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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (29/09/2003)

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PÆg. 252221 NORMAS LEGALES Lima, lunes 29 de setiembre de 2003 tro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintio- cho días del mes de setiembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 17874 ENERGÍA Y MINAS Disponen tener a Electro Puno S.A.A. como titular de diversas servidumbresde electroductos de líneas de distribu-ción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 371-2003-MEM/DM Lima, 8 de setiembre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 22013795, sobre imposi- ción de la servidumbre de electroducto para la línea dedistribución 22,9 kV Azángaro - Arapa - Chupa y la soli- citud de transferencia presentada por ELECTRO PUNO S.A.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 069-94-EM de fecha 7 de octubre de 1994, se otorgó a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidaddel Sur Este S.A. – ELECTRO SUR ESTE S.A. (hoy ELECTRO SUR ESTE S.A.A.), concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctri-ca en la zona donde se encuentra la línea de distribución 22,9 kV Azángaro - Arapa - Chupa, aprobándose el Con- trato de Concesión Nº 010-94; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 142-96-EM/ VME de fecha 25 de marzo de 1996, se impuso la servi- dumbre de electroducto para la línea de distribución 22,9kV Azángaro – Arapa - Chupa, conforme al inciso b) del artículo 110º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Conce- siones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por elDecreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, mediante Resolución Suprema Nº 009-2000- EM de fecha 26 de enero de 2000, la concesión defini-tiva mencionada en el primer considerando de la pre- sente Resolución fue transferida a favor de ELECTRO PUNO S.A.A., en razón del Acta de Transferencia deConcesiones, Servidumbres, Sistemas de Transmisión y Distribución Eléctrica y Acervo Documentario suscri- to el 11 de noviembre de 1999 entre ELECTRO SURESTE S.A.A. y ELECTRO PUNO S.A.A., en virtud del cual la primera transfiere a favor de la segunda los derechos y obligaciones derivadas del Contrato deConcesión Nº 010-94; Que, mediante Resolución Suprema Nº 106-2000- EM de fecha 7 de diciembre de 2000, se aprobó a favorde ELECTRO PUNO S.A.A. la ampliación de las zonas de concesión no consideradas en la Resolución Supre- ma Nº 069-94-EM, para desarrollar la actividad de distri-bución de energía eléctrica; Que, de acuerdo con los artículos 1035º y 1036º del Código Civil, concordados con el artículo 111º de la Leyde Concesiones Eléctricas, y los artículos 216º y si- guientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Su- premo Nº 009-93-EM, la servidumbre eléctrica es underecho que se constituye en beneficio de la concesióndefinitiva de la cual es inseparable, sólo puede transmi- tirse con ella y subsiste mientras ella se encuentre vi-gente; Que, en virtud de la transferencia referida en el ter- cer considerando de la presente Resolución, la titularadquirió todos los derechos y obligaciones inherentes a la concesión definitiva, entre los cuales está la servi- dumbre de electroducto cuya transferencia a su favorha solicitado formalizar mediante la correspondiente Resolución Ministerial, de acuerdo con el artículo 111º de la Ley de Concesiones Eléctricas, por lo que resultaprocedente la transferencia solicitada; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la titular ha cumplido con los requi-sitos exigidos en la normatividad legal vigente, ha emiti- do el Informe Nº 146-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º. - Tener a ELECTRO PUNO S.A.A. como titular de la servidumbre de electroducto de la línea dedistribución 22,9 kV Azángaro - Arapa - Chupa, a que se refiere la Resolución Ministerial Nº 142-96-EM/VME de fecha 25 de marzo de 1996. Artículo 2º. - ELECTRO PUNO S.A.A., ejercerá los derechos y obligaciones inherentes a la servidumbre de electroducto, de acuerdo con la Ley de ConcesionesEléctricas, su Reglamento y la Resolución Ministerial Nº 142-96-EM/VME. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 17292 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 372-2003-MEM/DM Lima, 8 de setiembre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 22012595, sobre imposi- ción de la servidumbre de electroducto para la línea dedistribución 22,9 kV Juliaca – Deustua, y la solicitud de transferencia presentada por ELECTRO PUNO S.A.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 069-94-EM de fecha 7 de octubre de 1994, se otorgó a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A. – ELECTRO SUR ESTE S.A. (hoyELECTRO SUR ESTE S.A.A.), concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctri- ca en la zona donde se encuentra la línea de distribución22,9 kV Juliaca – Deustua, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 010-94; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 128-96-EM/ VME de fecha 18 de marzo de 1996, se impuso la servi- dumbre de electroducto para la línea de distribución 22,9 kV Juliaca – Deustua, conforme al inciso b) del artículo110º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, mediante Resolución Suprema Nº 009-2000- EM de fecha 26 de enero de 2000, la concesión definitiva mencionada en el primer considerando de la presenteResolución fue transferida a favor de ELECTRO PUNO S.A.A., en razón del Acta de Transferencia de Concesio- nes, Servidumbres, Sistemas de Transmisión y Distribu-ción Eléctrica y Acervo Documentario suscrito el 11 de noviembre de 1999 entre ELECTRO SUR ESTE S.A.A. y ELECTRO PUNO S.A.A., en virtud del cual la primeratransfiere a favor de la segunda los derechos y obliga- ciones derivadas del Contrato de Concesión Nº 010-94; Que, mediante Resolución Suprema Nº 106-2000- EM de fecha 7 de diciembre de 2000, se aprobó a favor de ELECTRO PUNO S.A.A. la ampliación de las zonas de concesión no consideradas en la Resolución Supre-