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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (07/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G32/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de abril de 2004 Visto, el Memorando Nº 1011-2001-GO/DCP y el Infor- me Nº 004-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia deAsesoría Jurídica, de fecha 7 de enero del 2004. CONSIDERANDO:Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su labor fiscalizadoraha detectado que la ciudadana EMILIA ROSSANA MUÑAN-TE PEÑA identificada con Documento Nacional de Identi-dad Nº 21514266, mediante Declaración Jurada de falleci-miento, declara el deceso de la ciudadana CARMEN ROSAAQUIJE PEÑA, titular de la Inscripción Nº 40265940, sien-do excluida del registro el 7 de enero del 2001. Posterior-mente, la ciudadana CARMEN ROSA AQUIJE PEÑA, me-diante Formato de Reclamos u Observaciones de fecha 8de abril del 2001 y el Formato de Captura decadactilar,solicita la habilitación de su registro; Que, mediante Informe de Homologación Monodactilar Nº 1293/01/UD/DCP/RENIEC de fecha 9 de enero del 2002,se ha determinado que la identidad verdadera correspon-de realmente a la ciudadana CARMEN ROSA AQUIJEPEÑA, titular de la Inscripción Nº 40265940, inscrita en elRegistro el 9 de septiembre de 1997, comprobándose lafalsedad de la declaración jurada de fallecimiento; Que, comportamiento realizado por EMILIA ROSSANA MUÑANTE PEÑA, constituye indicio razonable de la comi-sión de presunto delito contra la Fe Pública, en la modali-dad de Falsedad Ideológica - previsto y sancionado en elartículo 428º del Código Penal vigente, al haber insertadodatos falsos en documento público, como si su contenidofuese exacto, a efectos de realizar la inscripción de defun-ción; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de losasuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil, para que interponga las acciones que co-rrespondan en defensa de los intereses del Estado y delRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil contraEMILIA ROSSANA MUÑANTE PEÑA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público en- cargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y repre-sentación de los intereses del Estado interponga las accio-nes legales que correspondan contra EMILIA ROSSANAMUÑANTE PEÑA, por presunto delito contra la Fe Pública,en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Es-tado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06201 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4A/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G35/G34/G35/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4A/G45/G46/G2F/G52/G45/G2D /G4E/G49/G45/G43/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G65/G6E/G74/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G69/G72/G6D/G61/G73 /G65/G6E/G20/G63/G6F/G70/G69/G61/G73/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G75/G73/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G65/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 124-2004-JEF/RENIEC Lima, 26 de marzo de 2004 VISTO:El Oficio Nº 1311-2004-GO/RENIEC, de fecha 5 de marzo del año 2004, emitido por la Gerencia de Opera-ciones y el Informe Nº 226-2004-GAJ/RENIEC, de fecha16 de marzo del año 2004, emitido por la Gerencia de Ase-soría Jurídica del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil; y,CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo Segundo de la Resolución Jefatural Nº 166-2003-JEF/RENIEC, de fecha28 de abril del año 2003, se delega la función de autentica-ción de firmas en las copias certificadas de hechos vitalesal Gerente de Operaciones del RENIEC, cuyo cargo re-caía el señor Carlos Darío Galdos Zevallos, en calidad dedelegado titular, en tanto que a las señoritas Yumiko ElviraLecca Heredia y Magdalena de los Ángeles Alcántara Ál-varez en calidad de delegadas suplentes; Que, la Resolución Jefatural Nº 204-2003-JEF/RENIEC, de fecha 22 de mayo del año 2003, modifica el contenidodel artículo segundo indicado en el considerando prece-dente, en el extremo de designar como delegado titular alseñor Ricardo Adolfo Arditto Russe, en su condición deGerente de Operaciones del RENIEC; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 545-2003- JEF/RENIEC, de fecha 11 de noviembre del año 2003 sedeja sin efecto la delegación efectuada a través de la Re-solución Jefatural Nº 204-2003-JEF/RENIEC y modifica elartículo segundo de la Resolución Jefatural Nº 166-2003-JEF/RENIEC delegando, a partir de la fecha, la función deautenticación de firmas en las copias certificadas de he-chos vitales expedidas por las Oficinas de Registro deEstado Civil para uso en el exterior, en la persona del Ge-rente de Operaciones RENIEC señor Luis Cristóbal Seg-helmeble Riera, en calidad de delegado titular y en las se-ñoritas Yumiko Elvira Lecca Heredia y Magdalena de losÁngeles Alcántara Álvarez en calidad de delegadas suplen-tes; Que, con la finalidad de ampliar la cobertura del servi- cio de autenticación, se ha dispuesto desconcentrarlo, porlo que en la actualidad es prestado también en la MegaAgencia de Jesús María, a la cual se ha desplazado doñaMagdalena de los Ángeles Alcántara Álvarez, lo que hacenecesario designar una delegada suplente adicional quepermita garantizar la continuidad y efectividad del servicio; Que, siendo finalidad del RENIEC, en su condición de Entidad Pública, servir a la protección del interés general,en garantía a los derechos e intereses de los administra-dos con sujeción al ordenamiento constitucional y legal,corresponde atender dicha necesidad; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurí- dica y a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497 y elReglamento de Organización de Funciones del RENIEC, SE RESUELVE:Artículo Único.- Modificar el artículo segundo de la Resolución Jefatural Nº 545-2003-JEF/RENIEC de fecha11 de noviembre de 2003, el mismo que quedará redacta-do en los siguientes términos: "Delegar a partir de la fecha la función de autenticación de firmas en las copias certificadas de hechos vitales ex-pedidas por las oficinas de Registro de Estado Civil parauso en el exterior, en la persona del Gerente de Operacio-nes RENIEC Sr. Luis Cristóbal Seghelmeble Riera, en ca-lidad de delegado titular y en las señoritas Yumiko ElviraLecca Heredia, Magdalena de los Ángeles Alcántara Álva-rez y Miriam Cecilia Malca Delgado en calidad de delega-das suplentes. Las firmas de los servidores designados,serán verificadas por el Ministerio de Relaciones Exterio-res, organismo en el que quedarán registradas para losefectos consiguientes". Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06886 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65 /G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G42/G6F/G72/G6A/G61/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G2D /G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 145-2004-JEF/RENIEC Lima, 5 de abril de 2004