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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (25/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 99

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G31/G39/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 25 de setiembre de 2003 a) Se encuentren enfermos. b) Estén gozando licencia concedida por el Concejo.c) A los suspendidos en el ejercicio de sus funciones.d) Se encuentran fuera de la provincia de Lima, por un período de más de (3) días y menos de (30) días. e) Los miembros comprendidos en el inciso a) y d) acre- ditarán en cada caso, las contingencias previstas para losfines legales establecidos en la Ley Orgánica de Municipa-lidades. Artículo 7º.- Los miembros del Concejo son responsa- bles individualmente por los actos violatorios de la Ley quepractiquen en el ejercicio de su cargo. Son solidariamente responsables por los acuerdos adop- tados por el Concejo que sean violatorios de la Ley a me-nos que salven expresamente su voto, de lo que debe que-dar constancia en el acta. Artículo 8º.- Para poder ejercer el cargo de Alcalde o Regidor es requisito indispensable la juramentación con-forme a Ley. Artículo 9º.- El Alcalde, Teniente Alcalde y Regidores, están obligados a presentar su Declaración Jurada de Bie-nes y Rentas dentro de los quince días de su Juramenta-ción y al concluir su mandato bajo responsabilidad. Artículo 10º.- Los miembros del Concejo tienen la obli- gación de ejercer sus cargos con responsabilidad, plenorespeto a los demás miembros del Concejo y al vecindario. Artículo 11º.- Por actos de indisciplina, los miembros del Concejo, pueden ser sancionados: a) Con amonestación escrita y reservada. b) Con amonestación pública.c) Con Multa equivalente al 50% de la Unidad Impositi- va Tributaria vigente, la misma que podrá ser descontadade las dietas o remuneraciones que perciba el infractor. En la determinación precisa de la sanción, quienes de- ban proponerla, actuarán con el criterio de conciencia,constituyendo precedente para ser aplicado en casos si-milares. DEL ALCALDE Artículo 12º.- Es el representante legal de la Municipa- lidad, le corresponde ejercer las funciones ejecutivas delGobierno Local, sus atribuciones, funciones y preeminen-cias, son las que establecen la Constitución Política, la LeyOrgánica de Municipalidades y las demás leyes y normasconcordantes con ellas. Artículo 13º.- Las atribuciones políticas del Alcalde pueden ser delegadas a un Regidor hábil; las administra-ciones en el Gerente Municipal. Artículo 14º.- No pueden ser materia de delegación las siguientes facultades del Alcalde: a) Convocar y presidir las Sesiones de Concejo. b) Promulgar las Ordenanzas.c) Dictar Decretos y Resoluciones.d) Someter a la aprobación del Concejo Municipal, el proyecto de Presupuesto Anual, la Memoria de GestiónEdilicia y la Cuenta General del ejercicio económico fene-cido. e) Nombrar y remover al personal administrativo y de servicio así como otorgarles permisos y licencias; y, f) Tramitar y someter al Concejo los pedidos que formu- len los vecinos y que deban ser materia de Acuerdo deConcejo. DEL TENIENTE ALCALDE Artículo 15º.- El Teniente Alcalde es el Regidor que si- guió al Alcalde en su propia lista electoral. Artículo 16º.- Corresponde al Teniente Alcalde asumir la Alcaldía cuando se produce la vacancia de ésta por lascausas previstas en la Ley. Artículo 17º.- El Teniente Alcalde reemplaza transito- riamente al Alcalde en casos de licencia o impedimentotemporal. Si el Teniente Alcalde estuviera impedido tempo-ralmente para desempeñar la Alcaldía, el cargo lo asumiráel Regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Artículo 18º.- El Teniente Alcalde tiene las siguientes atribuciones: a) Ejercer las funciones y atribuciones que le delegue el Alcalde. b) Asumir su representación en los casos que el Alcal- de determine.c) Coordinar con las Comisiones del Concejo en lo re- ferente a las funciones normativas y fiscalizadoras que lescorresponde. d) Las demás que le otorga la Ley. DE LOS REGIDORES Artículo 19º.- Los Regidores tienen las siguientes obli- gaciones y atribuciones: a) Proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos. b) Integrar las Comisiones Permanentes o Especiales que designe el Concejo de acuerdo al presente Reglamento. c) Concurrir a las Sesiones de Concejo y votar en todos los asuntos que se proponga a consideración del cuerpoedilicio, a menos que se trate de cuestiones en las quedeban inhibirse por tener un interés personal en el asuntopuesto a debate. d) Desempeñar por delegación las atribuciones políti- cas del Alcalde. e) Ejercitar función de fiscalización y vigilancia de los actos de la administración municipal. f) Representar al Alcalde por encargo de éste en actos, ceremonias oficiales y ante organismos e instituciones pú-blicas y privadas. g) Las demás que señale la Ley. Artículo 20º.- Los Regidores están obligados a mante- ner una conducta acorde con la función que realizan den-tro de la Comunidad, guardando el elemental concepto derespeto a la dignidad de la persona, familia, y miembros delConcejo. Artículo 21º.- Los Regidores son responsables de los abusos, faltas y transgresiones que cometan en el ejerciciode sus funciones. Cuando corresponda el Concejo acorda-rá la sanción disciplinaria pertinente. Artículo 22º.- Los Regidores están obligados a concu- rrir a las Sesiones del Concejo, su inconcurrencia injustifi-cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas y seis (6)no consecutivas en el período de tres (3) meses, ocasionala vacancia del cargo. Artículo 23º.- Los Regidores que pidan licencia o re- nuncien a sus funciones en Comisiones, no podrán dejarde atenderlas hasta que sea aceptada. Artículo 24º.- Los Regidores que no concurran a se- sión o asistan después de iniciada la estación de Orden delDía, o se retiren antes de iniciada dicha estación, no perci-birán la dieta que establece la Ley. Artículo 25º.- Toda investigación y vigilancia de los ac- tos de la administración Municipalidad de Chorrillos queefectúen los Regidores será previamente puesta en cono-cimiento del Alcalde, así como de los Regidores que presi-dan la Comisión cuya área de servicios pueda ser motivode investigación y fiscalización. Artículo 26º.- Al efecto del articulo anterior, el Regidor que estime necesario fiscalizar e investigar cualquiera delas áreas deberá dirigirse por escrito al Alcalde, quien porintermedio del Gerente Municipal, tramitará de inmediatoel pedido a fin de que los funcionarios o personas someti-das a la jurisdicción correspondiente respondan por escri-to los antedichos bajo responsabilidad. Los funcionarios y personas sometidas a la jurisdicción municipal, responderán al solicitante por escrito también através de la Secretaría General, sobre los antedichos bajoresponsabilidad. TÍTULO III DE LAS SESIONES EN GENERAL Artículo 27º.- El Concejo puede celebrar Sesiones Or- dinarias, Extraordinarias y Solemnes. Todas ellas son públicas, aunque el Alcalde puede de- cidir que determinados asuntos se traten en forma reser-vada atendiendo su naturaleza. Artículo 28 .-El Alcalde convoca a sesión y establece la agenda de la misma. El Secretario General, por orden delAlcalde, cita a los Regidores mediante esquelas con unaanticipación no menor de dos (2) días hábiles a la misma.Para las Sesiones Extraordinarias se citará dentro de loscinco (5) días hábiles . Artículo 29º.- Para efectos del cómputo del quórum y las votaciones se considera el número legal de miembrosdel Concejo Municipal, al Alcalde y los Regidores hábiles.Se considera como número hábil de Regidores el numerolegal menos el de los Regidores con Licencia o Suspendi-dos.