Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2003 (29/09/2003)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 29 de setiembre de 2003

Articulo 1º.- Aprobar, en vias de Regularizacion, la donacion efectuada por la entidad donante World Vision International Canada, con Sede en la MORDAZA de Toronto, Canada, consistente en diecinueve (19) bultos de ropa nueva para adultos, con un peso MORDAZA aproximado de 8,820 kgs. y un valor aproximado de US$ 1,000.00 (UN MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) a favor de World Vision International. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, a la Contraloria General de la Republica, a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y a la entidad solicitante para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 17844

Articulo 2º.- El INABIF se encargara de realizar los actos administrativos para el ingreso y registro de los bienes materia de la presente donacion. Articulo 3º.- Agradecer a la entidad Tsao Chung Gih Foundation y a la Camara de Comercio de Taiwan en Peru por su importante gesto altruista. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Camara de Comercio de Taiwan en Peru, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar y a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 17837

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Canada, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 788-2003-MTC/02 MORDAZA, 23 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares internacionales aeronauticos establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aprobados para el desarrollo de las operaciones aereas dentro de los estandares de seguridad internacionales por parte de los tripulantes tecnicos, se evalua, entre otras formas, a traves de chequeos en simuladores de vuelo, servicio que es brindado por empresas ubicadas en el extranjero; Que, con Carta ACQ JINST Nº 635-2003, del 9 de setiembre de 2003, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), estable-

Aceptan donacion efectuada a favor del INABIF
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 567-2003-MIMDES MORDAZA, 19 de setiembre de 2003 Vistos, el Oficio Nº 599-2003/INABIF-P de fecha 16 de junio de 2003, emitido por el Presidente del Instituto Nacional de Bienestar Familiar; CONSIDERANDO: Que, con Carta de Donacion de fecha 21 de MORDAZA de 2003, la entidad Tsao Chung Gih Foundation, con sede en la MORDAZA de Taipei, Taiwan, conjuntamente con la Camara de Comercio de Taiwan en Peru, han adjudicado a favor del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, 120 (CIENTO VEINTE) sillas de ruedas, con un peso MORDAZA aproximado de 2,700.00 Kgs. y un valor aproximado de US$ 6,408.00 (SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), amparados entre otros documentos, en el Conocimiento de Embarque Nº K033700537 y Factura Comercial Nº JSDYCJ030408 de fecha 23 de MORDAZA de 2003; Que, la donacion se destinara para la atencion de la poblacion objetivo del INABIF, por lo que resulta necesario aceptar la donacion efectuada, asi como agradecer a las mencionadas entidades por su importante gesto altruista; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Decreto Supremo Nº 0082002-MIMDES que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, el Articulo 15º incisos d) y e) del Decreto Legislativo Nº 809 - Ley General de Aduanas, y el Articulo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, la donacion efectuada por la entidad Tsao Chung Gih Foundation, con sede en la MORDAZA de Taipei, Taiwan, conjuntamente con la Camara de Comercio de Taiwan en Peru, en favor del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, consistente en 120 (CIENTO VEINTE) sillas de ruedas, con un peso MORDAZA aproximado de 2,700.00 Kgs. y un valor aproximado de US$ 6,408.00 (SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS).

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