NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (29/09/2003)
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PÆg. 252231 NORMAS LEGALES Lima, lunes 29 de setiembre de 2003 plotadores aeronáuticos peruanos deberán haber completado el respectivo proceso de certificación téc-nica y operativa que conlleva la incorporación e im- plantación de las referidas disposiciones adoptadas por la Organización de Aviación Civil Internacional -OACI, proceso que abarca aeronaves, tripulación de vuelo, personal de mantenimiento, programas de ins- trucción, entre otros; Que, para tal efecto, resulta indispensable capacitar a los Inspectores de la Dirección General de Aeronáuti- ca Civil en las materias que serán tratadas en la SextaReunión/Taller de Trabajo de Autoridades y Planificado- res de Gestión de Tránsito Aéreo (ATM) de la Región Caribe y Sudamérica (CAR/SAM), a fin de que se encuen-tren preparados para llevar a cabo adecuadamente las funciones de supervisión, control y vigilancia que les asigna la Ley de Aeronáutica Civil y su Reglamento, enlos procesos de certificación técnico-operacional de los operadores aéreos nacionales; Que, en virtud de lo expuesto, se ha considerado necesaria la participación de los señores: Luis Zavala Sierra y Fernando Hermoza Hubner, Inspectores de aeronavegabilidad y navegación aérea de la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, respectivamente, en la Sexta Reunión/Taller de Trabajo de Autoridades y Plani- ficadores ATM de las Regiones CAR/SAM para la Im-plantación RVSM, rutas RNAV y RNP, a realizarse en la ciudad de San José, Costa Rica, del 29 de setiembre al 3 de octubre del 2003; Que, el viaje de los mencionados funcionarios será financiado dentro del marco del Acuerdo de Gestión de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Na- ciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposi-ción Complementaria de la Ley Nº 27261; conforme a la Autorización de Beca Int. Nº 035-09-2003, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 019-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores: Luis Zavala Sierra y Fernando Hermoza Hubner, Inspecto- res de la Dirección General de Aeronáutica Civil, a laciudad de San José, Costa Rica, del 28 de setiembre al 3 de octubre del 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán financiados por el Acuerdo de Gestión de Servicios PER/01/801,celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comuni- caciones y la Organización de Aviación Civil Internacio- nal - OACI, conforme a la Autorización de Beca Int. Nº035-09-2003, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos personas) US$ 2,400.00 Pasajes (por dos personas) US$ 1,670.00 Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (por dos personas) US$ 56.48 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro delos quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los Inspectores mencionados en el artículo 1º deberán presentar un informe detallado al DespachoMinisterial y a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describien- do las acciones realizadas y los resultados obtenidosdurante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestoso derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 17832ORGANISMOS AUTÓNOMOS J N E Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora delConcejo Distrital de Los Morochucos,provincia de Cangallo RESOLUCIÓN Nº 169-2003-JNE Expediente Nº 954-03-Vac. Lima, 25 de setiembre de 2003 VISTO, el Expediente Nº 954-03-Vac, de fecha 27 de agosto último, presentado por Alfredo Gómez Alar- cón, Alcalde del Concejo Distrital de Los Morochucos,provincia de Cangallo, departamento de Ayacucho, solicitando se declare la vacancia de Efraín Tenorio Barbarán del cargo de Regidor de ese Concejo, porinconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, y manifestando que dicho ciudadano no juramentó al cargo; CONSIDERANDO: Que, a fojas 01 aparece que el ciudadano Efraín Te- norio Barbarán no ha prestado juramento al cargo de Regidor del Concejo Distrital de Los Morochucos, provin-cia de Cangallo, departamento de Ayacucho, para el que fue proclamado mediante Resolución Nº 039-2003-JNE de fecha 14 de enero de 2003, del Jurado Nacional deElecciones; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26997, el alcalde y los regidores debenjuramentar sus respectivos cargos para poder ejercer- lo; por tanto, al no haber juramentado el cargo de Regi- dor el ciudadano Efraín Tenorio Barbarán, éste no pudoconcurrir válidamente a las sesiones de Concejo para las que fue convocado, razón por la cual el Acuerdo de Concejo de fecha 29 de marzo de 2003, que declara suvacancia, y la Resolución Nº 0024-2003-MDLM/C-AYAC de fecha 25 de junio de 2003, en el mismo sentido, obran- tes de fojas 31 vuelta a 33 y de 40 a 41, respectiva-mente, son nulos; Que, no obstante lo expresado en el considerando anterior, si está acreditado en autos la intención del ciu-dadano Efraín Tenorio Barbarán de no asumir el cargo de Regidor para el que fue elegido, por cuanto pese a haber sido debidamente notificado para las sesiones defechas 14 y 28 de febrero y 15 y 29 de marzo de 2003, no concurrió a las mismas, según consta en las citacio- nes de fojas 6, 11, 16 y 21, y en las copias de las actasde fojas 25 a 33; Que, asimismo, obra en autos el cargo de notifica- ción de fecha 22 de julio de 2003, al ciudadano EfraínTenorio Barbarán, con copia del Acta de Sesión de Con- cejo de fecha 29 de marzo 2003 y la Resolución Nº 0024-2003-MDLM/C-AYAC ya referidas; y, respecto loscuales, según se acredita con el Acta de Sesión Extraor- dinaria de fecha 22 de agosto último, hasta esa fecha no se ha presentado recurso de apelación o revisión, lo queconstituye una clara demostración de la voluntad del ciudadano en mención en el sentido de no querer asumir el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Los Moro-chucos; Que, al no haber juramentado al cargo de Regidor el ciudadano Efraín Tenorio Barbarán, el Concejo Distritalde Los Morochucos se encuentra incompleto en el nú- mero de sus miembros, debiendo procederse de con- formidad con lo previsto en el artículo 35º de la Ley deElecciones Municipales Nº 26864, concordado con el artículo 24º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Munici- palidades" y convocar a la candidata no proclamada dela misma lista electoral, doña Herlinda Ayala Méndez, del Movimiento Independiente "Por el Desarrollo Social y Agrario de Morochucos", de acuerdo con la lista de can-didatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Can-