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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G35/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Instituciona- les autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicioa Aruba y a los Estados Unidos de América, ciudad deKey West, del 3 al 12 de mayo del 2004, del PersonalFAP que se indica en la parte resolutiva, con la finalidadque participen en la Conferencia Contradrogas Cordille-ra Andina de las Fuerzas Aéreas y en la ConferenciaRegional Andina, respectivamente, por cuanto las expe-riencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Se-guridad Nacional, dentro del ámbito de competencia dela Fuerza Aérea del Perú; Que, los gastos de alojamiento, transporte y alimenta- ción serán solventados por la Institución anfitriona, noirrogando gasto al Tesoro Público; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 dejunio del 2002, los viajes al extranjero que no ocasio-nen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizadosmediante Resolución del Titular del sector correspon-diente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 - Ley que regula los viajes al exterior de Ser-vidores y Funcionarios Públicos, su Reglamento apro-bado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fe-cha 5 de junio del 2002 y la Ley Nº 28128 - Ley dePresupuesto del Sector Público para el año Fiscal2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi- sión de Servicio a Aruba y a los Estados Unidos deAmérica, ciudad de Key West, del 3 al 12 de mayo del2004, al Personal FAP que se indica a continuación,con la finalidad que participen en la ConferenciaContradrogas Cordillera Andina de las Fuerzas Aé-reas y en la Conferencia Regional Andina, respecti-vamente: Mayor GeneralFAP SANCHEZ ZEGARRA Manuel IsaacCoronel FAP V ARELA VAN OORDT Carlos Enrique. Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aérea queda facultado para variar la fecha de inicio ytérmino de la autorización a que se refiere el artículo 1º,sin exceder el total de días autorizados. Artículo 3º.- Los gastos de alojamiento, transporte y alimentación serán solventados por la Institución anfi-triona, no irrogando gasto al Tesoro Público. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 08172 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G20/G63/G72/G69/G2D /G74/G65/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G2D /G6E/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G6E/G65/G63/G65/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G63/G74/G61/G76/G61/G20/G44/G69/G73/G2D/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G46/G69/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G2D/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 225-2004-EF/15 Lima, 29 de abril de 2004CONSIDERANDO: Que, la Octava Disposición Final de la Ley de Pre- supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004,Ley Nº 28128, autoriza al Poder Ejecutivo para quemediante Decreto Supremo refrendado por el Ministrode Economía y Finanzas, a propuesta de la DirecciónGeneral de Programación Multianual del Sector Públi-co, incorpore, cuando sea necesario, los recursos dehasta por la suma de TREINTA Y SEIS MILLONES Y00/100 NUEVOS SOLES (S/. 36 000 000,00) en laFuente de Financiamiento “Recursos por OperacionesOficiales de Crédito Interno” provenientes del créditoextraordinario permanente y revolvente otorgado porel Banco de la Nación al amparo de la Segunda Dis-posición Complementaria del Decreto LegislativoNº 442, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado porResolución Ministerial Nº 158-2001-EF-15, estable-ce que son funciones de la Dirección General de Pro-gramación Multianual del Sector Público, a través dela Dirección de Inversiones Regionales y Locales, for-mular, vigilar y evaluar las estrategias de prevención,así como la supervisión de la ejecución de planes decontingencia ante situaciones de emergencia por de-sastres naturales que puedan causar daños perma-nentes en las capacidades humanas o en los recur-sos; así como, supervisar y coordinar la formulación,evaluación y ejecución de proyectos y programas deprevención, reconstrucción y rehabilitación, por situa-ciones de emergencia ocasionadas por desastresnaturales; Que, resulta necesario establecer los criterios y pro- cedimientos para que la Dirección General de Progra-mación Multianual del Sector Público cumpla con el man-dato de proponer la incorporación de recursos de acuer-do a lo dispuesto en la Octava Disposición Final de laLey de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, Ley Nº 28128; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Eco-nomía y Finanzas; la Ley Nº 27293, Ley del SistemaNacional de Inversión Pública; y la Ley Nº 28128, Leyde Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 002-2004- EF/68.01, Directiva que establece los Criterios y Proce-dimientos para determinar la necesidad de la incorpora-ción de los Recursos a que se refiere la Octava Disposi-ción Final de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas DIRECTIVA Nº 002-2004-EF/68.01 DIRECTIVA QUE ESTABLECE CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA INCORPORACIÓN DE LOS RECURSOS A QUE SE REFIERE LA OCTAVA DISPOSICIÓN FINAL DE LA LEY Nº 28128, LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2004 CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1º.- OBJETO La presente Directiva tiene por objeto establecer el procedimiento para que la Dirección General de Pro-gramación Multianual del Sector Público determine lanecesidad y en consecuencia proponga la incorpora-