Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2004 (25/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2004

matica su implementacion y a la Secretaria General e Imagen Institucional su correspondiente difusion. POR TANTO:

ciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07994 MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08000

Rectifican error material en la R.A. Nº 184-2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0217-2004 Los MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2004 VISTOS: El Informe Nº 044-2004-MDLO/SGAF/DL de la Direccion de Logistica, Informe Nº 085-2004-MDLO/SGAF de la Subgerencia de Administracion y Finanzas, Proveido Nº 0914-04 de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0166-2004 del 23 de marzo de 2004 se aprobo la PRIMERA MODIFICACION DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA correspondiente a la Primera Modificacion Plan Anual 2004; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0184-2004, publicada el 4 de MORDAZA, se modifico el articulo primero de la Resolucion de Alcaldia Nº 0166-2004 del 23 de marzo, conforme a los lineamientos descritos en el mismo; Que, con Informe Nº 044-2004-MDLO/SGAF/DL la Directora de Logistica hace referencia a la existencia de un error material consignado en la Resolucion de Alcaldia Nº 184-2004, relacionado con el numeral 2 del articulo primero, toda vez que no concuerda con el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad - I Modificatoria, por lo que considera de necesidad la correccion y publicacion de dicho acto, conforme a las normas vigentes; Que, del Informe Nº 085-2004-MDLO/SGAF el Subgerente de Administracion y Finanzas solicita la publicacion del error material referente al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, segun los argumentos que esgrime; fluyendo del Proveido Nº 0914-04 de la Gerencia Municipal la peticion de proyectar la Resolucion relacionada con el caso y su tramite pertinente; Que, siendo que los errores material o aritmetico de los actos administrativos pueden ser rectificados se hace necesario adoptar las medidas pertinentes a efectos de subsanar dicho error, conforme a lo informado por la Direccion de Logistica; Estando a lo informado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 20º inciso 6), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECTIFICAR el error material contenido en la Resolucion de Alcaldia Nº 184-2004, publicada el 4 de MORDAZA del 2004; en consecuencia la expresion del numeral 2: "Adquisicion de carpeta asfaltica y servicio de imprimacion para la Rehabilitacion de Pavimento Flexible en las principales calles y avenidas de la Urb. El Trebol II Etapa" debe ser corregida como "Adquisicion de carpeta asfaltica y servicio de imprimacion para la Rehabilitacion de Pavimento Flexible en las principales calles y avenidas del Distrito II Etapa"; tal como figura en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad - I Modificatoria. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- DISPONER que la SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS remita MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi-

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Convocan a elecciones de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01 Miraflores, 21 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO; El Informe Nº 052-2004-GPV/MDM, presentado con fecha 20 de MORDAZA de 2004 por la Gerencia de Participacion Vecinal de la Municipalidad de Miraflores, referido a la instalacion y funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital; CONSIDERANDO: Que, el Ar ticulo 102º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, regula la organizacion y estructura del Consejo de Coordinacion Local Distrital, que esta constituido por el MORDAZA Distrital que lo preside, los regidores distritales y los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones y organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital, como un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales; Que, el tercer parrafo de la MORDAZA citada prescribe que los representantes de la sociedad civil son elegidos democraticamente por un periodo de dos anos, de entre los delegados acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que para tal efecto abrio la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten los requisitos exigidos en dicha MORDAZA y en la Ordenanza Nº 129 de esta Municipalidad; Que la misma MORDAZA citada dispone que la eleccion de los representantes sera supervisada por el organismo electoral correspondiente; Que, de conformidad con el Articulo 104º de la Ley acotada, entre las principales funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrital esta la de coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital; Que, de conformidad con el numeral 8.1 del Articulo 8º de la Ordenanza Nº 129, modificado por la Ordenanza Nº 150, la convocatoria a elecciones de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, la realizara el MORDAZA de Miraflores, mediante Decreto de Alcaldia; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Convoquese a Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores, a llevarse a cabo el dia jueves 29 de MORDAZA de 2004, a partir de las 17.00 horas en el Palacio Municipal de Miraflores, sito en la Av. Larco Nº 400 - Miraflores. Articulo Segundo.- El Comite Electoral recibira las candidaturas hasta las 17.00 horas del dia martes 27 de MORDAZA de 2004. Articulo Tercero.- El dia de las elecciones, el Comite Electoral se reunira a las 16.30 horas y se instalara a las 17.00 horas; una vez instalado, su Presidente

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