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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (01/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G38/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de abril de 2004 Que, visto el Informe Legal Nº 031-2004-GL-25/ONP emiti- do por la Gerencia Legal, con opinión favorable, se concluye que para la prórroga del plazo de los contratos de arrenda- miento de los inmuebles que vienen ocupando la ONP dondeoperan las oficinas departamentales de La Libertad y Junín (Primer y Segundo Piso), procede la exoneración, al encon- trarse dentro del supuesto establecido en el inciso g) del Artí-culo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; requiriéndose para tales efectos, de con-formidad con el Artículo 20º de la acotada Ley, emitirse la Re- solución Jefatural que la apruebe; De conformidad con lo dispuesto por el inciso g) de los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Artículo 116º de su Reglamen-to aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Di- rectiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Re- solución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, y en uso de lasfacultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 018-2004- EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la exoneración del Proceso de Adjudi- cación Directa Pública para prorrogar el plazo de vigencia de los contratos de arrendamiento de los inmuebles que vienen ocu- pando la ONP donde operan las oficinas departamentales de LaLibertad y Junín (primer y segundo piso), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración a pro- rrogar el plazo de los contratos de arrendamiento de los siguien- tes inmuebles ocupados por la Entidad donde operan las oficinas departamentales que a continuación se indican y por los plazos yvalores referenciales que se detallan seguidamente: Departamento Dirección Meses a Valor Prorrogar Referencial La Libertad Jr. Gamarra Nº 198-Trujillo , 12 S/.57,696.00 La Libertad Junín (1º Piso) Av. Giraldez Nº 875 (Primer Piso), 24 S/.51,288.00 Huancayo, Junín Junín (2º Piso) Av. Gir aldez Nº 875 (Segundo Piso), 24 S/.13,680.00 Huancayo, Junín TOTAL S/. 122,664.00 Para tal efecto deberá efectuarse el Proceso Adjudica- ción de Menor Cuantía, cuyo valor referencial es de S/ .122,664.00 (Ciento Veintidós Mil Seiscientos Sesenta yCuatro y 00/100 Nuevos Soles). El egreso que irrogue la contratación objeto de la pre- sente exoneración, se afectará a la Fuente de Finan-ciamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administración remita copia de la presente Resolución y de los informesque sustentan la presente exoneración, a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días calen- dario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lodispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER BERNARDO PENNY PESTANA Jefe 06369 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G4C/G65/G67/G61/G6C RESOLUCIÓN Nº 009-2004/SBN La Molina, 29 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) es un organismo público descentralizado, encargado delregistro, control y administración del patrimonio estatal, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas en mérito a lo dispuesto por la Ley Nº 27395; Que, mediante Resolución Nº 047-2003/SBN de fecha 30 de diciembre de 2003, se aceptó la renuncia del Geren- te Legal, quedando la plaza vacante, que cuenta con el financiamiento correspondiente; Que, mediante Resolución Nº 048-2003/SBN de fecha 31 de diciembre de 2003, se dispuso la encargatura de las funciones de la Gerencia Legal a la abogada Milagritos Pi-lar Pastor Paredes a partir del 1 de enero del 2004; Que, resulta necesario designar en forma permanente al funcionario de confianza que ejerza las funciones comoGerente Legal de la entidad, para garantizar el normal de- sarrollo de las actividades institucionales; Que, en virtud del artículo 13º del Estatuto de la Super- intendencia de Bienes Nacionales aprobado mediante De- creto Supremo Nº 131-2001-EF es de competencia de la Superintendente de Bienes Nacionales, designar los car-gos de confianza y nombrar, contratar, suspender, remo- ver o cesar al personal considerado en dichos cargos; Con la visación de la Oficina de Presupuesto, la Geren- cia de Administración, la Gerencia Legal y la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar en el cargo de Gerente Legal de la Superintendencia de Bienes Nacionales a la abogadaMilagritos Pilar Pastor Paredes a partir del 1 de abril del presente año. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 048-2003/ SBN. Regístrese, comuníquese y publíquese.AÍDA AMÉZAGA MENÉNDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 06370 SUNARP /G43/G6F/G6E/G66/G69/G72/G6D/G61/G6E/G20/G6F/G62/G73/G65/G72/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G6D/G65/G2D /G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G61/G6C/G20/G73/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/GF3/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G63/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN Nº 067-2004-SUNARP-TR-L Lima, 6 de febrero de 2004 APELANTE : Patricio Ato del Avellanal Carrera TÍTULO : Nº 234862 del 2 de diciembre de 2003 HOJA DE TRÁMITE : Nº 53980 del 24 de diciembre de 2003 REGISTRO : De Propiedad Inmueble de Lima ACTO : Cancelación de inscripción SUMILLA : Fe pública registral “De conformidad con el principio de fé pública registral, la resolución de un contrato de compraventa por el cual el vendedor recobra la propiedad de un predio, no conlleva la extinción de un contrato de arrendamiento que hubiese celebrado el comprador antes de la inscripción de la reso- lución del contrato”. I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCU- MENTACIÓN PRESENTADA Mediante el título venido en grado se solicita la inscrip- ción de la cancelación del contrato de arrendamiento cele- brado entre César Alfonso Altamirano Guevara y Julio Cé-sar Altamirano Cancharis casado con María Marina Gue- vara Llatas, inscrito en el asiento D 00001 de la partida electrónica 49059808 del Registro de Propiedad Inmueble