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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G35/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de abril de 2004 presarial del sector agroindustrial Peruano a Chile, el mismo que se ha programado realizar del 3 al 5 de mayode 2004 en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, con elobjeto de promover el comercio entre ambos países, asícomo la posibilidad de explorar espacios empresarialesconjuntos a través de los cuales se concreten inversio-nes y/o negocios; Que, la mencionada visita empresarial tiene por finalidad conocer la estrategia del Gobierno Chilenopara apoyar el desarrollo del sector agrario mediantediversos instrumentos compatibles con las normas dela Organización Mundial de Comercio (OMC); facili-tar las experiencias de los empresarios de ambos paí-ses, generando la posibilidad de concretar negociosconjuntos o alianzas estratégicas; así como los acuer-dos comerciales firmados por Chile con los EstadosUnidos, la Unión Europea y Corea (obstáculos en lanegociación, ventajas, desgravaciones, normas deorigen, etc.); y efectuar visitas en el terreno, entreotros; Que, considerando la importancia de esta visita, se ha visto por conveniente la participación del Sr. Ministrode Agricultura en la delegación peruano público-privadaque viajará a Chile, siendo por tanto necesario autorizarsu viaje; Que, el Banco de Crédito e Inversiones de Chile con- juntamente con el Banco de Crédito del Perú, sufragaránlos gastos que ocasione el viaje, sin generar egreso al-guno al Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sec-tor Público para el año Fiscal 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ministro de Agri- cultura Ing. José Raguberto León Rivera, del 3 al 5 demayo de 2004, para que participe en la visita institu-cional empresarial del sector agroindustrial peruano aChile, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile,Chile. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos porel Banco de Crédito e Inversiones de Chile conjuntamentecon el Banco de Crédito del Perú sin irrogar egreso algu-no al tesoro público. Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción Suprema no otorga derecho a exoneración o libera-ción del pago de impuestos o derechos aduaneros deninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Encargar el Despacho del Ministro de Agricultura al Ministro de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento, señor Carlos Bruce Montes de Oca, mien-tras dure la ausencia del titular. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 08306 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G44/G75/G72/G61/G64/G65/G72/G6F/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 108-2004-PCM Lima, 27 de abril de 2004Visto el Memorando Nº 246-2004-PCM/SG.200 de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Mi-nistros; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2003- PCM se designó al señor Mario Ríos Espinoza como re-presentante del Gobierno del Perú ante el Consejo deSeguimiento del "Acuerdo para la Ejecución de Opera-ciones de Conversión de Deuda para el Desarrollo Du-radero" celebrado entre el Gobierno de la República delPerú y el Gobierno de la República de Francia, aproba-do por Decreto Supremo Nº 120-2002-EF, modificado porDecreto Supremo Nº 012-2003-EF; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación efectuada mediante la Resolución antes ci-tada, por lo que corresponde designar al funcionario queejercerá la representación del Gobierno del Perú ante elConsejo de Seguimiento del "Acuerdo para la Ejecuciónde Operaciones de Conversión de Deuda para el Desa-rrollo Duradero" celebrado entre el Gobierno de la Repú-blica del Perú y el Gobierno de la República de Francia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560, la Ley Nº 27594 y el Decreto SupremoNº 120-2002-EF, modificado por Decreto Supremo Nº012-2003-EF; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del se- ñor MARIO RÍOS ESPINOZA como representante delGobierno del Perú ante el Consejo de Seguimiento del"Acuerdo para la Ejecución de Operaciones de Conver-sión de Deuda para el Desarrollo Duradero" celebradoentre el Gobierno de la República del Perú y el Gobiernode la República de Francia, aprobado por Decreto Su-premo Nº 120-2002-EF, modificado por Decreto Supre-mo Nº 012-2003-EF, dándosele las gracias por los servi-cios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor JORGE LUIS LO- YOLA HURTADO como representante del Gobierno delPerú ante el Consejo de Seguimiento del "Acuerdopara la Ejecución de Operaciones de Conversión deDeuda para el Desarrollo Duradero" celebrado entreel Gobierno de la República del Perú y el Gobierno dela República de Francia, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 120-2002-EF, modificado por Decreto SupremoNº 012-2003-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 08154 AGRICULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G43/G75/G61/G72/G65/G6E/G74/G65/G2D /G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G72/G69/G62/G61/G79/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G54/G61/G63/G6E/G61 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 98-2004-AG-SENASA Lima, 23 de abril de 2004VISTO:El informe técnico para la aprobación del Puesto de Control Cuarentenario de Curibaya - Candarave - Tacna,presentado mediante Oficio Nº 490-2004-AG-SENASA-Tacna, del 30 de marzo del 2004, por la Dirección delSENASA Tacna, y el Informe Técnico Nº 013/2004-AG-SENASA-DDF-DGSV, del 7 de abril del 2004, presenta-do por la Dirección de Defensa Fitosanitaria; en los cua-