Panedia, que contiene zonificación y vías locales; Que, se ha establecido la necesidad de efectuar la mo- dificación de determinadas secciones viales contenidas en la antes citada Ordenanza Nº 103-MSS, atendiendo a ra- zones y consideraciones técnicas relativas al flujo del trán-sito e impacto vial; Que, en atención a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 273-MML que aprobó Nor-mas Urbanísticas Metropolitanas en materia de Habilita- ciones Urbanas para la provincia de Lima, Ordenanza Nº 224-MML - Reglamentaria del Plan Urbano Distrital de San-tiago de Surco 1996-2010-PUDSS, Ordenanza Nº 341-MMLque aprobó el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima,Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Decreto Su-premo Nº 063-70-VI que aprobó el Reglamento Nacional de Construcciones; Estando a los Informes Nºs. 328 y 475-2003-SDOPRIV- DDU-MSS, 225-2003-DDU-MSS y 1393-2003-OAJ-MSSemitidos por la Subdirección de Obras Privadas, Direcciónde Desarrollo Urbano y Oficina de Asesoría Jurídica, res-pectivamente; contando con los Dictámenes favorables Nºs 014-2003-CDU/MSS y 066-2003-CAL/MSS de las Comi- siones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Legales, res-pectivamente; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º in- ciso 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, por Unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 103-MSS Artículo 1º.- Modificar el inciso A numerales A1, A2 y el inciso B numerales B5, B8, B9 y B10 del Artículo Se- gundo de la Ordenanza Nº 103-MSS que aprobó el Pla-neamiento Integral de las Parcelaciones Semirrústicas LasCasuarinas, Lomas de Monterrico, Laderas de Monterricoy Panedia, incisos y numerales que quedarán con el textosiguiente: “A. VÍAS PREFERENCIALES: A.1 CA. El Cascajal Tramo entre calle Las Colinas hasta su empalme con calle Jacarandá Sección D-D 12.00 ml. A.2 CA. Las Colinas Tramo entre la avenida Tomasal y calle El CascajalSección F-F 10 ml. B. VÍAS LOCALES SECUNDARIAS: B.5 Ca. Las Colinas Tramo entre calle El Cascajal y calle Cerro San FranciscoSección F-F 10.00 ml. B.8 Ca. Las Canteras Tramo entre calle Las Laderas y el finalSección I-I 10.60 ml. B.9 Ca. Las Poncianas Tramo desde calle El Cascajal hasta el finalSección E-E 11.00 ml.B.10 Ca. Las Cucardas Tramo entre la calle El Cascajal hasta calle Cerro San Francisco Sección E-E 11.00 ml.” Artículo 2º.- Aprobar el Plano Nº PV 001-2003-DDU- MSS, correspondiente a las secciones viales a que se re-fiere el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 103-MSS, elque como Anexo I, forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Derogar el Artículo Tercero de la Orde- nanza Nº 103-MSS. Artículo 4º.- Ratificar lo dispuesto por la Ordenanza Nº 103-MSS en lo demás que contiene. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 17700 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G30/G37/G20/G79/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G63/G75/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G6F/G72/G63/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 111 Villa María del Triunfo, 30 de agosto del 2003 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de agosto del 2003, bajo la presidencia del señor Teniente Al-calde, Dr. Emiliano Yrribarren Chamorro, y con la asisten-cia de los señores Regidores: Sra. Gina Casafranca Del-gado, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sr. Javier Salas Za-malloa, Sr. Eudaldo Viches Silva, Sr. David Romero Ríos,Sr. Donato Izarra Palomino y Sr. Elías Vara Franco; se tratósobre prórroga de beneficios tributarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 107 de fecha 31.JULIO.2003 se prorroga hasta el 29.AGOSTO.2003, lossiguientes beneficios tributarios: para pensionistas recono-cidos por la Municipalidad (Ordenanza Nº 102 del31.MAYO.2003) y PERLAE (Ordenanza Nº 104 del 28.JU-NIO.2003); Que, habiéndose comprobado asimismo la existencia significativa de deudas por cobrar correspondientes a arbi-trios municipales de los años no prescritos, deviene nece-sario adoptar medidas que faciliten su cumplimiento; Que, el Pleno del Concejo considera prudente prorro- gar los beneficios tributarios referidos en el primer consi-derando, así como otorgar facilidades para recuperar lasdeudas referidas en el segundo considerando; De conformidad con los Arts. 9º, Inc. 8) y 40º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; con el Dictamenfavorable de la Comisión de Economía, Planificación y Pre-supuesto; con el Voto Unánime de los señores Regidores;y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se haemitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia del artí- culo 1º de la Ordenanza Nº 107 hasta el 30.setiembre.2003,referido a beneficios de los pensionistas conforme al artí-culo 19º del Decreto Legislativo Nº 776. Artículo Segundo.- PRORROGAR la vigencia del ar- tículo 3º de la Ordenanza Nº 107 hasta el 30.setiem-