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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G32/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de abril de 2004 nor Cuantía -Bienes y Servicios- de la Universidad Nacio- nal Federico Villarreal, contratar los servicios que se refie-ren el artículo primero de la presente resolución, medianteproceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaría Ge- neral de la Universidad tramite la publicación de la presen-te resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como re-mita copia de la misma y del Informe Técnico - Legal que lasustenta a la Contraloría General de la República, dentrode los diez (10) calendario siguientes a la fecha de su apro-bación. Artículo Cuarto.- El Vicerrectorado Administrativo, así como los Jefes de las Oficinas Centrales de Planificación,Económico Financiera y, de Logística y Servicios Auxilia-res, dictarán las medidas necesarias para el cumplimentode la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector 06865 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G76/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G65/G64/G65/G2D /G72/G69/G63/G6F/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G72/G72/G65/G61/G6C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 8315-2004-UNFV San Miguel, 31 de marzo de 2004 CONSIDERANDO:Que, el literal c) del Art. 19º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estableceque están exonerados de los procesos de Licitación Públi-ca, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea elcaso, las contrataciones que se realicen en Situación deUrgencia declaradas de conformidad con el referido textonormativo; Que, una vez aprobada la exoneración correspondiente, la contratación debe efectuarse a través de un Proceso deAdjudicación de Menor Cuantía conforme a lo establecidoen el literal b) numeral 4 del Art. 14º del Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aproba-do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, se considera Situación de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bieno servicio compromete en forma directa e inminente la con-tinuidad de los servicios esenciales o de las operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo de conformi-dad con el Art. 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Federico Villarreal, para el Ejer-cicio Fiscal 2004, aprobado con Resolución R. Nº 7707-2004-UNFV, del 30.1.2004, se tiene prevista la contrata-ción de los servicios de vigilancia y seguridad de sus ins-talaciones, mediante proceso de selección de ConcursoPúblico por el valor referencial de S/. 1'957,774.00 NuevosSoles; Que, mediante Informe Técnico contenido en el Oficio Nº 097-2004-OPE-OCLSA-UNFV, con fecha de recepción31.3.2004, la Oficina Central de Logística y Servicios Auxi-liares, sustenta las razones que justifican se declare enSituación de Urgencia la contratación de los Servicios deVigilancia y Seguridad en los locales de la Universidad,toda vez que habiéndose otorgado el 23.3.2004 la BuenaPro del Concurso Público Nº 0001-2004-UNFV, conducen-te a contratar los servicios antes referidos, el mismo hasido materia de impugnación, dependiendo la suscripcióndel contrato definitivo con la empresa ganadora de la Bue-na Pro, de la resolución de los recursos administrativosque haga valer el postor impugnante; y, siendo inminenteel vencimiento del contrato firmado con la empresa queviene prestando dichos servicios, la Universidad podríaverse desprovista de los mismos, afectándose la continui-dad de los servicios educativos que presta a la comuni- dad, además de ponerse en riesgo el patrimonio de la mis-ma; Que, mediante Informe Legal Nº 0361-2004-OCAJ- UNFV, del 31.3.2004, la Oficina Central de Asesoría Jurí-dica, ha cumplido con emitir el Informe Legal de acuerdo alo establecido en los Artículos 20º y 113º de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado y en su Reglamen-to, respectivamente; Que, los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado esta-blecen los procedimientos a que deben someterse talescontrataciones, precisando que deberá indicarse en la re-solución exoneratoria el órgano que se encargará de llevara cabo la contratación, y que una vez aprobada la exone-ración, la contratación deberá realizarse mediante accio-nes inmediatas sobre la base de la obtención de la cotiza-ción que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do y, los Artículos 113º y 116º de su Reglamento, aproba-dos por los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, respectivamente y el numeral 6.5 de las Dis-posiciones Específicas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; y, Estando a lo dispuesto por el señor Rector en Oficio Nº 304-2004-R-UNFV, de fecha 31.3.2004; y, en uso de lasfacultades conferidas por la Ley Nº 23733 - Ley Univer-sitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universi-dad Nacional Federico Villarreal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR en situación de Urgen- cia la Contratación de los Servicios de Vigilancia y Seguri-dad de las Instalaciones de la Universidad Nacional Federi-co Villarreal, por consiguiente, exonerar a la Universidad delproceso de selección correspondiente para contratar dichosservicios, por el plazo de treinta (30) días calendario, a par-tir del 1 de abril del 2004 hasta el 30 de abril del 2004, hastapor el valor referencial ascendente a S/. 127,248.80 (Cientoveintisiete mil doscientos cuarenta y ocho con 80/100 Nue-vos Soles), afectándose a la fuente de Financiamiento deRecursos Directamente Recaudados. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Comité Especial Permanente para los procesos de Adjudicaciones de Me-nor Cuantía -Bienes y Servicios- de la Universidad Nacio-nal Federico Villarreal, contratar los servicios que se refie-ren el artículo primero de la presente resolución, medianteproceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaría Ge- neral de la Universidad tramite la publicación de la presen-te resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como re-mita copia de la misma y del Informe Técnico - Legal que lasustenta a la Contraloría General de la República, dentrode los diez (10) calendario siguientes a la fecha de su apro-bación. Artículo Cuarto.- El Vicerrectorado Administrativo, así como los Jefes de las Oficinas Centrales de Planificación,Económico Financiera y, de Logística y Servicios Auxilia-res, dictarán las medidas necesarias para el cumplimentode la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector 06866 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G2D /G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D /G74/G72/G6F/G20/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G64/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G48/G75/G6D/G61/G2D/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G69/G2D/G63/G6F/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G72/G72/G65/G61/G6C UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 8349-2004-UNFV San Miguel, 1 de abril de 2004