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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (07/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G36/G32/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de abril de 2004 Que, mediante Acuerdo de Directorio de Gerentes Regionales de Vistos, se determinó que el Presidente Regional expidiera la respectiva Resolución Ejecutiva Regional que autorice al Procurador Público Regionala iniciar las acciones legales contra el director y responsable del diario "Opinión Regional", señor Os- car R. Guerrero Torres, interponiéndole una denunciapor la presunta comisión del delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Genérica en agravio del Gobierno Regional de Lima, ilícito previsto y penadoen el artículo 438º del Código Penal, en razón a que esta persona ha cometido falsedad simulando, supo- niendo, alterando la verdad intencionalmente y con per-juicio de la institución, al ser responsable de la nota aparecida en dicha publicación en la edición Nº 44 de fecha 11 de marzo del 2004; señalando que el Gobier-no Regional de Lima adjudicó las Buena Pro de los distintos procesos de selección de ejecución de obra que allí se mencionan a personas jurídicas inexisten-tes o que aún no tenían la condición de tal o que no cumplían con los requisitos establecidos por ley para poder participar en los referidos procesos que convo-cara el Gobierno Regional de Lima, distorsionando la verdad de los hechos y alterando la realidad en cuanto al desarrollo de los procesos de selección, en cuanto ala respectiva presentación de los documentos pertinen- tes para proceder a su participación y posterior adjudi- cación en los procesos de selección, así como supo-niendo -sin prueba alguna- que la Alta Dirección de la institución habría cometido irregularidades en las adju- dicaciones realizadas por el Gobierno Regional de Lima,faltando a la verdad con el evidente objeto de crear en la opinión pública falsas e infundadas opiniones negati- vas acerca de la Gestión del Gobierno Regional deLima; Que, mediante el Informe de Vistos, la Gerencia Regio- nal de Infraestructura formula y presenta los descargosrespecto a lo publicado, desvirtuando uno a uno los argu- mentos que sustentan la nota contenida en el diario direc- cionado por el señor Oscar R. Guerrero Torres; Que, corresponde a la Presidencia Regional emitir la correspondiente Resolución Ejecutiva Regional que autorice al Procurador Público del Gobierno Regionalde Lima a denunciar, ante el Ministerio Público, a la persona de Oscar R. Guerrero Torres por la presunta comisión del delito Contra la Fe Pública, en la modali-dad de Falsedad Genérica, tipificado en el artículo 438º del Código Penal, en agravio del Gobierno Regional de Lima, por los fundamentos expuestos en la presenteResolución y conforme al sustento contenido en los documentos de Vistos; Con la conformidad de la Gerencia General Regional, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de la Gerencia Regional de Infraestructura, de la Gerencia Regional de Desarrollo Eco-nómico, de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente y de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y con la visación de la Subgerencia Re-gional de Asesoría Jurídica con la intervención de la Sub- gerencia Regional de Administración del Gobierno Regio- nal de Lima; En ejercicio de lo dispuesto por el inciso a) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regio- nales y en aplicación de lo establecido en el artículo 11ºdel Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público Regional, Dr. Javier Eduardo Barzola Farro, a denunciarpenalmente, ante el Ministerio Público, al señor Oscar R. Guerrero Torres, por la presunta comisión del delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Genérica enagravio del Gobierno Regional de Lima, ilícito tipificado en el artículo 438º del Código Penal. Artículo Segundo.- Remitir los antecedentes a la Pro- curaduría Pública Regional, transcribiendo la presente Resolución Ejecutiva Regional para su cumplimiento. Regístrese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 06891/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G4C/G61/G20/G55/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G49/G67/G6C/G65/G73/G69/G61/G73/G20/G43/G72/G69/G73/G74/G69/G61/G2D/G6E/G61/G73/G20/G45/G76/G61/G6E/G67/GE9/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 078-2004-PRES Huacho, 30 de marzo del 2004VISTOS; el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Lima y La Unión de IglesiasCristianas Evangélicas del Perú; y, CONSIDERANDO;Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, conautonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es Principio rector de la política y gestión del Go- bierno Regional la inclusión y desarrollo de políticas y ac- ciones integrales dirigidas a promover la inclusión econó- mica, social, política y cultural, de jóvenes, personas condiscapacidad o grupos tradicionalmente marginados exclui- dos y marginados del Estado; Que, es facultad del Presidente Regional suscribir Con- venios con el apoyo de entidades públicas y privadas, en el marco de su competencia; Que, por el documento de Vistos, el Gobierno Regional de Lima ha suscrito un Convenio de Cooperación Inte- rinstitucional con La Unión de Iglesias Cristianas Evangé- licas del Perú, con fecha 24 de febrero del 2004, con elobjeto de ejecutar proyectos de desarrollo e inversión so- cial, así como labores relacionadas y orientadas a enfren- tar los temas sociales y familiares de pobreza, de analfa-betismo, de apoyo a los discapacitados, de apoyo a los desplazados y a las víctimas del terrorismo, orfandad, de desnutrición y estragos de fenómenos naturales dentro dela jurisdicción de la Región Lima; Que, en virtud del citado Convenio La Unión de Iglesias Evangélicas del Perú, se compromete a donar un conjuntode sillas de ruedas para personas discapacitadas, las que serán identificadas como beneficiarios por el Gobierno Regional, pudiendo requerir, de ser el caso, equipamientomédico, medicamentos, alimentos, ropa y otros de necesi- dad social, siguiendo el procedimiento establecido para la donación y entrega de las sillas de ruedas; comprometién-dose ambas partes a designar a un representante como órganos de coordinación; Que, el Gobierno Regional de Lima respeta las liberta- des de conciencia y religión, conforme a lo dispuesto por los numerales 2 y 3 del artículo 2º de la Constitución Polí- tica del Perú; Con la conformidad de la Gerencia General Regional, de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y con la visa- ción de la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica delGobierno Regional de Lima; En ejercicio de las atribuciones contenidas en los inci- sos d) y j) del artículo 21º de la Ley Orgánica de GobiernosRegionales, Ley Nº 27867; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Convenio de Coopera- ción Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Limay La Unión de Iglesias Cristianas Evangélicas del Perú, suscrito con fecha 24 de febrero del 2004, el mismo que en anexo forma parte de la presente Resolución EjecutivaRegional. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación y cumplimiento delConvenio materia de la presente Resolución Ejecutiva Re- gional. Regístrese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 06894