Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2004 (17/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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ciones y procedimientos veterinarios establecidos por ley. La eutanasia la realizara un medico veterinario colegiado. Articulo 33º.- De las Excepciones.- Estan exceptuados de lo dispuesto en el articulo precedente los canes de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional, Instituto Nacional de Defensa Civil, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA o empresas autorizadas para la prestacion de servicios privados de seguridad. Estas instituciones seran responsables de las lesiones ocasionadas en caso que sus canes causen danos a personas o animales. Articulo 34º De la Esterilizacion .- Se determinara la esterilizacion de los canes: a) Cuando por sus caracteristicas determinen un comportamiento de agresividad incontrolada. b) Como metodo de control de la poblacion canina. CAPITULO XI DEFINICIONES Articulo 35º.- Definiciones.a) Albergue: Lugar donde el can puede ser alojado, con la finalidad de brindarle una mejor calidad de MORDAZA y evitar que deambule por la calle. b) Alimento casero : Es todo aquel alimento preparado en el domicilio c) Agresividad: Tendencia hostil de un animal que lo lleva a atacar a personas y a otros animales. d) Agua Segura: Agua potable que se ajusta a los criterios microbiologicos y fisico- quimicos establecidos por el MINSA. e) Autorizacion sanitaria: Documento emitido por la autoridad de salud que certifica que el establecimiento cuenta con buenas condiciones sanitarias y un adecuado programa de higiene y saneamiento. f) Bienestar: Termino que describe comodidad, que se le debe dar al can para que tenga un desarrollo de MORDAZA adecuado . g) Buenas practicas de higiene: Conjunto de practicas adecuadas cuya observacion asegura la calidad sanitaria. h) Centros de adiestramiento: Se refiere a los lugares especializados donde se desarrolla el adiestramiento de canes (obediencia basica, especialidades, correccion de malos habitos o adiestramiento deportivo). i) Control: Aplicacion de medidas sanitarias para prevenir, reducir o eliminar un riesgo. j) Cuarentena: Es la restriccion de las actividades de canes aparentemente sanos que han estado expuestos a una enfermedad en ese periodo. Esta restriccion no sera mayor de 10 dias. k) Caracteristicas fenotipicas: Caracteristicas de las partes anatomicas que conforman un todo de acuerdo a cada raza o especie. l) Eutanasia: Accion que suprime deliberadamente y sin dolor la MORDAZA del animal. m) Exportacion: Es el comercio de canes, productos y/ o servicios desde el Peru hacia otros paises. n) Importacion: Es el comercio de canes, productos y/o servicios de otros paises hacia el Peru. o) Inmueble: Se refiere al lugar condicionado apropiadamente para la tenencia de canes. p) Licencia: Documento que faculta el permiso para la tenencia de canes potencialmente peligrosos. q) Organizacion Cinologica reconocida por el Estado tales como: Kennel Club Peruano, Asociacion Peruana de criadores de Perros Pastores Alemanes, Asociacion de Amigos de los Animales, Colegio Medico Veterinario del Peru y Universidades. r) Perro agresivo: Perro con tendencia hostil que lo lleva a atacar. s) Programa Sanitario: Actividades que se realizan con la finalidad de controlar enfermedades. t) Registro: Sistema utilizado para guardar informacion individual de cada can, con los datos completos del propietario.

u) Sacrificio: Entiendase por el acto de dar muerte a un animal. v) Transferente: Persona que entrega un can a otra persona. w) Vigilancia: Estudio cuidadoso y MORDAZA de cualquier aspecto relacionado con la interpretacion y propagacion de una enfermedad para la aplicacion adecuada de medidas de control. x) Zoonosis: Infeccion o enfermedad que se transmite en condiciones naturales de los animales al hombre. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA a traves de la Subgerencia de Sanidad de la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano establecera un cronograma para el registro ordenado y progresivo de los canes. En el caso de los canes no considerados potencialmente peligrosos el propietario tendra un plazo no mayor de 180 dias para registrarlo, en el caso de los canes considerados potencialmente peligrosos el plazo sera de 90 dias. En ambos casos en este lapso de tiempo se procedera al registro del can sin costo alguno, para lo cual el propietario debera cumplir con los requisitos establecidos en la presente ordenanza la cual regira a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Incorporar en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA el procedimiento de Licencia Municipal para la Tenencia de Canes considerados potencialmente peligrosos . Tercera.- Para obtener el Certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento, los centros de adiestramiento y comercio de canes, ademas de los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad, deberan cumplir con los requisitos regulados en los articulos 19º y 21º de la presente norma. En el caso de los centros de adiestramiento deberan cumplir adicionalmente con los lineamientos que establezca la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, tal como lo dispone el articulo 7º numeral 7.2 de la Ley Nº 27596. Cuarta.- Incorporar en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA las infracciones y sanciones establecidas en la presente Ordenanza. Quinta.- El monto recaudado por las sanciones aplicadas mas los fondos que se recauden por los procedimientos contenidos en la presente ordenanza seran destinados exclusivamente a los Programas de Vigilancia y Control de Canes. Sexta .- La Municipalidad podra celebrar convenios de cooperacion con asociaciones civiles sin fines de lucro, organizaciones reconocidas por el Estado, establecimientos autorizados ya MORDAZA consultorios veterinarios o clinicas veterinarias, a fin de asegurar la difusion y aplicacion de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano, Gerencia de Medio Ambiente, Gerencia de Desarrollo Economico y Gerencia de Seguridad Ciudadana. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a los treinta (30) dias contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Asignar los recursos economicos, administrativos y financieros para la implementacion del Centro de Control Zoo Sanitario de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA que dependera de la Subgerencia de Sanidad de la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano.

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