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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G32/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de abril de 2004 mática su implementación y a la Secretaría General e Ima- gen Institucional su correspondiente difusión. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 07994 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G72/G72/G6F/G72/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G41/G2E /G4E/GBA/G20/G31/G38/G34/G2D/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0217-2004 Los Olivos, 23 de abril de 2004 VISTOS: El Informe Nº 044-2004-MDLO/SGAF/DL de la Direc- ción de Logística, Informe Nº 085-2004-MDLO/SGAF de la Subgerencia de Administración y Finanzas, Proveído Nº 0914-04 de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0166-2004 del 23 de marzo de 2004 se aprobó la PRIMERA MODI- FICACIÓN DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES YCONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS correspondiente a la Primera Modifica- ción Plan Anual 2004; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0184-2004, publicada el 4 de abril, se modificó el artículo primero de la Resolución de Alcaldía Nº 0166-2004 del 23 demarzo, conforme a los lineamientos descritos en el mis- mo; Que, con Informe Nº 044-2004-MDLO/SGAF/DL la Di- rectora de Logística hace referencia a la existencia de un error material consignado en la Resolución de Alcaldía Nº 184-2004, relacionado con el numeral 2 del artículo prime-ro, toda vez que no concuerda con el Plan Anual de Con- trataciones y Adquisiciones de la Municipalidad - I Modifi- catoria, por lo que considera de necesidad la corrección ypublicación de dicho acto, conforme a las normas vigen- tes; Que, del Informe Nº 085-2004-MDLO/SGAF el Subge- rente de Administración y Finanzas solicita la publicación del error material referente al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, según los argumentos queesgrime; fluyendo del Proveído Nº 0914-04 de la Gerencia Municipal la petición de proyectar la Resolución relaciona- da con el caso y su trámite pertinente; Que, siendo que los errores material o aritmético de los actos administrativos pueden ser rectificados se hace ne- cesario adoptar las medidas pertinentes a efectos de sub-sanar dicho error, conforme a lo informado por la Dirección de Logística; Estando a lo informado y en ejercicio de las atribucio- nes conferidas por el Art. 20º inciso 6), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR el error material con- tenido en la Resolución de Alcaldía Nº 184-2004, publica-da el 4 de abril del 2004; en consecuencia la expresión del numeral 2: "Adquisición de carpeta asfáltica y servicio de imprimación para la Rehabilitación de PavimentoFlexible en las principales calles y avenidas de la Urb. El Trébol II Etapa" debe ser corregida como "Adquisi- ción de carpeta asfáltica y servicio de imprimación parala Rehabilitación de Pavimento Flexible en las princi- pales calles y avenidas del Distrito II Etapa" ; tal como figura en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisicionesde la Municipalidad - I Modificatoria. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la pre- sente en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- DISPONER que la SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS remita copia de la presente Resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promo- ción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 08000 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G2D /G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G72/G61/G2D/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 01 Miraflores, 21 de abril de 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORESVISTO; El Informe Nº 052-2004-GPV/MDM, presentado con fe- cha 20 de abril de 2004 por la Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad de Miraflores, referido a la ins-talación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, regula la organizacióny estructura del Consejo de Coordinación Local Distri- tal, que está constituido por el Alcalde Distrital que lo preside, los regidores distritales y los representantesde las organizaciones sociales de base, asociaciones y organizaciones de productores, gremios empresaria- les, juntas vecinales y cualquier otra forma de organi-zación de nivel distrital, como un órgano de coordina- ción y concertación de las Municipalidades Distritales; Que, el tercer párrafo de la norma citada prescribe que los representantes de la sociedad civil son elegidos de- mocráticamente por un período de dos años, de entre los delegados acreditados de las organizaciones de nivel dis-trital, que se hayan inscrito en el registro que para tal efecto abrió la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acredi- ten los requisitos exigidos en dicha norma y en la Orde-nanza Nº 129 de esta Municipalidad; Que la misma norma citada dispone que la elección de los representantes será supervisada por el organis-mo electoral correspondiente; Que, de conformidad con el Artículo 104º de la Ley acotada, entre las principales funciones del Consejo deCoordinación Local Distrital está la de coordinar y con- certar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concer- tado y el Presupuesto Participativo Distrital; Que, de conformidad con el numeral 8.1 del Artículo 8º de la Ordenanza Nº 129, modificado por la Ordenan- za Nº 150, la convocatoria a elecciones de represen-tantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordi- nación Local Distrital, la realizará el Alcalde de Miraflo- res, mediante Decreto de Alcaldía; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Convóquese a Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Miraflores, a llevarse a caboel día jueves 29 de abril de 2004, a partir de las 17.00 ho- ras en el Palacio Municipal de Miraflores, sito en la Av. Lar- co Nº 400 - Miraflores. Artículo Segundo.- El Comité Electoral recibirá las candidaturas hasta las 17.00 horas del día martes 27 de abril de 2004. Artículo Tercero.- El día de las elecciones, el Co- mité Electoral se reunirá a las 16.30 horas y se instala- rá a las 17.00 horas; una vez instalado, su Presidente